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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (31/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 304

TEXTO PAGINA: 59

59 NORMAS LEGALES Sábado 31 de diciembre de 2022 El Peruano / de Administración Tributaria – SUNAT, para que gestione la información y autorice documentos relacionados a temas tributarios y aduaneros. c) Representar al Instituto Nacional de Innovación Agraria para celebrar y suscribir contratos con las empresas prestadoras de los servicios de agua, luz, teléfono, internet, cable y demás que la Institución pudiera requerir; gestionar el pago, la desa fi liación y efectuar los diversos reclamos que se requieran ante estas. d) Representar al Instituto Nacional de Innovación Agraria ante cualquier tipo de autoridades y/o dependencias administrativas para iniciar y proseguir procedimientos, formular solicitudes y/o presentar escritos de carácter administrativo, desistirse, participar en cualquier tipo de audiencias administrativas e interponer recursos administrativos de impugnación, queja contra los defectos de tramitación, solicitar la recti fi cación de errores, entre otras pretensiones administrativas y, en general emitir e implementar los actos u actuaciones que no sean privativas del Titular de la Entidad o de la Procuraduría Pública del Ministerio de Agricultura y Riego. En materia de proyectos de inversión ejecutados por administración directa a) Constituir la comisión de recepción y liquidación técnica y fi nanciera; y, b) Aprobar la liquidación técnica y fi nanciera de los proyectos de inversión. En materia de recursos humanos: a) Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal, y sus modi fi caciones, de conformidad con lo señalado en la Directiva Nº 0005-2021-EF/53.01, “Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modi fi cación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público” aprobada por Resolución Directoral N° 0109-2021-EF/53.01. En materia de bienes estatales: a) Emitir el acto administrativo de aceptación de bienes muebles que se encuentran en el territorio nacional o provengan del extranjero. b) Suscribir las solicitudes de afectación en uso o transferencia de bienes muebles. Artículo 4.- DELEGAR en el (la) Director(a) de la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, las siguientes funciones: a) Representar al Instituto Nacional de Innovación Agraria, en audiencias y procedimientos administrativos ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, la Autoridad Nacional del Servicio Civil y/o Seguro Social de Salud; así como presentar escritos de carácter administrativos e interponer recursos de impugnación, queja contra los defectos de tramitación, entre otras pretensiones administrativas relacionadas a los procedimientos administrativos iniciados por y contra la entidad sobre temas laborales. b) Conformar el Comités de Selección encargado de la conducción del proceso, elaboración y aprobación de las bases del Régimen de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, regulado por el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728. c) Tramitar, autorizar y resolver acciones de personal respecto a desplazamientos, encargaturas o designaciones temporales, suscripción y/o renovación de contratos, y todos aquellos actos o actuaciones que sean necesarios para una adecuada conducción del personal comprendido en el régimen de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, regulado por el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, así como el personal comprendido en el régimen especial de contratación administrativa de servicios regulado por el Decreto Legislativo N° 1057. d) Suscribir en nombre y representación del INIA, los acuerdos resolutorios de los contratos de personal, en aquellos casos que exista mutuo acuerdo.e) Exonerar del plazo de preaviso para la resolución de contratos laborales por decisión unilateral del contratado, previa conformidad del jefe inmediato. f) Comunicar al personal contratado bajo cualquier modalidad, la decisión unilateral del INIA de resolver el contrato sin mediar incumplimiento, de acuerdo a la legislación que resulte aplicable. g) Autorizar las licencias cuyo período sea igual o superior a seis (6) meses, de conformidad con lo señalado en el artículo 30 del Reglamento Interno de Trabajo, aprobado por Resolución Jefatural N° 0184-2015-INIA. Artículo 5.- DELEGAR en el (la) Director(a) General de la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, las siguientes facultades: - En materia de acceso a los recursos genéticos y sus derivados de las especies cultivadas o domesticadas continentales, así como los microorganismos asociados a estas: a) Celebrar y suscribir Contratos de Acceso a los recursos genéticos y sus derivados con fi nes comerciales y sus respectivas adendas. b) Suscribir la Autorización de acceso a los recursos genéticos y sus derivados sin fi nes comerciales, así como los contratos y formatos que se requiera para su e fi cacia y aplicación. La presente delegación incluye la suscripción de las adendas correspondientes. c) Emitir la Resolución que corresponda en relación a los literales precedentes. Artículo 6.- DELEGAR en el/la Director/a de la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, la siguiente facultad: - En materia de producción de Semillas, conforme a la normatividad vigente sobre la materia: a) Celebrar Contratos para producción de semillas, y adendas. Artículo 7.- DELEGAR en el/la Director(a) de la Unidad de Trámite Documentario del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, la facultad de gestionar ante la Entidad de Registro o Veri fi cación para el Estado Peruano (EREP) del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC), la emisión y cancelación de los Certi fi cados de Suscriptores a nombre de la Entidad. Artículo 8.- Las delegaciones a que se re fi ere la presente Resolución son indelegables y comprenden las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Artículo 9.- Los funcionarios(as) delegados/as de la Sede Central, deberán informar trimestralmente, respecto a los actos que emitan como producto de la presente Resolución, a la Jefatura del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA, a través de la Gerencia General. Asimismo, los(las) Directores(as) y/o Responsables de las Unidades Ejecutoras integrantes del Pliego señaladas en los artículos 2 y 6, deberán informar en el mismo plazo a la Jefatura del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA, bajo responsabilidad. Artículo 10.- Las delegaciones autorizadas mediante la presente Resolución Jefatural tendrán vigencia durante el Ejercicio Fiscal 2023. Artículo 11.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, el mismo día de su publicación en el portal Institucional de la entidad (www.gob.pe/inia). Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE JUAN GANOZA RONCAL Jefe 2139326-1