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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MAYO DEL AÑO 2021 (19/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de mayo de 2021 / El Peruano comunicó el cambio realizado en la denominación del programa, grado académico y título profesional que otorga el programa licenciado de Ingeniería de Sistemas Empresariales (P04); así como la modi fi cación en su malla curricular. A continuación, el detalle: Tabla 3. PRETENSIÓN DE LA SMLI DE MODIFICACIÓN DE DENOMINACIÓN DEL PROGRAMA, GRADO ACADÉMICO Y TÍTULO DENOMINACIÓN VIGENTE CÓDIGO DEL PRO- GRAMADENOMINACIÓN DEL PROGRAMADENOMINACIÓN DEL GRADO ACADÉMICODENOMINACIÓN DEL TÍTULO QUE OTORGA P04INGENIERÍA DE SISTEMAS EMPRE- SARIALESBACHILLER EN INGE- NIERÍA DE SISTEMAS EMPRESARIALESINGENIERO DE SISTEMAS EMPRE- SARIALES DENOMINACIÓN MODIFICADA CÓDIGO DEL PRO- GRAMADENOMINACIÓN DEL PROGRAMADENOMINACIÓN DEL GRADO ACADÉMICODENOMINACIÓN DEL TÍTULO QUE OTORGA P04INGENIERÍA EMPRESARIAL Y DE SISTEMASBACHILLER EN INGE- NIERÍA EMPRESARIAL Y DE SISTEMASINGENIERO EM- PRESARIAL Y DE SISTEMAS Fuente: Información presentada a través de la RTD N° 007714-2021-SUNEDU-TD del 12 de febrero de 2021. Elaboración: Dilic En el marco de la evaluación del cambio de denominación del programa de Ingeniería de Sistemas Empresariales, mediante O fi cio N° 0178-2021-SUNEDU-02-12 del 16 de abril del 2021, la Dilic solicitó a la Universidad, información respecto al motivo que sustentó la modi fi cación del nombre del programa señalado. A raíz de ello, a través del O fi cio N° 0013-2021/CIENTÍFICA-GG49 del 22 de abril, la Universidad comunicó el motivo del cambio de denominación del programa Ingeniería de Sistemas Empresariales, de su grado académico y de su título profesional. Al respecto, indicó que la nueva denominación se alinea más a los objetivos y per fi l del egresado de este programa, el cual busca formar profesionales que brinden estrategias a la organización para su crecimiento y que, para el logro de ello, se apoyen en las tecnologías de la información. Finalmente, mediante O fi cio N° 0209-2021-SUNEDU-02-12 del 28 de abril de 2021 se notifi có a la Universidad la Resolución de Trámite N° 8 mediante la cual se dispuso la acumulación de o fi cio de los procedimientos administrativos de la Universidad, respecto a las comunicaciones de cambio de denominación del título profesional que otorgan los programas de “Farmacia y Bioquímica” y “ Medicina Veterinaria y Zootecnia” . Así como, cambio de denominación del programa de “ Ingeniería de Sistemas Empresariales” por “Ingeniería Empresarial y de Sistemas”, y de su correspondiente grado y título que otorga la Universidad; ingresadas mediante RTD N° 007713-2021-SUNEDU-TD y RTD N° 007714-2021-SUNEDU-TD, a las RTD N° 037628 y N° 038785-2020-SUNEDU a las RTD N° 041557-2019-SUNEDU-TD, RTD N° 005594-2020-SUNEDU-TD, N° 024471-2020-SUNEDU-TD, N° 037628-2020-SUNEDU-TD y N° 038785-2020-SUNEDU-TD, previamente acumuladas, a efectos de que sean tramitadas y resueltas conjuntamente en decisión única. 6. Desistimientos presentados por la Universidad El 20 de noviembre de 2020, mediante O fi cio N° 183-2020/CIENTÍFICA-GG 50, la Universidad solicitó dejar sin efecto la pretensión de ofertar el programa vigente de Ingeniería de Alimentos (P23) 51 en el local nuevo de Ate (SL06), remitido a través de la RTD N° 037628-2020-SUNEDU-TD del 13 de noviembre de 2020. El 3 de febrero de 2021, mediante O fi cio N° 0001- 2021/CIENTÍFICA-GG 52, la Universidad informó del desistimiento de la pretensión referida a la expansión y creación de dieciséis (16) programas académicos53 en el local nuevo (SL07). El 6 de abril de 2021, mediante O fi cio N° 0011-2021/CIENTÍFICA-SG 54, la Universidad informó del desistimiento de la pretensión de creación de cuatro (4) programas académicos en el local (SL01) señalados en el Formato A5 - Relación de programas y menciones por sede, fi liales y locales actualizado55. El 29 de abril de 2021, mediante O fi cio N° 015-2021/ CIENTÍFICA-GG 56, la Universidad solicitó dejar sin efecto su pretensión de creación del programa de Administración de Redes y Seguridad Informática (P78), el cual será incorporado solo para efectos de grados y títulos en el marco de su operación de fusión con la ex Usise. Tras los referidos desistimientos de pretensiones vinculados a la creación de locales y/o programas formulados por la Universidad, la pretensión fi nal de la SMLI de la Universidad se encontraría referida a: i) la creación de tres (3) locales 57 (SL05, SL06 y SL07), (ii) la creación de diez (10) programas académicos para adultos que trabajan 58, y iii) el cambio de denominación de los títulos que otorgan dos (2) programas académicos licenciados 59, y el nombre de un (1) programa licenciado, así como el grado y título que otorga60. Asimismo, cabe precisar que los desistimientos de las pretensiones han sido suscritos por el Gerente General, el señor Luis Javier Cardo Soria, en su calidad de apoderado de la Universidad, el cual goza de las facultades de representación, entre las que se incluye la facultad de desistimiento del procedimiento, según costa en el Asiento C0026 de la Partida Registral de la Universidad. Conforme al artículo 200 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante, TUO de la LPAG)61, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, los desistimientos han sido formulado de manera expresa y señalando su contenido y alcance, se puede efectuar en cualquier momento del procedimiento, antes de que se notifi que la resolución que agote la vía administrativa; y será la autoridad competente quién lo acepte de plano. Asimismo, de acuerdo con el numeral 200.7 del artículo 200 del TUO de la LPAG, se ha evidenciado que con los desistimientos no se afectan los intereses de terceros ni el interés general; por lo que los desistimientos presentados por la Universidad resultan procedentes. En tal sentido, de conformidad con el numeral 200.6 del artículo 200 del TUO de la LPAG, corresponde aceptar los desistimientos comunicados por la Universidad respecto a su pretensión de: i) brindar diecisiete (17) programas académicos62 en sus dos (2) nuevos locales SL06 y SL07; ii) a brindar cuatro (4) nuevos programas en su local autorizado SL0163; y, iii) a crear como oferta nueva, el programa de Administración de Redes y Seguridad Informática (P78), y declarar por concluido el procedimiento en dicho extremo, conforme al numeral 200.1 del artículo 200 del TUO de la LPAG. 7. Del informe Técnico de Modi fi cación de Licencia institucional El Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 020-2021-SUNEDU-02-12 del 10 de mayo de 2021, contiene la evaluación integral de la documentación requerida en los literales b), c) y d), respectivamente, del numeral 31.1 artículo 31 del Reglamento de Licenciamiento, aprobado mediante Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD y modi fi cado, entre otras, por la Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD. A continuación, el detalle del análisis: En cuanto a los recursos de enseñanza y aprendizaje, la Universidad evidenció que los planes de estudio de los nuevos programas CPE (para personas que trabajan) y de los programas provenientes de la fusión con la ex Usise, se encuentran alineados con lo dispuesto por la Ley Universitaria. Asimismo, estos planes cuentan con la información mínima requerida, al contar con objetivos académicos, per fi l del graduado y mallas curriculares. Adicionalmente, la Universidad, evidenció contar con el 25% de docentes a tiempo completo desde el otorgamiento de su licencia institucional, acorde a la Ley Universitaria. Asimismo, evidenció una proyección de docentes consistente y coherente con las proyecciones estudiantiles y la disponibilidad presupuestal para los próximos cinco (5) años.