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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (16/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Martes 16 de noviembre de 2021 El Peruano / Aprueban el Reglamento Interno del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00378-2021-PRODUCE Lima, 12 de noviembre de 2021VISTOS: Los Memorandos Nos. 02145-2017-PRODUCE/ CONAS-PRE, 00000109-2021-PRODUCE-CONAS, 00000175-2021-PRODUCE/CONAS, 00000184-2021-PRODUCE/CONAS y 00000430-2021-PRODUCE/CONAS del Consejo de Apelación de Sanciones; los Memorandos Nos. 00000269-2021-PRODUCE/DGPARPA, 00000515-2021-PRODUCE/DGPARPA y 00001027-2021-PRODUCE/DGPARPA de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura; el Memorando N° 00000400-2021-PRODUCE/DGPAR de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; los Memorandos Nos. 00001077-2020-PRODUCE/OGPPM, 00000353-2021-PRODUCE/OGPPM, 00000475-2021-PRODUCE/OGPPM y 00000890-2021-PRODUCE/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, los Informes Nos. 344-2021-PRODUCE/OGAJ y 00000688-2021-PRODUCE/OGAJ y el Memorando N° 00000338-2021-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y sus modi fi catorias, se establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; con el objetivo de alcanzar un Estado, entre otros, al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión; Que, mediante la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1047 y sus modi fi catorias, se determina y regula el ámbito de competencia, las funciones rectoras y especí fi cas y la estructura orgánica básica del Ministerio de la Producción, así como sus relaciones de articulación y coordinación con otros niveles de gobierno; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 094-2013-PRODUCE, se aprobó el Reglamento Interno del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción; Que, mediante el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, cuyo artículo 125 dispone que el Consejo de Apelación de Sanciones es el órgano resolutivo que evalúa y resuelve en segunda y última instancia administrativa los recursos de apelación interpuestos sobre los procedimientos sancionadores del Ministerio, conforme a dicha norma y a lo establecido en su Reglamento Interno el cual es aprobado por Resolución Ministerial; Que, el Consejo de Apelación de Sanciones propone la aprobación de su Reglamento Interno con el objeto de regular la organización y los procedimientos que deben llevar a cabo en el marco del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; siendo necesario emitir el acto para su aprobación y derogar la Resolución Ministerial N° 094-2013-PRODUCE; Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, del Consejo de Apelación de Sanciones, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica;De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modi fi catorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y su modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1. Aprobar el Reglamento Interno del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2. Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su anexo en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 3. Derogar la Resolución Ministerial N° 094-2013-PRODUCE. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ROGGER INCIO SÁNCHEZ Ministro de la Producción 2011445-1 RELACIONES EXTERIORES Dan por terminada la carrera pública en el Servicio Diplomático de la República de Segundo Secretario RESOLUCIÓN SUPREMA N° 149-2021-RE Lima, 15 de noviembre de 2021VISTO:El Informe (OAP) N° 267/2021, de la O fi cina de Administración de Personal de la O fi cina General de Recursos Humanos, del 29 de octubre de 2021; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 0068-1987- RE, el Segundo Secretario en el Servicio Diplomático de la República César Ramón Francisco Salinas Olivera fue inscrito en el Escalafón Diplomático con la categoría de Tercer Secretario de Cancillería, a partir del 1 de enero de 1988; Que, el referido funcionario diplomático falleció el 13 de abril de 2021, conforme se acredita con el Acta de Defunción N° 2000710610, expedida por el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil; Que, la Cuarta Disposición Complementaria del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2021-RE, señala que a los miembros del Servicio Diplomático se les aplicará en forma supletoria y en tanto no se opongan a las disposiciones de la Ley del Servicio Diplomático de la República y su Reglamento, las normas que regulan la actividad de la Administración Pública; Que, el artículo 34 inciso a) del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, establece que la carrera administrativa de los servidores públicos termina, entre otras causas, por fallecimiento; Que, en mérito a lo antes señalado y conforme a la normativa vigente sobre la materia, resulta procedente emitir el acto resolutivo de cese por fallecimiento del Segundo Secretario en el Servicio Diplomático de la República César Ramón Francisco Salinas Olivera, en la carrera pública del Servicio Diplomático de la República, a partir del 13 de abril de 2021; Que, en virtud a lo dispuesto por el artículo 7 y el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado