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51 NORMAS LEGALES Sábado 31 de diciembre de 2022 El Peruano / Chili No Regulado del SH Chili No Regulado - Clase B0.0015 Del Subdistrito de Riego Santa1 0.0022 Del SH Menor Cunas Clase A 0.0010 Del SH de la Joya Antigua 0.0019 Del SH Nepeña0.0029 (C) Del SH Menor Putaja-Upamayo-Mantaro Clase B 0.0010 De La Joya Nueva del SH Menor La Joya 0.0021 0.0049 (D) Del SH Menor Cachi Clase A 0.0010 Del SH Menor del Valle de Vitor - Clase B 0.0016 Del SH Nepeña (Cuenca Alta*) 0.0018 Del Sector y Subsectores Hidráulicos Torobamba - Apurímac, Clase "C"2 0.0006 Del SH Menor Río Yura 0.0020 Del SH Menor Tablachaca Margen Derecha2 0.0006 Del SH Menor Ampato Siguas y Siguas Quilca Clase B0.0010 De Agua del SH Menor Moche 0.0023 De Sector y Sub SH Menor Chincheros Pampas 0.0006 Santa Rita de Siguas, Subdistrito de Riego Colca Siguas1 0.0010 De Agua del SH Menor Virú 0.0021 Del SH Menor Andahuaylas-Apurímac Clase C 0.0010 Del SH Menor Valle del Colca Clase B 0.0008 De Riego Presurizado del Distrito de Riego Moche Virú Chao0.0032 Del SH Medio Apurímac Pachachaca 0.0014 Pampa de Majes 0.0010 De Agua del SH Menor Chao 0.0022 Del SH Menor Medio Apurímac de la Cuenca del Río Colorado Clase "C"0.0014 Camaná 0.0010 De Agua del SH Menor Chao (Cuenca Alta*)0.0016 Del SH Valle de Majes 0.0010 Del SH Menor Guadalupito 0.0020 Del SH Menor Velille Santo Tomas 0.0006 De Chuquibamba 0.0006 Del SH Menor Chicama 0.0024 De Agua Cuenca Alto Apurímac10.0006 Castilla Alta20.0006 Del SH Menor Alto Chicama 0.0018 De Agua del SH Menor Urubamba Vilcanota Bajo 0.0010 De Agua del SH Menor Pampacolca 0.0006 Del SH Menor Jequetepeque - Clase A 0.0021 Del SH Menor Medio Vilcanota Mapacho 0.0014 Del SH Menor de Viraco 0.0006Del Subdistrito de Riego No Regulado Alto Jequetepeque0.0010 De Agua del SH Menor Alto Vilcanota 0.0007 Del SH Menor de Machaguay 0.0006 Del SH Zaña 0.0025 Del Distrito de Riego Inambari Carabaya2 0.0007 Del SH Menor Clase A Ocoña 0.0010 Del SH Menor Chancay Lambayeque Clase A0.0026 Del Distrito de Riego Ramis 0.0010 De la Provincia de la Unión Cotahuasi 0.0006 Del SH Menor Motupe - Clase B 0.0020 De Agua del SH Menor Huancané 0.0006 Del SH Menor Clase C Pausa 0.0010 De Olmos 0.0020 Del SH Menor Cabanillas - Lampa 0.0010 Del SH Menor Clase B Caravelí 0.0010 Del SH Menor La Leche - Clase B 0.0020 De Agua Ilave 0.0006Del SH Menor Clase B Caravelí (Cuenca Alta*)0.0006 Del SH Menor Medio y Bajo Piura - Clase A0.0020 (C) Coropuna Solimana 20.0010 0.0024 (D) Proyecto Especial S/ / m3 Del SH Menor Acarí - Clase B 0.0013 Del SH Menor Sechura - Clase A 0.0020 PE Chinecas Del SH Menor de Yauca 0.0013 Del SH Menor Alto Piura - Clase B 0.0020 Usuarios del ámbito de la JU del SH Nepeña 0.0049 Del SH Menor Bella Unión 0.0013 Del SH Menor San Lorenzo 0.0016 (C) Usuarios del ámbito de la JU del Sector de Riego Irchim 0.0054 Del SH Menor Chaparra 0.0013 0.0020 (D) PE Jequetepeque - Zaña Del SH Menor Puquio 0.0014 Del SH Chira 0.0021 Usuarios del ámbito de la JU del SH Menor Jequetepeque - Clase A0.0021 Subdistrito de Riego Cora Cora 0.0014 Del SH Menor Tumbes 0.0012 Del SH Menor Palpa - Clase B 0.0020 Del SH Menor Jaén - San Ingnacio 0.0010 Del SH Menor Nasca - Clase B 0.0020 Del SH Huancabamba Clase B 0.0010 Del SH Menor Ica - Clase B 0.0034 Del SH Menor Bagua, Clase B 0.0010 Del SH Menor La Achirana - Clase B 0.0034 Del SH Utcubamba - Clase B 0.0010 SH - Sector Hidráulico 1 En caso el nombre de la Junta de Usuarios sea modi ficada en Registros Públicos, esta reemplazará a la indicada en el presente cuadro. 2 No tiene partida registral. (A) Los usuarios que en el año 2019 pagaron un valor de retribución económica menor o igual al valor (A), en el año 2023 pagara n el valor (A) (B) Los usuarios que en el año 2019 pagaron un valor de retribución económica mayor al valor (A) y menor o igual al valor (B), en el año 2023 pagaran el valor (B) (C) Los usuarios que en el año 2019 pagaron un valor de retribución económica mayor al valor (B) y menor o igual al valor (C), en el año 2023 pagaran el valor (C) (D) Los usuarios que en el año 2019 pagaron un valor de retribución económica mayor al valor (C), en el año 2023 pagaran el val or (D) Anexo N° 2 Tabla N° 2: Otras organizaciones de usuarios (comisiones y comités de usuarios) no contemplados en la Tabla N° 1 y usuarios con sistema de abastecimiento de agua propio Disponibilidad Hídrica* Alta Media Baja S/ / m3 0.0006 0.0012 0.0018 * La disponibilidad hídrica se establece de acuerdo con lo indicado en el cuadro del artículo 2 del Decreto Supremo. 2139650-7