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50 NORMAS LEGALES Viernes 7 de mayo de 2021 / El Peruano PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Aprueban la ampliación del Cuadro de Necesidades Institucionales de Servidores Civiles que serán contratados bajo el régimen especial de contratación administrativa de servicios -RECAS- del D.Leg. N° 1057 PRESIDENCIA DEL CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000043-2021-P-CE-PJ Lima, 4 de mayo del 2021VISTOS: El O fi cio N° 000688-2021-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial; el Informe Legal N° 000623-2021-OAL-GG-PJ de la O fi cina de Asesoría Legal de la Gerencia General; el Memorando N° 000444-2021-GP-GG-PJ de la Gerencia de Plani fi cación; y el Informe Técnico N° 000046-2021-GRHB-GG-PJ de la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante la Ley N° 31131, Ley que establece disposiciones para erradicar la discriminación en los regímenes laborales del Sector Público, se dictan una serie de medidas con el objeto de incorporar a los regímenes laborales del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral o del Decreto Legislativo N° 276, según sea el caso, a los trabajadores que desarrollan labores permanentes en las diversas entidades del Estado, contratados bajo el Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que Regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios; así como para la eliminación progresiva de dicho régimen laboral privativo de las entidades públicas del país. Segundo. Que, el artículo 4° de la Ley N° 31131, prohíbe la contratación de personal bajo el régimen especial de contratación administrativa de servicios -RECAS- para posiciones que supongan el ejercicio de funciones de carácter permanente, exceptuando expresamente de esta prohibición a los contratos CAS de Con fi anza. Tercero. Que, con fecha 31 de marzo de 2021 se expidió el Decreto de Urgencia N° 034-2021 que establece medidas para el otorgamiento de la “Prestación Económica de Protección Social de Emergencia ante la pandemia del coronavirus COVID-19” y del “Subsidio por Incapacidad Temporal para pacientes diagnosticados con COVID-19”. Asimismo, dicta otras medidas complementarias para mitigar los efectos económicos y sociales causados por la crisis sanitaria global; y, en su Segunda Disposición Complementaria Final autoriza a las entidades de la Administración Pública comprendidas en el artículo 2° del Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que Regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, de manera excepcional, a contratar servidores civiles en dicho régimen hasta el 17 de mayo de 2021, con una vigencia de hasta el 31 de diciembre de 2021, término en el cual concluyen dichos contratos de pleno derecho y son nulos los actos en contrario que conlleven a sus ampliaciones. Cuarto. Que, para hacer efectivo lo señalado en el considerando anterior, dispone que las Entidades de la Administración Pública, a través de su máxima autoridad administrativa, determinan las necesidades de servidores civiles que les permitan continuar brindando los servicios indispensables a la población; así como aquellos destinados a promover la reactivación económica del país y/o a mitigar los efectos adversos de la COVID-19, requiriéndose para ello los informes de la O fi cina de Recursos Humanos y la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, o de quienes hagan sus veces, previo requerimiento y coordinación de los órganos y unidades orgánicas usuarias de la entidad. Quinto. Que, bajo dicho contexto, mediante Resoluciones Administrativas Nros. 000103, 000112, 000117, 000123-2021-CE-PJ y Resoluciones Administrativas Nros. 000040 y 000042-2021-P-CE-PJ se aprobó y amplió el Cuadro de Necesidades Institucionales de Servidores Civiles para ser contratados bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios -RECAS-, según lo dispuesto por la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 034-2021, a fi n de atender los requerimientos de los distintos órganos jurisdiccionales y administrativos del país. Sexto. Que, mediante Informe Técnico N° 000046-2021-GRHB-GG-PJ la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General del Poder Judicial, comunica que diversos órganos administrativos y jurisdiccionales del país han remitido sus nuevos requerimientos de servidores civiles en posiciones bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios -RECAS- al 4 de mayo de 2021, por lo que solicitan una nueva ampliación del Cuadro de Necesidades Institucionales de Servidores Civiles que se aprobó en el marco de lo establecido por la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 034-2021, con 78 posiciones RECAS, según el detalle que obra en el Anexo I de la presente resolución. Sétimo. Que, mediante el Memorando N° 000444-2021-GP-GG-PJ del 4 de mayo de 2021, la Gerencia de Plani fi cación, haciendo suyo el Informe N° 000134-2021-SPP-GP-GG-PJ de la Subgerencia de Planes y Presupuesto de la misma fecha, comunica que se cuenta con el marco presupuestal para fi nanciar esta nueva ampliación del Cuadro de Necesidades Institucionales de Servidores Civiles para ser contratados bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios -RECAS-. Octavo. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos, la Presidenta del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades delegadas por el Pleno de este Órgano de Gobierno mediante Acuerdo N° 574-2021 de fecha 3 de mayo del año en curso, RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la ampliación del Cuadro de Necesidades Institucionales de Servidores Civiles que serán contratados bajo el régimen especial de contratación administrativa de servicios -RECAS- del Decreto Legislativo N° 1057, en el marco de lo establecido por la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 034-2021, con 78 posiciones RECAS, conforme al detalle del Anexo I adjunto, que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer que los órganos de la Gerencia General del Poder Judicial y las Cortes Superiores de Justicia que tienen a su cargo la gestión de recursos humanos, realicen las acciones administrativas y brinden el apoyo técnico necesario para la adecuada implementación de lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 034-2021. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 1950617-1