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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (13/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Martes 13 de diciembre de 2022 El Peruano / Betsabe León Ttacca, para que participe en el evento en mención; por lo que solicita que sea aprobado con Resolución de Presidencia de Comisión Organizadora p; Que, el Presidente de la Comisión Organizadora a través del Proveído Nº 238311-2022 de fecha 25 de noviembre de 2022, solicitó a la O fi cina de Asesoría Jurídica, la emisión del Informe Legal, sobre la viabilidad para autorizar el viaje a la ciudad de Valparaíso - Chile, en Comisión de Servicios, del 14 al 16 de diciembre de 2022, a la docente Ordinaria Dra. Betsabé León Ttacca, a fi n de que participe como PONENTE en el “XXIX CONGRESO ANUAL DE LA SOCIEDAD CHILENA DE FITOPATOLOGÍA (SOCHIFIT – 2022)”, cumpliendo dicha Ofi cina con expedir el Informe Legal Nº 379-2022-UNDC/ OAJ-ERS de fecha 29 de noviembre de 2022, mediante el cual opina que resulta legalmente viable autorizar el viaje en comisión de servicios de la Dra. Betsabé León Ttacca, para que participe en el evento en mención; Que, en consecuencia, de acuerdo a los fi nes expuestos en los considerandos precedentes, resulta de interés institucional autorizar el viaje en comisión de servicios a la Dra. Betsabé León Ttacca, Docente Investigadora de la Universidad Nacional de Cañete, para que participe como PONENTE en el “XXIX CONGRESO ANUAL DE LA SOCIEDAD CHILENA DE FITOPATOLOGÍA (SOCHIFIT – 2022)”, a realizarse en la Ciudad de Valparaíso, Chile del 14 de diciembre al 16 de diciembre de 2022, así como autorizar su salida del país el 13 de noviembre de 2022 y su retorno el 17 de diciembre de 2022; De conformidad a las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 18° de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; el Documento Normativo denominado: “Disposiciones para la Constitución y Funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución”, aprobado mediante la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y su modi fi catoria y en la Resolución Viceministerial Nº 069-2022-MINEDU, así como en el Estatuto Universitario de la UNDC y demás normas concordantes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR, la participación de la Dra. BETSABÉ LEON TTACCA, Docente Investigadora de la Universidad Nacional de Cañete, en el “XXIX CONGRESO ANUAL DE LA SOCIEDAD CHILENA DE FITOPATOLOGÍA (SOCHIFIT – 2022)”, con la temática: “HONGOS ENDÓFITOS CON POTENCIAL BIOCONTROLADOR DEL MOHO GRIS (BOTRYTIS CINEREA PERS.) EN FLORES Y FRUTOS DE ARÁNDANO (VACCINIUM CORYMBOSUM L.)”. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, el viaje en comisión de servicios de la Dra. BETSABÉ LEON TTACCA, Docente Investigadora de la Universidad Nacional de Cañete, a la ciudad de Valparaíso, Chile, para que participe en el XXIX CONGRESO ANUAL DE LA SOCIEDAD CHILENA DE FITOPATOLOGÍA (SOCHIFIT – 2022)”, con la temática: “HONGOS ENDÓFITOS CON POTENCIAL BIOCONTROLADOR DEL MOHO GRIS (BOTRYTIS CINEREA PERS.) EN FLORES Y FRUTOS DE ARÁNDANO (VACCINIUM CORYMBOSUM L.)” a realizarse los días 14, 15 y 16 de diciembre de 2022. Artículo Tercero.- AUTORIZAR, a la Dra. BETSABÉ LEON TTACCA, Docente Investigadora de la Universidad Nacional de Cañete, la salida del país el día martes 13 de diciembre de 2022 y su retorno el día sábado 17 de diciembre de 2022, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Presidencial. Artículo Cuarto.- OTORGAR, los viáticos y asignaciones por comisión de servicios, pasajes, gastos de transporte y servicios diversos, a la Dra . Betsabé León Ttacca, según corresponda, de acuerdo con lo señalado en los artículos precedentes y conforme a lo siguiente: NOMBRES Y APELLIDOSPASAJE AÉREOVIÁTICOS POR 3 DÍASDERECHO DE INSCRIPCIÓNTOTAL BETSABÉ LEÓN TTACCAS/ 513.50 S/ 2,371.80 S/ 900.00 S/ 3,786.00Artículo Quinto.- DISPONER, que la docente antes mencionado deberá presentar al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados, conforme lo establece la Resolución de Comisión Organizadora N° 061-2017-UNDC. Artículo Sexto.- ENCARGAR, a las o fi cinas pertinentes para que adopten las acciones complementarias para dar cumplimiento a la presente Resolución. Artículo Séptimo .- REMITIR, copia de la presente Resolución a la Presidencia de la Comisión Organizadora, Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de Investigación, Dirección General de Administración, dependencias administrativas y académicas correspondientes así como a la interesada, para su conocimiento y fi nes de Ley. Artículo Octavo.- ENCÁRGUESE, a la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional, realizar la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Tecnologías de la Información, la publicación en el portal Institucional de la Universidad Nacional de Cañete, bajo responsabilidad administrativa. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.ARNULFO ORTEGA MALLQUI Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete KEVIN YUVER CHIHUAN QUISPE Secretario General de la Universidad Nacional de Cañete 2133324-1 Aprueban modificación del Manual de Clasificador de Cargos de la Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA ALTOANDINA DE TARMA RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 353-2022-CO-UNAAT Tarma, 3 de noviembre de 2022VISTO: OFICIO Nº 1335-2022-UNAAT/CO-P (02.11.2022), OPINIÓN LEGAL Nº 00281-2022-UNAAT/P-OAJ (02.11.2022), MEMORANDO Nº 1536-2022-UNAAT/CO-P (25.10.2022), OFICIO Nº 0902-2022-UNAAT/P-OPP (25.10.2022), MEMORANDO Nº 1524-2022-UNAAT/CO-P (25.10.2022), OFICIO Nº 761-2022-UNAAT/DGA (24.10.2022), INFORME TÉCNICO Nº 009-2022-UNAAT/DGA-URRHH (24.10.2022), MEMORANDO Nº 3575-2022-UNAAT/DGA (24.10.2022); y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 18º de la Constitución Política del Perú, en su cuarto párrafo establece que cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y las leyes; Que, según Ley Nº 29652, modi fi cada por la Ley Nº 30139, se creó la Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma, como persona jurídica de derecho público interno; Que, mediante Resolución del Consejo Directivo Nº 142-2018-SUNEDU/CD, de fecha 18 de octubre de 2018, la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU), resolvió OTORGAR