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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (31/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 304

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Sábado 31 de diciembre de 2022 El Peruano / para la elaboración de la Cuenta General de la República y remitirla a la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas. En materia de contrataciones del Estado:a) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales y aprobar sus deductivos vinculados de obras en los casos que los montos, restándole los presupuestos deductivos vinculados, no excedan el 15% del monto del contrato original, de conformidad con las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, y su Reglamento. b) Designar los comités de recepción de las obras que se ejecuten en mérito a los contratos de obra suscritos por el INIA y/o sus Unidades Ejecutoras, de conformidad con las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, y su Reglamento. c) Aprobar las contrataciones directas cuando se encuentren en alguno de los supuestos previstos en los literales e), g), j), k), l) y m) del numeral 27.1 del artículo 27 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado. d) Autorizar los procesos de estandarización del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, de conformidad con lo dispuesto en la normativa de la materia. e) Autorizar el pago para la ejecución de mayores metrados de conformidad con lo señalado en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. f) Resolver, los recursos de apelación interpuestos en los procedimientos de selección cuyo valor estimado o valor referencial sea igual o menor a cincuenta (50) Unidades Impositivas Tributarias, de conformidad con las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, y su Reglamento. En materia laboral:a) Designar a los funcionarios que representaran a la parte empleadora en la negociación colectiva descentralizada, debiendo ser en igual número al de la representación de la parte sindical. Artículo 2.- DELEGAR en el (la) Director(a) General de la O fi cina de Administración del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA y en los(as) Directores(as) de las Estaciones Experimentales Agrarias constituidas como Unidad Ejecutora N° 013: El Porvenir, Unidad Ejecutora N° 014: Illpa, Unidad Ejecutora N° 015: Pucallpa, Unidad Ejecutora N° 016: Santa Ana, Unidad Ejecutora N° 017: Vista Florida y Unidad Ejecutora N° 018: Andenes; así como al Responsable de la Unidad Ejecutora 019: Programa Nacional de Innovación Agraria, para el ejercicio fi scal 2023, las facultades y atribuciones en el ámbito de su competencia: En materia de contrataciones del Estado:a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones y sus modi fi catorias. b) Aprobar los expedientes de contratación para bienes, servicios, ejecución de obras, consultoría de obra y consultorías en general para la realización de los procedimientos de selección. c) Designar y reconformar los miembros integrantes de los Comités de Selección. d) Aprobar las bases de los procedimientos de selección, incluyendo las provenientes de las contrataciones directas aprobadas por el Titular de la Entidad. e) Aprobar la cancelación total o parcial de los procedimientos de selección convocados para la contratación de bienes, servicios, consultorías y obras. f) Suscribir los contratos derivados de los procedimientos de selección, y de las adendas para su modi fi cación, de corresponder. g) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales en el caso de bienes, servicios y consultorías hasta por el máximo permitido por ley.h) Autorizar la reducción de prestaciones en el caso de bienes, servicios y obras hasta por el máximo permitido por ley. i) Suscribir los contratos complementarios de bienes y servicios. j) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo de los contratos suscritos por la entidad, previa opinión técnica del área usuaria. k) Aprobar la resolución de contratos por caso fortuito o fuerza mayor, por el incumplimiento de los mismos cuando sea imputable por el contratista, así como en otros supuestos previstos por ley. l) Emitir el pronunciamiento que observe, elabore y/o apruebe la liquidación de los contratos suscritos por la entidad, previstos en la normativa de Contrataciones del Estado. m) Suscribir las comunicaciones, solicitudes de sanción y actos vinculados a los procesos de selección que tengan que realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) y la Contraloría General de la República, la comunicación para hacer efectiva la ejecución de las garantías presentadas por los proveedores ante las entidades fi nancieras, bancarias autorizadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP´s, así como gestionar las publicaciones que tengan que realizarse por mandato legal y los pedidos de información y consulta que resulten necesarios ante otras entidades, vinculados con los procedimientos de selección. n) Realizar las gestiones administrativas, presentación de ofertas, suscripción de formatos, para participar como postor en Contrataciones Directas, bajo la causal de contratación entre entidades, incluyendo la suscripción de contrato y las acciones que se den en la ejecución contractual, hasta la culminación del mismo, debiendo evaluar la pertinencia de participación de conformidad con lo señalado en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. En materia de contrataciones menores o iguales a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias: a) En el Director(a) General de la O fi cina de Administración la facultad de aprobar las solicitudes de contratación de bienes, servicios y consultorías, en la Unidad Ejecutora N° 001 – Sede Central del Instituto Nacional de Innovación Agraria, cuando el monto de la contratación sea menor o igual a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias. b) En los Directores(as) de las Estaciones Experimentales Agrarias constituidas como Unidad Ejecutora N° 013: El Porvenir, Unidad Ejecutora N° 014: Illpa, Unidad Ejecutora N° 015: Pucallpa, Unidad Ejecutora N° 016: Santa Ana, Unidad Ejecutora N° 017: Vista Florida y Unidad Ejecutora N° 018: Andenes; así como al Responsable de la Unidad Ejecutora 019: Programa Nacional de Innovación Agraria , la facultad de aprobar las solicitudes de contratación de bienes, servicios y consultorías, siempre que estas se encuentren comprendidas en el Cuadro de Necesidades y/o alineadas a las actividades del Plan Operativo Institucional. Artículo 3.- DELEGAR en el (la) Director(a) General de la O fi cina de Administración del Instituto Nacional de Agraria - INIA, las siguientes funciones: En materia de contratacionesa) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades y sus modi fi caciones. En materia administrativa:a) Resolver excepcionalmente, las solicitudes de pago por las prestaciones de bienes, servicios u obras ejecutadas al margen de lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento y demás normas que rigen la materia, debiendo contar para tal efecto con los informes y sustentación correspondiente. b) Representar al Instituto Nacional de Innovación Agraria, ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y