TEXTO PAGINA: 27
27 NORMAS LEGALES Martes 13 de diciembre de 2022 El Peruano / bienes y rentas, elaborar su presupuesto y aplicar sus fondos con la responsabilidad que impone la Ley; Que, de conformidad con la Ley N° 29488 de fecha 22/12/2009, se creó la Universidad Nacional de Cañete, la misma que fue modi fi cado por la Ley Nº 30515, cuyo artículo 1º dispone: “créase la Universidad Nacional de Cañete con domicilio en la provincia de Cañete, Departamento de Lima”. Asimismo, a través de la Resolución del Consejo Directivo N° 116-2018-SUNEDU/CD, el Concejo Directivo de la SUNEDU, le otorgó la Licencia Institucional a la Universidad Nacional de Cañete; Que, la Universidad Nacional de Cañete, es una institución que brinda educación superior integral de calidad mediante una gestión académica y administrativa, centrada en los derechos humanos, con pertinencia social de las escuelas profesionales y posgrado, investigación cientí fi ca y el ejercicio responsable del liderazgo universitario, vinculado al desarrollo de la región, el país y el mundo ; Que, el artículo 29° de la Ley Universitaria - Ley N° 30220 establece que, aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU), constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector (…). Esta Comisión tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que, de acuerdo a la presente Ley, le correspondan”; Que, el artículo 60° de la Ley Universitaria, concordado con el artículo 13º del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de Cañete, aprobado con Resolución de Comisión Organizadora Nº 183-2022-UNDC, establecen que el Rector en el presente caso el Presidente de la Comisión Organizadora es el personero y representante legal de la universidad . Tiene a su cargo y a dedicación exclusiva, la dirección, conducción y gestión del gobierno universitario en todos sus ámbitos, dentro de los límites de la presente Ley y del Estatuto ; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2022, dispone que “Durante el Año Fiscal 2022, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas. La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias”; Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, en el primer párrafo del artículo 1° dispone que “la presente Ley regula la autorización de viaje al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de las Actividad Empresarial del estado FONAFE”; Que, la Ley N° 27619, en concordancia con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Ley que regula la Autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, en su artículo 2°, dice lo siguiente: “La Resolución de autorización de viaje al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa CORPAC. Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad”. En concordancia con lo señalado en su artículo 4° sobre la publicidad: “Las Resoluciones de autorización de viaje deberá publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje. En aquellos casos en que se haya requerido una permanencia mayor a la autorizada, se deberá acreditar especí fi camente la circunstancia que la motiva, siendo necesaria, además, la publicación de la autorización de mayor permanencia”. Finalmente su artículo 10°, señala en relación a la obligación de presentar informe: “Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.”; Que, la Comisión Organizadora de la UNDC con fecha 28/04/2017, emitió la Resolución de Comisión Organizadora N° 061-2017-UNDC, donde aprobó la Directiva para el otorgamiento de Viáticos y Pasajes para Viajes en Comisión de Servicios y Reconocimiento de Reembolso por Comisión de Servicios de la Universidad Nacional de Cañete, que tiene como objetivo establecer las normas y procedimientos para la asignación y rendición de viáticos, movilidad local, pasajes y rembolsos otorgados por comisión de servicios al personal contratado bajo cualquier régimen de contracción en la UNDC; La Dra. Betsabe León Ttacca es una docente investigadora de la Universidad Nacional de Cañete, quien ha sido invitada a participar en el “XXIX CONGRESO ANUAL DE LA SOCIEDAD CHILENA DE FITOPATOLOGÍA (SOCHIFIT – 2022)”, que es organizado por la Universidad Técnica Federico Santa María (UTFSM), con la colaboración de la Escuela de Agronomía de la Ponti fi cia Universidad Católica de Valparaíso, con la temática: “HONGOS ENDÓFITOS CON POTENCIAL BIOCONTROLADOR DEL MOHO GRIS (BOTRYTIS CINEREA PERS.) EN FLORES Y FRUTOS DE ARÁNDANO (VACCINIUM CORYMBOSUM L.)”, a llevarse a cabo en la ciudad de Valparaíso, Chile, los días 14, 15 y 16 de diciembre de 2022; en ese sentido con expediente de fecha 11 de octubre de 2022, la Dra. Betsabe León Ttacca, solicita la autorización correspondiente, así como la asignación de viáticos, pasajes y otros gastos, a fi n de garantizar su participación en el XXIX CONGRESO ANUAL DE LA SOCIEDAD CHILENA DE FITOPATOLOGÍA (SOCHIFIT – 2022), a realizarse en la ciudad de Valparaíso, Chile, del 14 al 16 de diciembre de 2022; Que, con O fi cio Nº 556-2022/UNDC/CO/P/VPIN de fecha 10 de noviembre de 2022, la Vicepresidencia de Investigación, sustenta la importancia y viabilidad para que la Dra. Betsabe León Ttacca, participe en el referido evento, por referiste que el trabajo de investigación presentado es un aporte académico para el mencionado evento y que tiene relación a la investigación realizada por la Universidad, por lo que solicita que se le otorgue la asignación de los viáticos correspondientes, así como lo de sus pasajes y el derecho de inscripción con el fi n de que pueda participar en el “XXIX CONGRESO ANUAL DE LA SOCIEDAD CHILENA DE FITOPATOLOGÍA (SOCHIFIT – 2022)”, viáticos que le correspondería desde el día 14 de diciembre al 16 de diciembre de 2022, por la distancia del evento; Que, mediante Informe Nº 524-2022-UNDC/ OPP/P de fecha 24 de noviembre 2022, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, informa la aprobación de asignación presupuestal para que la Dra. Betsabe León Ttacca, participe en el “XXIX CONGRESO ANUAL DE LA SOCIEDAD CHILENA DE FITOPATOLOGÍA (SOCHIFIT - 2022)”, por el monto de S/ 3,786.00 (Tres Mil Setecientos Ochenta y Seis con 00/100 Soles), desglosando que dichos gastos serán de la siguiente manera: - DERECHO DE INSCRIPCIÓN : S/ 900.00 - PASAJES AÉREOS : S/ 513.50 - VIÁTICOS POR 3 DÍAS : S/ 2,371.80 Que, mediante O fi cio Nº 556-2022/UNDC/CO/P/VPIN de fecha 24 de noviembre de 2022, la Vicepresidencia de Investigación emitió la conformidad a la solicitud de autorización de viaje en comisión de servicios de la Dra.