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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ENERO DEL AÑO 2022 (07/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 80

80 NORMAS LEGALES Viernes 7 de enero de 2022 El Peruano / Artículo Tercero.- Delegar en el/la Gerente Central de la Ofi cina General de Logística del Ministerio Público, las siguientes facultades y atribuciones que le corresponden al Titular de la Entidad en el ámbito del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF. a) Aprobar los procedimientos de selección por Adjudicación Simpli fi cada, Selección de Consultores Individuales, Comparación de Precios, Subasta Inversa Electrónica, lo cual incluye la aprobación del expediente, designación del Comité de Selección, aprobación de las bases y suscripción del contrato. b) Aprobar el procedimiento de selección por Contratación Directa en los supuestos que la Ley establece como delegables, referido a la aprobación del expediente, aprobación de la contratación directa, aprobación de las bases y suscripción del contrato. A excepción de la suscripción de contrato derivado de las contrataciones directas por las causales descritas en el literal j) del artículo 27 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado. c) Aprobar la contratación por Acuerdo Marco.d) Suscribir las adendas de arrendamiento de inmuebles. e) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual, en el marco de las contrataciones derivadas de procedimientos de selección de adjudicación simpli fi cada, Selección de Consultores Individuales y comparación de precios. f) Resolver los contratos derivados de los procedimientos de selección de adjudicación simpli fi cada, Selección de Consultores Individuales, comparación de precios y bajo la modalidad de Acuerdo Marco. g) Ejercer la representación legal del Ministerio de Público para suscribir, modi fi car y/o resolver contratos referidos a bienes y servicios cuyos montos de contratación sean menores o iguales a ocho (08) Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Artículo Cuarto.- Delegar en el/la Gerente de la O fi cina de Abastecimiento y de la O fi cina de Servicios Generales de la O fi cina General de Logística del Ministerio Público, de acuerdo al ámbito de sus competencias, la siguiente facultad y atribución que le corresponden al Titular de la Entidad en el marco del Texto único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF: a) Suscribir el contrato derivado de las contrataciones directas por las causales descritas en el literal j) del artículo 27 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado. Artículo Quinto.- Delegar en el/la Delegar en el/la Gerente Central de la O fi cina General de Inversiones del Ministerio Público, las siguientes facultades y atribuciones que le corresponde al Titular de la Entidad en el ámbito del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, Reglamento y modi fi catorias, en materia de obras, consultoría de obras y consultoría en general: Aprobar los procedimientos de selección por Adjudicación Simpli fi cada y por Selección de Consultores Individuales, lo cual incluye la aprobación del expediente técnico de obra, aprobación del expediente de contratación, conformación del comité de selección, aprobación de las bases, suscripción de contrato y/o orden de compra u orden de servicio. Así también, designar a los inspectores de obra. Artículo Sexto.- Delegar en los Gerentes Centrales de las O fi cinas Generales de Logística e Inversiones del Ministerio Público, la facultad de suscribir los contratos cuyos montos sean iguales o inferiores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias, que estén fuera del alcance del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, Reglamento y modi fi catorias. Artículo Sétimo.- La desconcentración de funciones que mediante delegación en materia de gestión logística y contrataciones del estado que contiene la presente resolución corresponde a las facultades y atribuciones que son de competencia del Titular de la Entidad en el ámbito del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modi fi catorias, así como de sus normas modi fi catorias y disposiciones complementarias, con excepción de aquellas que por mandato legal tengan la calidad de indelegables, por tanto la descripción de las mismas en el artículo segundo otorgadas a el/la Gerente General del Ministerio Público no constituye una relación númerus clausus. Artículo Octavo.- Disponer que las delegaciones previstas por la presente resolución son indelegables, y comprenden las facultades de decidir dentro de las limitaciones establecidas en la Ley; más no exime la obligación de cumplir con los requisitos y disposiciones legales vigentes establecidas para cada caso en concreto. Artículo Noveno.- Disponer que las delegaciones autorizadas mediante la presente resolución, se efectúa con e fi cacia anticipada al 1 de enero de 2022, y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022. Artículo Décimo.- La Gerencia General, la O fi cina General de Logística y la O fi cina General de Inversiones deberán dar cuenta al Despacho de la Fiscalía de la Nación, acerca de la ejecución de los actos que por la presente resolución se delegan. Artículo Décimo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 045-2021-MP-FN, de fecha 13 de enero de 2021 y su modi fi catoria la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1576-2021-MP-FN de fecha 22 de noviembre de 2021. Articulo Décimo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en la página web de la Institución. Articulo Décimo Tercero.- Remitir copia de la presente resolución a la Contraloría General de la República, Ministerio de Economía y Finanzas, Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, Órgano de Control Institucional, Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Gerencia General, O fi cina General de Logística, O fi cina General de Inversiones, Ofi cina General de Finanzas, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, O fi cina General de Asesoría Jurídica, Ofi cina General de Tecnologías de la Información, y a la Escuela del Ministerio Público, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación (e) 2028424-1 Delegan facultades y atribuciones en diversos órganos del Ministerio Público, durante el Año Fiscal 2022 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 002-2022-MP-FN Lima, 5 de enero de 2022VISTOS: El Oficio N° 00009-2022-MP-FN-GG de la Gerencia General, y el Oficio N° 000008-2022-MP-FN-GG-OGASEJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: El artículo 64 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público establece que el Fiscal de