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117 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de diciembre de 2022 El Peruano / Seguros Transfronterizas, aprobado por Resolución S.B.S. Nº 808-2019, y en el procedimiento Nº 150 del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de esta Superintendencia, aprobado por Resolución S.B.S. Nº 1678-2018; Que, estando a lo opinado por el Departamento de Registros; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de esta Superintendencia; RESUELVE:Artículo Primero.- Cancelar la inscripción de la empresa Lockton Companies LLP con Matricula CR-065 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones – Sección II: De los Corredores de Reaseguro; B: Extranjeros; por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presentación Resolución. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 2134352-1 Autorizan inscripción de la empresa GREMIO CORPORACION CORREDORES DE SEGUROS S.A.C., en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas RESOLUCIÓN SBS Nº 03975-2022 Lima, 23 de diciembre de 2022EL SECRETARIO GENERALVISTA: La solicitud presentada por el señor Jonathan Alexander Espinoza Franco para que se autorice la inscripción de la empresa GREMIO CORPORACION CORREDORES DE SEGUROS S.A.C., en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas (Registro): Sección III: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas, numeral 3 Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, aprobado por Resolución S.B.S. Nº 808-2019, establece los requisitos formales para la inscripción de las Empresas Corredoras de Seguros en el Registro respectivo; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos exigidos por la referida norma administrativa; Que, el Departamento de Registros ha considerado pertinente aceptar la solicitud de inscripción de la empresa GREMIO CORPORACION CORREDORES DE SEGUROS S.A.C.., en el Registro; y, De conformidad con lo establecido en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de esta Superintendencia, aprobado por Resolución S.B.S. Nº 1678-2018 de fecha 27 de abril de 2018; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la inscripción en el Registro, Sección III: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas, numeral 3 Corredores de Seguros Generales y de Personas, a la empresa GREMIO CORPORACION CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. con matrícula Nº J-0936. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 2137248-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Aprueban Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 100 Agricultura Lambayeque a favor del Pliego 019 Contraloría General de la República RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 000633-2022-GR.LAMB/GR [4376976 - 62] Chiclayo, 21 de diciembre de 2022VISTO:El O fi cio N° 000073-2022-CG/SESNC [4223783-0] y Ofi cio N°000801-2022-CG/SGE [4358083-0], emitido por la Contraloría General de la República; O fi cio N°004812- 2022-GR.LAMB/GERESA/HRL-DE [4376976-22], o fi cio N°002841-2022-GR. LAMB/GRA [4376976-19] emitido por la Unidad Ejecutora 100 Agricultura Lambayeque; el INFORME N° 000721-2022-GR.LAMB/ORPP-OFPR [4376976 - 61], emitido por la o fi cina de Presupuesto; y el OFICIO N° 003314-2022-GR.LAMB/ORPP [4376976 - 65], emitido por la O fi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo N°1440, se regula el Sistema Nacional de Presupuesto Público; Que, con Ley N°31365 se aprueba el Presupuesto del Sector Público correspondiente al Ejercicio Fiscal 2022 y en concordancia con ello, mediante RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N° 000618-2021-GR.LAMB/GR [4068156-1] se promulga el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Ingresos y Gastos del Pliego 452 Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque correspondiente al Ejercicio Fiscal 2022 en cumplimiento al Acuerdo del Consejo Regional Nº000290-2021-GR.LAMB/CR, de fecha 31 de diciembre del 2021; Que, con Ley N°31069 Ley que fortalece los ingresos y las inversiones de los gobiernos regionales a través del fondo de compensación regional (FONCOR), en su numeral 6.1 del artículo 6 establece que “Los recursos del Fondo de Compensación Regional (FONCOR) se destinan a fi nanciar o co fi nanciar inversiones de impacto regional