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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (13/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Martes 13 de diciembre de 2022 El Peruano / la LICENCIA INSTITUCIONAL a la Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma, para ofrecer el servicio educativo superior universitario, con una vigencia de seis (06) años, computados a partir de la noti fi cación de la presente resolución. Asimismo, con Resolución del Consejo Directivo Nº 061-2022-SUNEDU/CD, de fecha 17 de junio de 2022, se resuelve aprobar la modi fi cación de licencia institucional solicitada por la Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma y reconocer la creación de dos (2) locales; y, el cambio de locación; Que, el artículo 29 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que, aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU), constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad. Esta Comisión tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que, de acuerdo a la presente Ley, le correspondan. El proceso de constitución de una universidad concluye con la designación de sus autoridades, dentro de los plazos establecidos por el Ministerio de Educación (MINEDU); Que, con Resolución Viceministerial Nº 285-2019-MINEDU de fecha 15 de noviembre de 2019, se resuelve reconformar la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma, integrada por: Dra. Nancy Guillermina Veramendi Villavicencios como Presidenta; Dr. Simeón Moisés Huerta Rosales como Vicepresidente Académico y Dr. William Elmer Zelada Estraver como Vicepresidente de Investigación; posteriormente, con la Resolución Viceministerial Nº 008-2021-MINEDU, de fecha 08 de enero de 2021, se acepta la renuncia de la Presidenta de la Comisión Organizadora y se designa al Dr. Wilber Jiménez Mendoza en el cargo de Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma; Que, en el Artículo 4º de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y sus modi fi catorias, el proceso de modernización tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, siendo para ello uno de los objetivos del Estado, contar con servidores públicos califi cados; Que, mediante la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, se establecen los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, entre ellos, a los cargos de Viceministro/a y Secretario/a General de Ministerio; Que, asimismo, la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31419, dispone que las entidades públicas formulan o adecúan, de manera gradual sus instrumentos de gestión en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, conforme a lo dispuesto en dicha Ley; Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE, formalizan el Acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprueba la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, literal c) del sub numeral 5.1 del numeral 5, expresa que el Manual de Clasi fi cador de Cargos es el documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad; Que, el numeral 5.2.3 de la misma directiva, establece que la ORH o la que haga las veces, tiene las siguientes responsabilidades: • Elabora la propuesta de MCC y/o de sus modi fi caciones, de corresponder, así como el informe técnico sustentatorio. Asimismo, el numeral 5.2.4.- establece que la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) tiene la función de emitir opinión sobre las propuestas de MCC y de CAP Provisional en lo referido al alineamiento de cargos con los órganos y las unidades orgánicas del ROF o MOP vigente, según corresponda; y el numeral 6.1.10 establece que las modi fi caciones que se den en el MCC, motivadas por la inclusión o eliminación de cargos estructurales y/o el aseguramiento del cumplimiento señalado en los numerales 6.1.4 , 6.1.6 y 6.1.11 de la presente directiva, se aprueban y publican siguiendo las reglas dispuestas en los numerales 6.1.7 , 6.1.8 y 6.1.9 de la presente directiva; Que, es de precisar que mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 38-2022-CO-UNAAT, de fecha 11 de febrero de 2022, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma; que es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad. Contiene las competencias y funciones generales de la entidad; las funciones especí fi cas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia; Que, además, con Resolución de Comisión Organizadora Nº 165-2022-CO-UNAAT, de fecha 18 de mayo de 2022, se aprobó el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma; Que, al respecto, mediante el Informe Técnico Nº 009-2022-UNAAT/DGA-URRHH, de fecha 24 de octubre de 2022, por el Jefe(e) de la Unidad de Recursos Humanos opina favorablemente por la modi fi cación del cargo estructural de Jefe de la Unidad de Servicios Generales del Manual de Clasi fi cador de Cargos; argumentando que de la revisión de las funciones establecidas en el Manual de Clasi fi cador de Cargos y el Reglamento de Organización y Funciones, es pertinente el cambio de perfi l y experiencia especí fi ca acorde a los instrumentos de gestión mencionados, a la realidad institucional, en cumplimiento de los objetivos establecidos para el presente año y considerando que el plazo establecido para la adecuación de los instrumentos de gestión está vigente, como sigue: DICE:“REQUISITOS DEL CARGO ESTRUCTURAL Formación Académica (…) b. Grado / Situación académica Título universitario en Economía, Administración, Contabilidad, Ingeniería Industrial o a fi nes. Experiencia (…) b) Experiencia Especí fi ca Mínimo tres (3) años en el ejercicio de sus funciones relativas a la gestión de bienes muebles e inmuebles en el sector público, ocupando cargos auxiliares, asistente y/o especialista. DEBE DECIR:REQUISITOS DEL CARGO ESTRUCTURAL Formación Académica (…) b. Grado / Situación académicaTítulo universitario en Ingeniería Civil, Arquitectura, Ingeniería Industrial o especialidad afín. Experiencia (…) b) Experiencia Especí fi ca Mínimo tres (3) años en el ejercicio de sus funciones relativas a la gestión de actividades de mantenimiento preventivo y correctivo de infraestructura, equipamiento y acondicionamiento de ambientes, aulas, o fi cinas, auditorios, entre otros en el sector público ocupando