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39 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de mayo de 2021 El Peruano / programas académicos28 vigentes en dos (2) nuevos locales (SL05 y SL06). En esa línea, dichas pretensiones se encontraban relacionadas a las tres (3) solicitudes previamente acumuladas, dado que el supuesto que las motivaba estaba vinculado al escenario de creación de local29. El 16 de diciembre de 2020, mediante O fi cio N° 520-2020-SUNEDU-02-12 la Dilic trasladó la Resolución de Trámite N° 5 de la misma fecha, la cual dispone la acumulación de o fi cio de los procedimientos administrativos ingresados a través de los expedientes con RTD N° 037628 y N° 038785-2020-SUNEDU a las RTD N° 041557-2019-SUNEDU-TD, RTD N° 005594-2020-SUNEDU-TD y N° 024471-2020-SUNEDU-TD previamente acumuladas, a efectos de que sean tramitadas y resueltas conjuntamente en decisión única. Posteriormente, el 30 de diciembre de 2020, mediante Ofi cio N° 0540-2020-SUNEDU-02-12, la Dilic requirió a la Universidad cumpla con presentar la información que subsane las observaciones detalladas en el Informe N° 032-2020-SUNEDU/DILIC-EV. En respuesta al informe en mención, el 18 de enero de 2021, mediante O fi cio N° 0007-2021/CIENTÍFICA- SG 30, la Universidad remitió información vinculada a los requisitos 8, 9, 16, 42 y 43; así como a los Formatos de Licenciamiento C9 requeridos para los semestres académicos 2019-II y 2020-II. Adicionalmente, solicitó una prórroga a fi n de atender de manera integrar el requerimiento realizado la cual fue concedida mediante Ofi cio N° 0019-2021-SUNEDU-02-12 del 21 de enero de 2021. Adicionalmente, en esa misma fecha, mediante Ofi cio N° 0009-2021-SUNEDU-02-12, la Dilic noti fi có a la Universidad la Resolución de Trámite N° 6 a través de la cual se resolvió realizar una Actividad de Veri fi cación Remota (en adelante, AVR). Dicha actividad se realizó a través de la plataforma Microsoft Teams, los días 22, 25, 26 y 27 de enero del presente año. El 2 y 3 de febrero de 2021, mediante O fi cios N° 0003- 2021/CIENTÍFICA-GG 31, N° 0005-2021/CIENTÍFICA- GG32, N° 0006-2021/CIENTÍFICA-GG33, y N° 0007-2021/ CIENTÍFICA-GG34 la Universidad remitió información solicitada en el Informe N° 032-2020-SUNEDU/DILIC-EV; así como información complementaria requerida en el marco de las acciones de la AVR. El 19 de febrero de 2021, mediante O fi cio N° 0023-2021/CIENTÍFICA-SG 35, la Universidad remitió información relacionada a su Plan Estratégico Institucional 2021-2023 y Presupuesto Institucional 2021 – 2024. El 19 de marzo de 2021, a través del O fi cio N° 0124-2021-SUNEDU-02-12, la Dilic informó a la Universidad que existía documentación solicitada en el Informe N° 032-2020-SUNEDU/DILIC-EV y la AVR, que no había sido presentada. Además, informó a la Universidad que persistían observaciones en los medios probatorios presentados para el requisito 14, razón por la cual la Dilic reiteró el pedido realizado en el marco de la SMLI. El 19 de marzo y el 6 de abril de 2021, mediante Ofi cio N° 0008-2021/CIENTÍFICA-SG 36 y N° 0011-2021/ CIENTÍFICA-SG37, la Universidad remitió información requerida a través del O fi cio N° 0124-2021-SUNEDU-02-12. Adicionalmente, el 24 de marzo de 2021, a través del O fi cio N° 0010-2021/CIENTÍFICA-SG38 remitió información adicional relacionada a docentes e investigación. El 6 de abril de 2021, mediante O fi cio N° 0011-2021/ CIENTÍFICA-SG39, atendió el requerimiento realizado por la Dilic a través del O fi cio N° 0124-2021-SUNEDU-02-12. Cabe señalar que, el 29 de abril de 2021, mediante Ofi cio N° 015-2021/CIENTÍFICA-GG40, la Universidad comunicó el cambio de denominación, grado académico y título profesional de la pretensión de creación de programa de estudio (P85) 41, para lo cual remitió información relacionada al plan y malla curricular del referido programa. Asimismo, desistió de crear como oferta nueva el programa de Administración de Redes y Seguridad Informática (P78), remitido a través de la RTD N° 005594-2020 del 31 de enero de 2020 42, el cual solo será incorporado para efectos de grados y títulos. A continuación, se presenta el resumen de la pretensión acumulada evaluada en el ITML:Tabla 1. PRETENSIÓN DE LA SMLI DE CREACIÓN DE LOCALES Y PROGRAMAS Escenario RTDFecha de presentación Creación de locales43 SL05: Av. Alfredo Mendiola Lote 1 Mz. A Urb. Puertas de Infantas, Los Olivos.N° 041557-201930 de septiembre de 2019 -SL05: Av. Alfredo Mendiola Lote 1 Mz. A Urb. Puertas de Infantas, Los Olivos.-SL06: Av. Nicolás Ayllón 7208 Lote 108 D 109 A Urb. Lotización del Fundo La Estrella, Ate.-SL07: Av. Arequipa 1290 Esquina con Teodoro Cárdenas 171 piso 4, Cercado de LimaN° 005594-2020 N° 037628-2020N° 038785-202031 de enero de 2020 13 de noviembre de 2020 20 de noviembre de 2020 Creación de programa conducente a grados y títulos Diez (10) programas académicos para personas que trabajan 44N° 024471-2020 19 de agosto de 2020 Fuente: Información presentada a través de las RTD N° 041557- 2019, N° 005594-2020, N° 024471-2020-SUNEDU-TD, RTD N° 037628-2020-SUNEDU-TD, N° 038785-2020-SUNEDU-TD y N° 020548-2021-SUNEDU-TD. Elaboración: Dilic. Para mayor detalle sobre la pretensión de la SMLI se deberá ver la ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. del Anexo del ITML, en la cual se aprecia la distribución de los programas (tanto nuevos como licenciados) que se pretenden ofertar en los locales nuevos SL05, SL06 y SL07 45; así como, los programas nuevos que se pretenden ofertar en los locales licenciados SL01, SL02 y SL03. 5. Sobre la solicitud de modi fi cación de licencia institucional de cambio de denominación Mediante O fi cio N° 019-2021/CIENTÍFICA-SG46 del 12 de febrero de 2021, la Universidad comunicó el cambio de denominación de los títulos a obtener en los programas académicos licenciados de Farmacia y Bioquímica (P22); y, Medicina Veterinaria y Zootecnia (P18), dado que no se denominan como lo solicitan sus respectivos colegios profesionales para que sean válidos y aceptados 47. En esa línea, con el objetivo de que los egresados de dichos programas puedan acceder a su colegiatura, la Universidad propone el cambio de denominación de los títulos que otorga para los programas en mención. En ese sentido, la modi fi cación de los títulos que otorgan estos programas se plantea de acuerdo con el detalle siguiente: Tabla 2. PRETENSIÓN DE LA SMLI DE MODIFICACIÓN DE DENOMINACIÓN DE TÍTULO DENOMINACIÓN VIGENTE CÓDIGO DEL PROGRAMAPROGRAMA GRADO ACADÉMICOTÍTULO QUE OTORGA P22FARMACIA Y BIOQUÍMICABACHILLER EN FARMACIA Y BIOQUÍMICALICENCIADO EN FARMACIA Y BIOQUÍMICA P18MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIABACHILLER EN MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIAMÉDICO VETERINARIO Y ZOOTECNISTA DENOMINACIÓN MODIFICADA CÓDIGO DEL PROGRAMAPROGRAMA GRADO ACADÉMICOTÍTULO QUE OTORGA P22FARMACIA Y BIOQUÍMICABACHILLER EN FARMACIA Y BIOQUÍMICAQUÍMICO FARMACÉUTICO P18MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIABACHILLER EN MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIAMÉDICO VETERINARIO ZOOTECNISTA Fuente: Información presentada a través de la RTD N° 007713-2021-SUNEDU-TD del 12 de febrero de 2021. Elaboración: Dilic Asimismo, el 12 de febrero de 2021, a través del Ofi cio N° 020-2021/CIENTÍFICA-SG48, la Universidad