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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MAYO DEL AÑO 2021 (19/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de mayo de 2021 / El Peruano sanitaria y a la disposición, a iniciativa de parte, de la conversión de los procedimientos administrativos a canales no presenciales. 2. Sobre la Operación de Fusión por Absorción con la Ex Universidad Privada Sise S.A.C. Mediante Resolución de Consejo Directivo N° 133-2019-SUNEDU/CD del 14 de octubre de 2019, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 15 de octubre de 2019, se resuelve denegar la licencia institucional a la Universidad Privada Sise S.A.C (en adelante, ex Usise), para ofrecer el servicio educativo superior universitario en el territorio nacional, en atención a la evaluación que se detalla en el Informe Técnico de Licenciamiento N° 036-2019-SUNEDU-02-12 del 4 de octubre de 2019. El 10 y 16 de diciembre de 2019, mediante Cartas s/n10, la Universidad trasladó el acuerdo de fusión por absorción con la ex Usise, cuya fecha de entrada en vigor se dispuso para el 1 de enero de 2020. Asimismo, en el marco de lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento de Reorganización, la Universidad remitió su Plan de Mejora como parte de la consolidación de su operación de fusión con la ex Usise. En dicho plan, la Universidad presentó ocho (8) hitos11, los cuales se agrupan en cincuenta y dos (52) actividades (para mayor detalle véase la Tabla I.1 del anexo de ITML). El 28 de enero de 2020, mediante Carta s/n 12, la Universidad comunicó la ejecución y fi nalización de las operaciones de la fusión con la ex Usise. Posteriormente, de la revisión de la información contenida en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (en adelante, la Sunarp), se veri fi có que, el 10 de marzo de 2020, la Escritura Pública de la Fusión fue inscrita en el Asiento B00014 de la Partida Registral N° 11582738 de la Universidad; así como el cierre de la Partida Registral N° 13961871 en el Asiento B00003 de la ex Usise. Entre septiembre de 2019 y febrero de 2021, la Universidad presentó la SMLI asociada a la operación de fusión13, así como cuatro (4) SMLI14 vinculadas a la creación de tres (3) locales15 y diez (10) programas académicos, una (1) SMLI16 relacionada al cambio de denominación de los títulos que otorgan dos (2) programas académicos y, una (1) SMLI17 sobre el cambio de denominación de un programa académico. 3. Sobre la oferta académica y los locales de la ex Usise En el marco de lo dispuesto en el numeral 4.1 del artículo 4 del Reglamento de Reorganización, la Universidad, puede prestar el servicio educativo superior universitario de la universidad objeto de la operación; sin perjuicio de su obligación de informar a la Sunedu sobre la operación y de solicitar, oportunamente, la modi fi cación de la licencia institucional respectiva. Es en ese sentido, que la Universidad, como parte activa de la operación, asumió las obligaciones de cese de actividades de la ex Usise, en virtud a que está última fue absorbida tras la denegatoria de su licencia. En consecuencia, la Universidad debe garantizar la continuidad del servicio a los estudiantes provenientes de la ex Usise, razón por la que se procedió a realizar el análisis de las pretensiones de la presente SMLI. Respecto a la oferta académica de la ex Usise, esta contaba con cinco (5) programas: Administración de Empresas, Administración de Negocios Internacionales, Administración de Redes y Seguridad Informática, Contabilidad y Finanzas y, Marketing y Publicidad. Al respecto, tres (3) de estos, son a fi nes a la oferta académica de la Universidad (P01), (P02) y (P72)18. Cabe precisar que el programa Marketing y Publicidad (P72) es un programa desistido de la Universidad. Tras el análisis de las solicitudes de modi fi cación de licencia, se identi fi có que la Universidad pretende, respecto a los programas provenientes de la ex Usise: i) adoptar los planes de estudio de los tres (3) programas afi nes en su oferta académica (Administración de Empresas, Administración de Negocios Internacionales y Marketing y Publicidad); e, ii) incorporar a su oferta académica los programas de Contabilidad y Finanzas y, Administración de Redes y Seguridad Informática solo para efectos de grados y títulos. En relación con los locales de ex Usise, esta contaba con cuatro (4) locales conducentes a grado académico y título profesional. Luego del análisis de las solicitudes de modi fi cación de licencia, se observó que la Universidad ha considerado absorber dos (2) locales de la ex Usise con el fi n de mantener la oferta educativa que brindaba dicha universidad y también con el objetivo de ampliar su oferta académica. En esa línea, según el “Acta de sesión de Directorio de UCSUR S.A.C del 15 de enero de 2020” presentada en la SMLI y registrada con el RTD N° 005594-2020-SUNEDU-TD, la Universidad busca incorporar los locales de la ex Usise de Ate y de Cercado de Lima, bajo la codi fi cación (SL06)19 y (SL07)20, respectivamente. 4. Sobre la solicitud de modi fi cación de licencia institucional de creación de locales y creación de programas académicos El 30 de septiembre del 2019, mediante O fi cio N° 009- 2019/CIENTÍFICA-G21, la Universidad remitió una SMLI que pretende la creación de un local en el distrito de Los Olivos (SL05). El 31 de enero de 2020, mediante O fi cio N° 001-2020/ CIENTÍFICA-GG22, la Universidad remitió una SMLI producto de su operación de fusión, la cual pretende incorporar dos (2) locales adicionales ─uno ubicado en Ate (SL06) y otro en Cercado de Lima (SL07) ─, y la oferta académica proveniente de la ex Usise, en línea a lo dispuesto en el Reglamento de Reorganización. Cabe resaltar que, la Universidad declaró que la referida SMLI complementaba su solicitud ingresada el 30 de septiembre del 2019. El 31 de julio de 2020, mediante O fi cio N° 231-2020-SUNEDU-02-12, la Dilic trasladó la Resolución de Trámite N° 2 del 30 de julio del 2020, la cual disponía la acumulación de los procedimientos administrativos iniciados, a través de los expedientes ingresados mediante RTD N° 041557-2019-SUNEDU-TD y N° 005594-2020-SUNEDU-TD. Esto debido a que, ambas se encontraban relacionadas a la creación de nuevos locales (SL05, SL06 y SL07) y su correspondiente oferta académica. El 19 de agosto de 2020, mediante Oficio N° 109- 2020/CIENTÍFICA-GG23, la Universidad presentó ante la Dilic una SMLI para la creación de diez (10) programas de estudios. Dichos programas serían ofertados en locales autorizados SL01, SL02 y SL03, así como en la propuesta de creación de los locales SL05, SL06 y SL07. El 2 de octubre de 2020, mediante Resolución de Trámite N° 3, la Dilic dispuso la acumulación de oficio del procedimiento administrativo de la Universidad ingresado con RTD N° 024471-2020-SUNEDU-TD, a las SMLI previamente acumuladas a través de la Resolución de Trámite N° 2. La acumulación se motiva ante la vinculación de los diez (10) nuevos programas a crearse y el supuesto de creación de tres (3) locales previamente acumulados. El 13 de noviembre de 2020, mediante O fi cio N° 174- 2020/CIENTÍFICA-GG24 la Universidad presentó ante la Dilic una SMLI complementaria a su pretensión de creación de locales, en la que propone ofertar quince (15) programas 25 vigentes en los nuevos locales de Los Olivos (SL05) y Ate (SL06). El 20 de noviembre de 2020, mediante O fi cio N° 183-2020/CIENTÍFICA-GG26, la Universidad remitió a la Dilic otra SMLI, la cual también complementa su pretensión de creación de locales. Dicha SMLI propone ofertar el programa de Ingeniería Civil (P76) en los locales de Los Olivos (SL05) y Ate (SL06). Asimismo, la Universidad solicitó dejar sin efecto la pretensión de brindar el programa de Ingeniería de Alimentos (P23) 27 en el local de Ate (SL06), remitido a través de la RTD N° 037628-2020-SUNEDU-TD del 13 de noviembre de 2020. En resumen, las SMLI del 13 y 20 de noviembre del 2020, pretendían la expansión de la oferta de quince (15)