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30 NORMAS LEGALES Martes 13 de diciembre de 2022 El Peruano / cargos de director, gerente, auxiliar, asistente y/o especialista.”; Que, del mismo modo, con O fi cio Nº 0902-2022-UNAAT/ P-OPP, de fecha 25 de octubre de 2022, el Jefe de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto recomienda la aprobación, mediante acto resolutivo, de la modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargo; Que, asimismo, mediante Opinión Legal Nº 00281-2022-UNAAT/P-OAJ, de fecha 02 de noviembre de 2022, el Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica analiza como sigue: “(…) 2.10 Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley Nº 31419, prescribe que para el cumplimiento de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley, cuando corresponda, las entidades actualizan o modi fi can sus instrumentos de gestión de recursos humanos, en el marco de los lineamientos aprobados por la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) para la elaboración, aprobación, actualización y modi fi cación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) o el Cuadro de Puestos de la entidad (CPE) y el Manual de Clasi fi cador de Cargos o el Manual de Per fi les de Puestos, según corresponda, en un plazo no mayor a ciento ochenta (180) días calendario contados a partir de la entrada en vigencia de dicho Reglamento. 2.11 Con Resolución de Comisión Organizadora Nº 165-2022-CO-UNAAT de fecha 18 de mayo del 2022 se aprueba al Manual de Clasi fi cador de Cargos. Donde se tiene establecido las funciones a realizar por parte del Jefe de la Unidad de Servicios Generales. 2.12 En ese sentido y conforme al marco normativo descrito en los párrafos precedentes, esta O fi cina recomienda su aprobación y publicación de la Modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma.”; Que, visto en Sesión Ordinaria Nº 43, de fecha 3 de noviembre de 2022, los miembros de la Comisión Organizadora acordaron unánimemente APROBAR la modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma, aprobado mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 165-2022-CO-UNAAT, en el extremo de los requisitos del cargo estructural de Jefe de la Unidad de Servicios Generales (formación académica y experiencia), quedando establecido según lo detallado en el informe de la Unidad de Recursos Humanos; encomendando a la Dirección General de Administración las acciones complementarias para la publicación de la Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y a la O fi cina de Tecnología de la Información en el Portal Institucional; y En uso de las atribuciones que le con fi eren al Titular del Pliego la Ley Universitaria Nº 30220, Estatuto de la UNAAT, Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU y conforme a lo aprobado en sesión de Comisión Organizadora; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la modi fi cación del MANUAL DE CLASIFICADOR DE CARGOS de la Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma, aprobado mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 165-2022-CO-UNAAT, en el extremo de los requisitos del cargo estructural de Jefe de la Unidad de Servicios Generales (formación académica y experiencia), quedando establecido según el siguiente detalle: Clasi fi cación Sigla Cargo Estructural Servidor Público EjecutivoSP-EJJefe de la Unidad de Servicios Generales FUNCIONES DEL CARGO ESTRUCTURAL (…)REQUISITOS DEL CARGO ESTRUCTURAL:Formación Académica a. Nivel Educativo: Universitaria Completa b. Grado / Situación académica Título universitario en Ingeniería Civil, Arquitectura, IngenieríaIndustrial o especialidad a fi n. Experiencia a) Experiencia General Mínimo cinco (5) años en el sector público o privado. b) Experiencia Especí fi ca Mínimo tres (3) años en el ejercicio de sus funciones relativas a la gestión de actividades de mantenimiento preventivo y correctivo de infraestructura, equipamiento y acondicionamiento de ambientes, o fi cinas, auditorios, entre otros, en el sector público, ocupando cargos de director, gerente, auxiliar, asistente y/o especialista. Requisitos Adicionales (…) Artículo Segundo.- ENCOMENDAR a la Dirección General de Administración las acciones complementarias para la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y a la O fi cina de Tecnología de la Información en el Portal Institucional. Artículo Tercero.- NOTIFICAR a la Alta Dirección, Dirección General de Administración, O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, O fi cina de Tecnologías de la Información y Unidad de Recursos Humanos; para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.WILBER JIMÉNEZ MENDOZA Presidente de la Comisión Organizadora BETHZABE BARRUETA VILCHEZ Secretaria General 2133489-1 Autorizan viaje de Rector de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa a República Dominicana, para realizar visitas a universidades UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 0597-2022 Arequipa, 7 de diciembre de 2022Vista la Carta de invitación del Grupo Gesplan de la Universidad Politécnica de Madrid (UPM) y Universidad del Caribe (UNICARIBE), dirigida al Dr. Hugo Jose Rojas Flores, Rector de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, para que realice visitas a universidades relacionadas con dichas entidades en Santo Domingo - República Dominicana, los días 13, 14, 15 y 16 de diciembre de 2022. CONSIDERANDO:Que, la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa está constituida conforme a la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, y se rige por sus respectivos estatutos y reglamentos, siendo una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, ética, cientí fi ca y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Que, según el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, concordante con el artículo 8º del Estatuto Universitario, el Estado reconoce la autonomía universitaria