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112 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de diciembre de 2022 El Peruano / Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política institucional del Ministerio Público, con la fi nalidad de garantizar un servicio e fi ciente y e fi caz, es quien posee la discrecionalidad en la designación de fi scales provisionales; por lo que, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a efectos de aceptar la renuncia formulada por el abogado Cristian Javier Araujo Morales y deberá darse también por concluido el nombramiento y designación del personal fi scal que ocupa provisionalmente su plaza; así como también, previa veri fi cación de los requisitos de ley, se debe disponer el nombramiento y designación del fi scal que ocupe provisionalmente el cargo de Fiscal Superior, los mismos que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de marzo de 2023, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Que, estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 158° y 159° de la Constitución Política del Perú; y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Cristian Javier Araujo Morales, Fiscal Superior Titular Civil y Familia de Cajamarca, Distrito Fiscal de Cajamarca, al cargo de Jefe de la O fi cina Desconcentrada de Control Interno del Distrito Fiscal de Cajamarca, actualmente O fi cina Desconcentrada de Control del Distrito Fiscal de Cajamarca, materia de la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 113-2020-MP-FN-JFS, de fecha 30 de diciembre de 2020, con efectividad a partir del 01 de enero de 2023. Artículo Segundo .- Dar por concluido el nombramiento de la abogada María Eugenia Acosta García De Muñoz, como Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal de Cajamarca, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Superior de Familia de Cajamarca, así como la adecuación de la misma, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nº 087-2020-MP-FN, 1525-2020-MP-FN y 135-2021-MP-FN, de fechas 20 de enero y 31 de diciembre de 2020, y 29 de enero de 2021, respectivamente. Artículo Tercero .- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Cecilia Raquel Vega Palomino , como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Cajamarca, y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 938-2020-MP- FN, de fecha 27 de agosto de 2020. Artículo Cuarto .- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Karina Lisbeth Grados Prado, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Cajamarca, y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2069-2022-MP-FN, de fecha 30 de septiembre de 2022, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Quinto .- Dar por concluido la designación del abogado Roger Abel Hurtado Sanchez, Fiscal Provincial Titular Especializado en Materia Ambiental (con sede en el Distrito Fiscal de Cajamarca) de Cajamarca, Distrito Fiscal de Cajamarca, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental de Cajamarca, con sede en Cajamarca, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2971-2012-MP-FN, de fecha 08 de noviembre de 2012. Artículo Sexto .- Nombrar al abogado Roger Abel Hurtado Sanchez, como Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal de Cajamarca, designándolo como Jefe de la Ofi cina Desconcentrada de Control del Distrito Fiscal de Cajamarca, con retención de su cargo de carrera. Artículo Séptimo .- Designar al abogado Cristian Javier Araujo Morales, Fiscal Superior Titular Civil y Familia de Cajamarca, Distrito Fiscal de Cajamarca, en el Despacho de la Fiscalía Superior de Familia de Cajamarca. Artículo Octavo .- Designar a la abogada María Eugenia Acosta García De Muñoz, Fiscal Provincial Titular Penal de Cajamarca, Distrito Fiscal de Cajamarca, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca. Artículo Noveno .- Designar a la abogada Cecilia Raquel Vega Palomino , Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal Corporativa de Cajamarca, Distrito Fiscal de Cajamarca, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca. Artículo Décimo.- Disponer que el nombramiento y designación mencionados en el artículo sexto de la presente resolución, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de marzo de 2023, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Décimo Primero .- Disponer que la presente resolución tenga vigencia a partir del 01 de enero de 2023. Artículo Décimo Segundo .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cajamarca, O fi cina Desconcentrada de Control del Distrito Fiscal de Cajamarca, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los abogados mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2137980-1 Nombran Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal del Cusco, designándolo como Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control del Distrito Fiscal del Cusco; y designan fiscales en la Fiscalía Superior de Familia del Cusco y en la Fiscalía Provincial Mixta de Paucartambo RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2853-2022-MP-FN Lima, 23 de diciembre de 2022VISTO Y CONSIDERANDO: Que, en mérito a la Ley Nº 30944, publicada en el Diario O fi cial El Peruano, el 08 de mayo de 2019, se dispuso, entre otros, la creación de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, así como la modi fi cación del artículo 51° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, disponiéndose en su numeral 51.1 que: “La Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público es el órgano del Ministerio Público, que tiene a su cargo el control funcional de los fi scales de todos los niveles y del personal de función fi scal del Ministerio Público, salvo el caso de los fi scales supremos que es competencia exclusiva de la Junta Nacional de Justicia . Y, en su numeral 51.2 que: “ El control funcional comprende la prevención, supervisión, inspección, investigación, instauración del procedimiento disciplinario e imposición de la sanción conforme a la Ley 30483, Ley de Carrera Fiscal ”. Que, así también, en la Cuarta Disposición Complementaria Final de la precitada Ley, se establece, entre otro, que en las normas donde se mencione a la Fiscalía Suprema de Control Interno, se debe entender que se trata de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público. Que, a través de la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 1014-2022-JNJ, de fecha 31 de agosto de