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43 NORMAS LEGALES Martes 18 de mayo de 2021 El Peruano / 2.3. Sobre la tasa por concepto de convocatoria de candidato no proclamado, se advierte que la municipalidad no ha remitido el original del comprobante de pago respectivo, equivalente al 8,41 % de una UIT (ver SN 1.7.). Sin embargo, a fi n de no perjudicar el normal desarrollo de sus actividades este órgano colegiado, en salvaguarda de la gobernabilidad de la comuna y teniendo como antecedente lo dispuesto en la jurisprudencia de este tribunal electoral (ver SN 1.6.), dispone la emisión de las credenciales correspondientes, sin dejar de requerir que, en el plazo de tres (3) días hábiles luego de noti fi cado este pronunciamiento, se adjunte el comprobante de pago, bajo apercibimiento de ley. 2.4. La noti fi cación de la presente resolución debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.8.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Luis Alberto Sánchez Paz en el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Cáceres del Perú, provincia de Santa, departamento de Áncash, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, por causa de muerte, prevista en el numeral 1 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. CONVOCAR a don Roosvelt Lino Cerna Velásquez, identi fi cado con DNI N° 32966717, para que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Cáceres del Perú, provincia de Santa, departamento de Áncash, por el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial que lo faculta como tal. 3. CONVOCAR a doña Briggith Katherine Chauca Diestra, identi fi cada con DNI N° 70134461, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Cáceres del Perú, provincia de Santa, departamento de Áncash, a fi n de completar el número de integrantes por el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial que la faculta como tal. 4. REQUERIR a los miembros del Concejo Distrital de Cáceres del Perú, provincia de Santa, departamento de Áncash, para que, en el plazo de tres (3) días hábiles luego de noti fi cado el presente pronunciamiento, cumplan con adjuntar el comprobante de pago de la tasa por concepto de convocatoria de candidato no proclamado por declaratoria de vacancia, equivalente al 8,41 % de una unidad impositiva tributaria (UIT), bajo apercibimiento de ley. 5. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución N° 0165-2020-JNE; para la presentación de escritos u otros documentos, se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV), en el portal electrónico institucional <www.jne.gob.pe>. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SALAS ARENAS ARCE CÓRDOVA SANJINEZ SALAZAR RODRÍGUEZ VÉLEZ Vargas Huamán Secretaria General 1 Segundo párrafo del numeral 4, parte considerativa de la Resolución N° 539-2013-JNE.2 Numeral 6, parte considerativa de las Resoluciones N° 0056-2016-JNE y N° 0150-2017-JNE. 3 Aprobada mediante la Resolución N° 0412-2020-JNE, publicada el 30 de octubre de 2020, en el diario o fi cial El Peruano . 4 Aprobado mediante la Resolución N° 0165-2020-JNE, publicada el 19 de junio de 2020, en el diario o fi cial El Peruano . 5 <https://cej.jne.gob.pe/Autoridades>. 1953594-1 Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Pariahuanca, provincia de Huancayo, departamento de Junín RESOLUCIÓN N° 0518-2021-JNE Expediente N° JNE.2021004530 PARIAHUANCA - HUANCAYO - JUNÍNVACANCIACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, once de mayo de dos mil veintiuno.VISTA: la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada por don Cerrón Urbano Chávez Gallardo, alcalde de la Municipalidad Distrital de Pariahuanca, provincia de Huancayo, departamento de Junín (en adelante, señor alcalde), al haberse declarado la vacancia de don Gerardo Estrada Quilca, regidor de la citada entidad edil (en adelante, señor regidor), por la causa de inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, contemplada en el artículo 22, numeral 7 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). PRIMERO. ANTECEDENTES 1.1. El 5 de octubre de 2020, el señor alcalde solicitó al Jurado Nacional de Elecciones la convocatoria de candidato no proclamado al haberse declarado la vacancia del señor regidor por la causa de inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas, contemplada en el artículo 22, numeral 7, de la LOM. 1.2. En atención a ello, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones emitió la Resolución N° 0347-2020-JNE, del 9 de octubre de 2020, (Expediente N° JNE.2020030656), a través de la cual declaró nulo lo actuado a partir del acto de notifi cación de la convocatoria a la Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal, del 17 de junio de 2020, y requirió al concejo distrital que cumpla con convocar a una nueva sesión extraordinaria para tratar la solicitud de vacancia en contra del señor regidor, observando para ello las formalidades legales establecidas para las noti fi caciones de los actos emitidos. 1.3. Mediante el O fi cio N° 014-2021-A/MDP, recibido el 5 de febrero de 2021, el señor alcalde remitió los actuados en el procedimiento de vacancia seguido en contra del señor regidor, y solicitó la convocatoria de candidato no proclamado, para cuyo efecto adjuntó entre otros: i) Comprobante de pago correspondiente a la tasa por el citado concepto. ii) Citación a la X Sesión Extraordinaria de Concejo Distrital de Pariahuanca - 2020, del 9 de noviembre de 2020, dirigida al señor regidor. iii) Acta N° 010-2020 de Sesión Extraordinaria de Concejo Distrital de Pariahuanca, del 18 de noviembre de 2020, en la que se declaró por unanimidad la vacancia del señor regidor. iv) Acuerdo de Concejo Municipal N° 091-2020-CM/ MDP, del 18 de noviembre de 2020 (en adelante, Acuerdo de Concejo), a través del cual se formalizó el acuerdo adoptado en la sesión extraordinaria de la misma fecha. v) Carta Circular N° 001-2020-MGC-SG/MDP, del 20 de noviembre de 2020, mediante el cual se le noti fi có al señor regidor el Acuerdo de Concejo.