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47 NORMAS LEGALES Martes 18 de mayo de 2021 El Peruano / de los JEE, entre ellos el JEE de Cusco, cuya tercer miembro es doña Monika Melvin Ponce de León de la Cruz, quien se encuentra con licencia por enfermedad del 13 al 25 de mayo de 2021, otorgada mediante la Resolución Nº 050-2021-P/JNE, del 13 de mayo de 2021. 1.4. Por lo expuesto, es necesario disponer las medidas que garanticen al Jurado Electoral Especial de Cusco continuar con sus actividades, requiriendo el quorum para la emisión de pronunciamientos tal como lo establece el numeral 8.7 del Reglamento de Gestión de los Jurados Electorales Especiales para las Elecciones Generales 2021 en el Contexto de la Emergencia Sanitaria, aprobado por la Resolución Nº 0363-2020-JNE, del 16 de octubre de 2020, en consecuencia, conforme al artículo 34 de la LOJNE, se debe convocar temporalmente al tercer miembro suplente, don Simón Salas Flores, mientras dure la licencia de la titular quien debe encontrarse en condiciones óptimas de salud para su reincorporación. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. CONVOCAR a don Simón Salas Flores, para que asuma temporalmente el cargo de tercer miembro del Jurado Electoral Especial de Cusco, en el proceso de las Elecciones Generales 2021, desde su incorporación y mientras dure la licencia por enfermedad de la titular, doña Monika Melvin Ponce de León de la Cruz. 2. PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de la Contraloría General de la República, de la Defensoría del Pueblo, del Poder Judicial, del Ministerio Público, del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, del Jurado Electoral Especial de Cusco, así como de doña Monika Melvin Ponce de León de la Cruz y don Simón Salas Flores, para los fi nes que se estimen pertinentes. 3. DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENAS ARCE CÓRDOVA SANJINEZ SALAZAR RODRÍGUEZ VÉLEZVARGAS HUAMÁN Secretaria General 1953762-1 Determinan participación de fiscal como segundo miembro del Jurado Electoral Especial de Abancay en el marco del proceso de Elecciones Generales 2021, por fallecimiento del titular RESOLUCIÓN Nº 0540-2021-JNE Lima, catorce de mayo de dos mil veintiunoVISTOS: el Informe Nº 166-2021-HACC-DM-RRHH/ JNE, del 10 de mayo de 2021, suscrito por el médico Hugo Armando Cebreros Conde, y el Certi fi cado de Defunción correspondiente al deceso del magistrado Nerio Sullcahuamán Valdeiglesias, segundo miembro titular del Jurado Electoral Especial de Abancay, quien se encontraba con licencia concedida mediante la Resolución Nº 049-2021-P/JNE, del 4 de mayo de 2021. CONSIDERANDOS 1.1. El 4 de mayo de 2021, a través de la Resolución Nº 049-2021-P/JNE, se concedió licencia, por enfermedad, al señor magistrado Nerio Sullcahuamán Valdeiglesias, segundo miembro titular del Jurado Electoral Especial de Abancay, en el marco del proceso de Elecciones Generales 2021. 1.2. Mediante la Resolución Nº 0507-2021-JNE, del 5 de mayo de 2021, se convocó a la fi scal superior Miriam Hurtado Miranda, elegida por la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Apurímac, como segundo miembro suplente del referido órgano de justicia electoral, a fi n de que reemplace temporalmente al miembro titular, mientras dure la licencia de este. 1.3. Con el Informe Nº 166-2021-HACC-DM-RRHH/ JNE, el médico de la institución, doctor Hugo Armando Cebreros Conde, da cuenta del lamentable fallecimiento de don Nerio Sullcahuamán Valdeiglesias, acaecido el 9 de mayo de 2021, dato que es corroborado con el certi fi cado de defunción correspondiente. 1.4. Así, como consecuencia del deceso del segundo miembro titular del Jurado Electoral Especial de Abancay, la participación de su suplente, la magistrada Miriam Hurtado Miranda, deja de ser temporal, debiendo ejercer el cargo hasta fi nalizar las actividades que competen al referido jurado en el proceso de Elecciones Generales 2021, en aplicación del artículo 34 de la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. EXPRESAR que el Jurado Nacional de Elecciones lamenta profundamente el sensible fallecimiento del magistrado Nerio Sullcahuamán Valdeiglesias, segundo miembro titular del Jurado Electoral Especial de Abancay, en el marco del proceso de Elecciones Generales 2021. 2. DETERMINAR que la participación de la fi scal superior Miriam Hurtado Miranda, convocada mediante la Resolución Nº 0507-2021-JNE, del 5 de mayo de 2021, como segundo miembro del Jurado Electoral Especial de Abancay, se extiende hasta fi nalizar las actividades de dicho órgano colegiado en el proceso de las Elecciones Generales 2021. 3. PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de la Contraloría General de la República, de la Defensoría del Pueblo, del Poder Judicial, del Ministerio Público, del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Apurímac, del Jurado Electoral Especial de Abancay y de la magistrada Miriam Hurtado Miranda, para los fi nes que se estimen pertinentes. 4. DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASARCE CÓRDOVASANJINEZ SALAZARRODRÍGUEZ VÉLEZVARGAS HUAMÁN Secretaria General 1953766-1