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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (16/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Jueves 16 de setiembre de 2021 El Peruano / SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Aprueban los lineamientos para el servicio de Casilla Electrónica en la Publicidad Registral Certificada RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN TÉCNICA REGISTRAL DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 029-2021-SUNARP/DTR Lima, 14 de setiembre de 2021VISTO:La resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 106-2021-SUNARP/SN del 12 de agosto de 2021, el Informe Nº 048-2021-SUNARP/SNR de la Subdirección de Normativa Registral de la Dirección Técnica Registral del 13 de setiembre de 2021; y, CONSIDERANDO:Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, es un Organismo Técnico Especializado del Sector Justicia, que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos; estando encargada de plani fi car, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso de simpli fi cación, integración y modernización de los Registros; Que, la Dirección Técnica Registral es el órgano de línea de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos encargado de dirigir, evaluar y supervisar la función registral a nivel nacional, encontrándose, entre sus funciones previstas en el literal d) del artículo 44 del Reglamento de organización y Funciones (ROF) de la SUNARP, la de emitir lineamientos dirigidos a los Órganos Desconcentrados para el desarrollo de la función registral; Que, el artículo 3 de la Resolución del Visto, dispone que la Dirección Técnica Registral, en coordinación con la Ofi cina General de Tecnología de la Información, emita los lineamientos referidos a la a fi liación, funcionamiento y noti fi cación del servicio de Casilla Electrónica para publicidad certi fi cada y compendiosa, en un plazo de veinte (20) días hábiles contados a partir del día siguiente de su publicación; Que, asimismo, el artículo 5 de la aludida resolución supedita la entrada en vigencia del servicio de Casilla Electrónica para la publicidad certi fi cada y compendiosa, a partir del día siguiente de la publicación de los lineamientos emitidos por la Dirección Técnica Registral; Que, atendiendo a los artículos 3 y 5 de la resolución del Visto, se ha regulado, en coordinación con la Ofi cina General de Tecnología de la Información, los lineamientos que permitan establecer las disposiciones de gestión interna para la prestación del servicio de Casilla Electrónica a fi n de noti fi car a los administrados sobre la atención a las solicitudes de publicidad registral certi fi cada y compendiosa; Que, de otro lado, es menester señalar que para fi nes de la puesta en producción del servicio de Casilla Electrónica se han efectuado las pruebas funcionales respecto a los per fi les habilitados para los servidores públicos, así como la capacitación respectiva sobre el proceso de a fi liación y desa fi liación presencial, en los términos previstos en los presentes lineamientos; Que, atendiendo las consideraciones antes aludidas, de conformidad con lo previsto en el artículo 3 de la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 106-2021-SUNARP/SN del 12 de agosto de 2021 y al literal d) del artículo 44 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2013-JUS; contando con el visado de la O fi cina General de Tecnologías de la Información; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobación de lineamientos. Aprobar los lineamientos para el servicio de Casilla Electrónica en la Publicidad Registral Certi fi cada. Artículo Segundo.- Publicación. Disponer la publicación de los lineamientos señalados en el artículo 1 en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (www.gob.pe/sunarp), en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.HUGO JORGE ESPINOZA RIVERA Director Técnico Registral 1991777-1 Disponen la rectificación del error material advertido en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional-CAPP de la Zona Registral N° VII-Sede Huaraz aprobado con la Resolución N° 026-2021-SUNARP/SA RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 123-2021-SUNARP/SN Lima, 15 de setiembre de 2021 VISTOS; el O fi cio N° 304-2021-SUNARP-Z.R.N°VII/ JEF del 10 de setiembre de 2021, de la Zona Registral N° VII – Sede Huaraz; el Memorándum N° 925-2021-SUNARP/OGPP del 13 de setiembre de 2021, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Técnico N° 244-2021-SUNARP/OGRH del 14 de setiembre de 2021, de la O fi cina General de Recursos Humanos; y, el Informe N° 808-2021- SUNARP/OGAJ del 14 de setiembre de 2021, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución N° 026-2021-SUNARP/ SA del 10 de marzo de 2021, se aprueba el reordenamiento de los cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Sede Central y de las catorce (14) Zonas Registrales de la Sunarp, en el que se encuentra el CAP Provisional de la Zona Registral N° VII-Sede Huaraz; Que, a través del Oficio N° 304-2021-SUNARP- Z.R.N°VII/JEF, el Jefe de la Zona Registral N° VII – Sede Huaraz solicita la modificación de la denominación de la plaza de Registrador Público de la Oficina Registral de Casma, debido a que existe un error material en el cargo estructural de la plaza N° 72 de la citada Oficina Registral contenido en el Cuadro de Asignación Provisional vigente de dicha Zona Registral; habiéndose consignado el término “Registrador Público I”, cuando correspondía consignar el término “Registrador Público”. Para tal efecto, adjunta el Informe N° 455-2021-Z.R.N°VII-UAD/PERS elaborado por el Especialista en Personal de la Unidad de Administración que sustenta el referido pedido de rectificación de error material; Que, mediante el Memorándum N° 925-2021-SUNARP/ OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 173-2021-SUNARP/OGPP-OPL, a través del cual la O fi cina de Planeamiento señala que, dentro del ámbito de su competencia funcional, emite su visto bueno en la modi fi cación formulada por la Zona Registral Nº VII – Sede Huaraz;