NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (16/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 96
TEXTO PAGINA: 70
70 NORMAS LEGALES Jueves 16 de setiembre de 2021 El Peruano / de fi jar fecha de audiencia de presentación de cargos, teniendo como plazo máximo para su remisión el 22 de setiembre de 2021. Artículo Tercero.- DISPONER que el Juzgado Penal Liquidador Supraprovincial en Delitos Aduaneros, Tributarios, de Propiedad Intelectual y Ambientales remita a la Mesa de Partes del Módulo Penal todos los expedientes que tengan fecha de programación de audiencia de presentación de cargos a partir del 25 de octubre del 2021, así como aquellos expedientes que se encuentren pendientes de fi jar fecha de audiencia de presentación de cargos, que serán redistribuidos al Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial en Delitos Aduaneros, Tributarios, de Propiedad Intelectual y Ambientales, teniendo como plazo máximo para su remisión el 22 de setiembre del 2021; sin perjuicio de recibir expedientes de los otros Juzgados Penales Liquidadores hasta equiparar cantidades con los demás Juzgados Penales Unipersonales. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Mesa de Partes del Módulo Penal redistribuya de manera equitativa y aleatoria los expedientes hacia el 2°, 9°, 10°, 11°, 12°, 13°, 14°, 15°, 16°, 17°, 18° y 19° Juzgados Penales Unipersonales y Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial en Delitos Aduaneros, Tributarios, de Propiedad Intelectual y Ambientales, en un plazo máximo de 48 horas desde la recepción de los expedientes de los órganos jurisdiccionales remitentes, bajo responsabilidad. Artículo Quinto.- DISPONER que los Magistrados de los Juzgados Penales Unipersonales inmersos en el presente proceso de remisión y redistribución de expedientes, programen fecha de las audiencias de presentación de cargos o reprogramen las señaladas por los Juzgados Penales Liquidadores con la finalidad de adelantar la realización de las mismas, siempre y cuando no se cause perjuicio al litigante, dentro de los cinco (05) días hábiles de recibidos los expedientes, dando prioridad a aquellos que tengan fijada fecha más próxima de audiencia de presentación de cargos. Artículo Sexto.- DISPONER que los expedientes a ser redistribuidos deberán ser remitidos por los Juzgados Penales Liquidadores con sus cuadernos y/o anexos completos, debidamente noti fi cados, cosidos, foliados en números y con todos sus escritos proveídos. Los expedientes que no cumplan con tales requisitos no serán objeto de recepción y redistribución, bajo responsabilidad del secretario de la causa y del Magistrado del Juzgado remitente. Artículo Sétimo.- DESIGNAR al Administrador del Módulo Penal como responsable de la ejecución del Plan de Descarga aprobado por el artículo primero de la presente resolución; debiendo dar cuenta a esta Presidencia de su debido cumplimiento. Artículo Octavo.- EXHORTAR a los Magistrados de los Juzgados Penales Liquidadores de esta Corte Superior de Justicia cumplan con las disposiciones contenidas en el Plan aprobado por el artículo primero de la presente resolución; bajo apercibimiento de ponerse en conocimiento de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte Superior de Justicia, a fin de que proceda conforme a sus atribuciones. Artículo Noveno.- DISPONER que la Unidad de Planeamiento y Desarrollo mediante su Coordinación de Informática, realice las acciones necesarias para la adecuación del Sistema Informático Judicial (SIJ), garantizando la operatividad de los módulos informáticos a utilizarse para el cumplimiento de la presente resolución administrativa; realizando un seguimiento y monitoreo del sistema, e informando a esta Presidencia de las actividades realizadas, contingencias y soluciones que se presenten. Artículo Décimo.- DISPONER que los Magistrados de los Juzgados Penales Liquidadores inmersos en el presente proceso de remisión y redistribución de expedientes, informen a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo en el plazo máximo de dos (2) días hábiles de terminada la remisión de los mismos, sobre la cantidad de expedientes remitidos, el número de expediente, la fecha de señalamiento para la realización de la respectiva audiencia de presentación de cargos, de ser el caso, y la fecha de su remisión a la Mesa de Partes del Módulo Penal, en formato Excel; bajo apercibimiento de informarse a la O fi cina de Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte Superior a fi n de que proceda conforme a sus atribuciones. Artículo Décimo Primero.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima, de la Gerencia de Administración Distrital, Juzgados Penales Liquidadores, Juzgados Especializados en Tránsito y Seguridad Vial y del Administrador del Módulo Penal, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JOSÉ WILFREDO DÍAZ VALLEJOS Presidente 1992114-1 ORGANISMOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban expedición de duplicado de diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil a egresado de la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0035 Lima, 21 de enero de 2021Visto el Expediente STDUNI Nº 2020-92693 presentado por el señor EDER EDISON QUISPE MAMANI quien solicita duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil; CONSIDERANDO: Que, el señor EDER EDISON QUISPE MAMANI identi fi cado con DNI Nº 44189638 egresado de esta Casa de Estudios, mediante el expediente del visto solicita la expedición del duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil; por pérdida, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122, del 18 de enero del 2008, modi fi cado por Resolución Rectoral Nº 1685 del 08 de noviembre de 2013; Que, la Unidad de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Informe Nº 336-2020-UNI/SG/UGyT de fecha 23.12.2020, precisa que el diploma del señor EDER EDISON QUISPE MAMANI se encuentra registrado en el Libro de Registro de Bachilleres Nº 13, página 153, con el número de registro 36471; Que, la Comisión Académica del Consejo Universitario, en su Sesión Virtual Nº 02-2021, realizada el 13 de enero del 2021, previa revisión y veri fi cación del expediente, acordó proponer al Consejo Universitario la aprobación del duplicado de diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil al señor EDER EDISON QUISPE MAMANI; Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en su sesión extraordinaria Virtual Nº 01 de fecha 15 de enero del 2021, y de conformidad con las atribuciones conferidas en el art. 25º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería;