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53 NORMAS LEGALES Viernes 29 de octubre de 2021 El Peruano / Sersa 3 683 3 683 3 683 4 632 4 633 4 633 Acciona.org Perú 121 280 121 280 121 280 152 558 152 558 152 558 Eilhicha 13 760 13 761 13 762 17 309 17 310 17 310 Esempat 4 246 4 246 4 246 5 341 5 342 5 342 Entelin 137 274 137 274 137 275 172 677 172 677 172 676 Fideicomiso Minem-Ergon 3 788 870 3 788 892 3 788 896 4 766 044 4 766 022 4 766 018 Tre Perú 203 449 203 450 203 450 255 919 255 918 255 918 Empresas Aportantes Coelvisac Electro Dunas Fecha Límite de Transferencia 15/12/2021 15/01/2022 15/02/2022 15/12/2021 15/01/2022 15/02/2022 Empresas Receptoras Electrocentro 216 091 216 085 216 083 200 758 200 756 200 755 Empresas Aportantes Empresas Aportantes Electro Ucayali Seal Fecha Límite de Transferencia 15/12/2021 15/01/2022 15/02/2022 15/12/2021 15/01/2022 15/02/2022 Empresas Receptoras Electrocentro 293 836 293 842 293 843 158 206 158 225 158 229 Empresas Aportantes Emsemsa Fecha Límite de Transferencia 15/12/2021 15/01/2022 15/02/2022 Empresas Receptoras Electrocentro 8 312 8 311 8 311 Artículo 3.- Publicación de la Resolución Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de Osinergmin: http://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/ResolucionesGRT2021.aspx,conjuntamente con el Informe Técnico Nº 680-2021-GRT y el Informe Legal Nº 517-2021-GRT, que forman parte integrante de esta resolución. JAIME MENDOZA GACON Presidente del Consejo Directivo 2006403-1 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Dan inicio al Procedimiento para la Revisión del Factor de Productividad que se aplica en el Régimen Tarifario de Fórmula de Tarifas Tope estipulado en los Contratos de Concesión aprobados por D.S. N° 11-94- TCC, de los que es titular la empresa Telefónica del Perú S. A.A. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 196-2021-CD/OSIPTEL Lima, 25 de octubre de 2021 EXPEDIENTE : Nº 00001-2021-CD-DPRC/TT MATERIA : Revisión del Factor de Produc- tividad / Inicio de Proced- imiento ADMINISTRADO : Telefónica del Perú S.A.A. VISTO: El Informe N° 158-DPRC/2021, que sustenta el inicio del Procedimiento de Revisión del Factor de Productividad que se aplica en el Régimen Tarifario de Fórmulas de Tarifas Tope estipulado en los contratos de concesión de Telefónica del Perú S.A.A., aprobados mediante Decreto Supremo N° 11-94-TCC, a fi n de establecer el nuevo valor de dicho factor aplicable a partir del 01 de setiembre de 2022; con la conformidad de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el inciso 5 del artículo 77 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, establece que una de las funciones fundamentales del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) es fi jar las tarifas de servicios públicos de telecomunicaciones y establecer las reglas para su correcta aplicación; Que, en el inciso c) del artículo 8 de la Ley Nº 26285 - Ley de Desmonopolización Progresiva de los Servicios Públicos de Telefonía Fija Local y de Servicios Portadores de Larga Distancia -, se precisa que es función del OSIPTEL emitir resoluciones regulatorias dentro del marco establecido por las normas del sector y los respectivos contratos de concesión; Que, de acuerdo a lo señalado en el artículo 3 de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en Servicios Públicos, Ley N° 27332, modi fi cada por las Leyes Nº 27631, Nº 28337 y N° 28964, el OSIPTEL ejerce, entre otras, la función normativa, que comprende la facultad de dictar, en el ámbito y en materias de su competencia, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, conforme a dicha normativa general y a lo dispuesto por el artículo 67 del citado TUO de la Ley de Telecomunicaciones, el régimen tarifario aplicable a la empresa concesionaria Telefónica del Perú S.A.A. (en adelante, Telefónica) se rige por la normativa legal de la materia y por lo estipulado en sus contratos de concesión aprobados por Decreto Supremo N° 11-94-TCC y las respectivas Adendas a dichos contratos de concesión, aprobadas mediante Decreto Supremo N° 021-98-MTC; Que, de acuerdo a lo estipulado en las secciones 9.02 y 9.04 de los referidos contratos de concesión, a partir del