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63 NORMAS LEGALES Viernes 7 de mayo de 2021 El Peruano / GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Modifican el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Madre de Dios (Se publica la presente Ordenanza Regional a solicitud del Gobierno Regional de Madre de Dios, mediante O fi cio N° 196-2021-GOREMAD/GR, recibido el 5 de mayo de 2021) ORDENANZA REGIONAL Nº 011-2020-RMDD/CR POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día viernes 06 de noviembre del 2020, aprobó la siguiente Ordenanza Regional. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y administrativa, y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales. Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, el artículo 38 de la precitada Ley, establece que “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”. Que, el actual Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Madre de Dios, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 026-2012-GRMDD/CR, ha sido objeto de modi fi cación parcial, mediante Ordenanza Regional Nº 008-2019-RMDD/CR, de fecha 08 de noviembre del 2019, por creación de la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre de Madre de Dios. Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1252, publicado el 01 de diciembre del 2016, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, derogándose la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública. Que, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), es un documento técnico normativo de gestión institucional, que consolida la estructura orgánica de la Entidad y describe las funciones generales de la entidad y las funciones especí fi cas de sus órganos y unidades conformantes, estableciendo relaciones y responsabilidades, bajo los lineamientos establecidos por el D.S. 054-2018-PCM. Que, la solicitud de modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), del Gobierno Regional de Madre de Dios, en ésta oportunidad se sustenta normativamente en el Decreto Legislativo Nº 1252, Ley de creación del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 284-2018-EF y en los numerales 6.1 y 6.2 de la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01. y corresponde al supuesto previsto por el artículo 46, numeral 46.1, literal b) del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, sobre modi fi cación parcial, por la “reasignación o modi fi cación de funciones entre unidades de organización, sin que se afecte la estructura orgánica…”. Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, se aprueba los Lineamientos de Organización del Estado. Que, por otra parte, la designación de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) y de su Representante, se halla regulada por los numerales 6.1. y 6.2. de la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01. Que, la modi fi cación del citado documento de gestión, se justi fi ca, conforme a lo expuesto en el Informe Técnico Nº 003-2019-GOREMAD-GRPPYAT/SGDIEI, de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional e Informática, en la propia normatividad sobreviniente a la que dio sustento a la Ordenanza de su aprobación, especí fi camente a las funciones de la Sub Gerencia de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Que, la referida propuesta de modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Madre de Dios, cuenta con opinión legal favorable, expresada en los Informes Legales Nº 778-2019-GOREMAD/ORAJ y 184-2020-GOREMAD/ORAJ, de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica del GOREMAD. Que, de acuerdo con la propuesta, el artículo 91, modi fi cado, de fi ne a la Sub Gerencia de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (OPMI), como un “órgano de tercer nivel organizacional” dependiente jerárquica y administrativamente de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, “responsable de proponer al órgano resolutivo los criterios de priorización de la cartera de inversiones y brechas identi fi cadas a considerarse en la programación multianual de inversiones regional dentro del marco del Decreto Legislativo Nº 1252…”, y según el artículo 9º (9.1 y 9.3) del Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, el Gobernador Regional designa al Responsable dela Ofi cina de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas (DGPMI), y el artículo 92º, detalla las 18 funciones previstas en el artículo 11 del mencionado Decreto Supremo. Que, estando a lo señalado por el artículo 51, numeral 51.2 del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, la propuesta de modi fi cación parcial no requiere de opinión previa favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros. Que, es pertinente señalar que la categoría normativa para la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), tratándose del Gobierno Regional, es a través de una Ordenanza Regional, conforme lo dispone el numeral 45.3 literal b) del artículo 45 del citado Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM. Que, el Consejo Regional, tiene entre otras atribuciones, las de “aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”. Que, son objeto de modi fi cación los artículos 88º, 91º y 92º del actual Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Madre de Dios, relativas a las funciones asignadas a la Sub Gerencia de Proyectos de Inversión Pública; por cuanto, el Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, ha establecido catorce (14) funciones nuevas, conservando tres (03) funciones, modi fi cando una (01) función y derogando once (11) funciones, identi fi cando hasta dieciocho (18) funciones, que deben re fl ejarse en el precitado documento de gestión. Que, la Comisión de Presupuesto y Fiscalización del Consejo Regional de Madre de Dios, considera en su Dictamen Nº 002-2020-GOREMAD-CR/CPYF, que el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Madre de Dios, presentado por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, se ajusta a los lineamientos establecidos para su formulación y aprobación y a la normativa actual en materia de organización y funciones de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI), que en el Gobierno Regional de Madre de Dios, corresponde a la O fi cina de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (OPMI), que en el Gobierno Regional de Madre de Dios, corresponde a la Sub Gerencia de Programación Multianual y Gestión de Inversiones . Asimismo, reconoce