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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (30/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Sábado 30 de octubre de 2021 El Peruano / de las Unidades Ejecutoras de Salud de los Gobiernos Regionales, para fi nanciar, desde el 01 de octubre de 2021 al 31 de diciembre de 2021, el costo de la contratación del personal para la atención de la COVID-19, y para fi nanciar lo dispuesto en el numeral 3.1 del artículo 3 del citado Decreto de Urgencia; los que se trans fi eren utilizando sólo el mecanismo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, debiendo contar con el refrendo del Ministro de Economía y Finanzas y del Ministro de Salud, a solicitud de este último; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 090-2021, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias en recursos humanos destinadas a garantizar la respuesta sanitaria ante la Emergencia Sanitaria por la COVID-19, autoriza por los meses de setiembre, octubre, noviembre y diciembre del presente año, al Ministerio de Salud, al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y a las Unidades Ejecutoras de Salud de los Gobiernos Regionales, a la contratación de personal bajo la modalidad del régimen especial del Decreto Legislativo Nº 1057, para fortalecer las acciones sanitarias frente a la pandemia por la COVID-19; para lo cual el numeral 2.11 del referido artículo autoriza, complementariamente, al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia a que se re fi ere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, hasta por la suma de S/ 202 489 308,00 (DOSCIENTOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS OCHO Y 00/100 SOLES), a favor de dichas Entidades para fi nanciar lo señalado en el numeral 2.1 durante los meses de octubre a diciembre de 2021; utilizando sólo el mecanismo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, debiendo contar con el refrendo del Ministro de Economía y Finanzas y del Ministro de Salud, a solicitud de este último; Que, asimismo, el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto de Urgencia Nº 090-2021, autoriza por los meses de setiembre, octubre, noviembre y diciembre del presente año, a las Direcciones de Redes Integradas de Salud del Ministerio de Salud y a las Direcciones o Gerencias Regionales de Salud de los Gobiernos Regionales, a la contratación de personal bajo la modalidad del régimen especial del Decreto Legislativo Nº 1057, para la conformación de los equipos de atención integral de casos con fi rmados y sospechosos de COVID-19; para lo cual el numeral 3.12 del citado artículo 3 autoriza, complementariamente, al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia a que se re fi ere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440 hasta por la suma de S/ 34 711 500,00 (TREINTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS ONCE MIL QUINIENTOS Y 00/100 SOLES), a favor de las referidas Entidades para fi nanciar lo dispuesto en el numeral 3.1 durante los meses de octubre a diciembre de 2021; utilizando sólo el mecanismo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, debiendo contar con el refrendo del Ministro de Economía y Finanzas y del Ministro de Salud, a solicitud de este último; Que, a través del O fi cio Nº 4614-2021-SG/MINSA, el Ministerio de Salud solicita una Transferencias de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para fi nanciar la continuidad de la contratación del personal bajo la modalidad del régimen especial del Decreto Legislativo Nº 1057, correspondientes a los meses de octubre a diciembre de 2021, en el marco de lo señalado en los artículos 3 y 4 del Decreto de Urgencia Nº 083-2021 y en los artículos 2 y 3 del Decreto de Urgencia Nº 090-2021; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 1069-2021-OP-OGPPM/MINSA de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y el Informe Nº 357-2021-DIPLAN-DIGEP/MINSA, de la Dirección de Plani fi cación del Personal de la Salud de la Dirección General de Personal de la Salud del citado Ministerio, con los respectivos sustentos;Que, mediante el Memorando Nº 1587-2021-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas remite los costos estimados para fi nanciar la continuidad de la contratación de recurso humano bajo la modalidad del régimen especial del Decreto Legislativo Nº 1057, autorizados mediante los artículos 3 y 4 del Decreto de Urgencia Nº 083-2021 y los artículos 2 y 3 del Decreto de Urgencia Nº 090-2021, para el período de octubre a diciembre de 2021; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, para fi nanciar la continuidad de la contratación de recurso humano bajo la modalidad del régimen especial del Decreto Legislativo Nº 1057, para el periodo de octubre a diciembre del 2021, hasta por la suma de S/ 597 572 735,00 (QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y DOS MIL SETECIENTOS TREINTA Y CINCO Y 00/100 SOLES) a favor del Ministerio de Salud, del Instituto Nacional de Salud, del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de los Gobiernos Regionales, en el marco de lo señalado en los artículos 3 y 4 del Decreto de Urgencia Nº 083-2021; hasta por la suma de S/ 202 489 308,00 (DOSCIENTOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS OCHO Y 00/100 SOLES) a favor del Ministerio de Salud, del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de los Gobiernos Regionales, en el marco de lo indicado en el artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 090-2021; y, hasta por la suma de S/ 34 711 500,00 (TREINTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS ONCE MIL QUINIENTOS Y 00/100 SOLES) a favor del Ministerio de Salud y de los Gobiernos Regionales, en el marco de lo dispuesto artículo 3 del Decreto de Urgencia Nº 090-2021, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo establecido en los artículos 3 y 4 del Decreto de Urgencia Nº 083-2021, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias para el fortalecimiento de la disponibilidad de recursos humanos ante la Emergencia Sanitaria por la COVID-19 y dicta otras disposiciones; en los artículos 2 y 3 del Decreto de Urgencia Nº 090-2021, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias en recursos humanos destinadas a garantizar la respuesta sanitaria ante la Emergencia Sanitaria por la COVID-19; y, en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA:Artículo 1. Objeto1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 597 572 735,00 (QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y DOS MIL SETECIENTOS TREINTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Salud, del Instituto Nacional de Salud, del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de los Gobiernos Regionales, para fi nanciar la continuidad de la contratación de recurso humano bajo la modalidad del régimen especial del Decreto Legislativo Nº 1057, para el periodo de octubre a diciembre del 2021, en el marco de lo señalado en los artículos 3 y 4 del Decreto de Urgencia Nº 083-2021, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: