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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ENERO DEL AÑO 2022 (07/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 72

72 NORMAS LEGALES Viernes 7 de enero de 2022 El Peruano / ejercicio de los derechos constitucionales, con el fin de proteger los derechos fundamentales a la vida, integridad y salud de los/las peruanos/as; así como actualizará los niveles de alerta por departamento y provincia. Cuarto. Que, actualmente los jueces, juezas; así como el personal jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial vienen realizando sus labores en forma presencial y diaria, lo cual es menester reconocer. Quinto. Que, en tal sentido, considerando el contexto actual de la pandemia del COVID-19 en el país, es necesario adoptar las medidas preventivas para resguardar la salud de jueces, juezas, personal jurisdiccional y administrativo; así como de los/las usuarios/as del sistema judicial; y para garantizar la continuidad del servicio de justicia, resulta pertinente disponer a exclusividad el trabajo remoto en los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, hasta nueva disposición. Por estos fundamentos; la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con cargo a dar cuenta al Pleno de este Órgano de Gobierno y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución Administrativa Nº 423-2021-CE-PJ, RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer, a partir del 6 de enero de 2022 y hasta nueva disposición, el trabajo remoto en los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial; efectivizándose en el horario de ocho horas diarias, conforme a lo establecido en la Versión Nº 4 del Reglamento “Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial”, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 000408-2020-CE-PJ; y será coordinado con el/la jefe/a inmediato. Artículo Segundo.- La Presidencia del Poder Judicial y las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, pueden establecer el trabajo presencial exclusivamente en las áreas que así lo requieran; debiéndose adoptar las medidas de bioseguridad necesarias. Artículo Tercero.- Disponer que bajo ningún concepto se suspenderán las audiencias y vistas de causa programadas, pues estás deben llevarse a cabo a través del aplicativo Google Meet. Artículo Cuarto.- Establecer que los Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia del país; así como las O fi cinas Desconcentradas de Control de la Magistratura, supervisarán la producción jurisdiccional de los jueces y juezas. El personal jurisdiccional y administrativo deberán justi fi car el trabajo diario que realizan ante el/la jefe/a inmediato. En ambos casos, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia emitirá un informe al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para las acciones respectivas. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidentes/as de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta del Consejo Ejecutivo 2028376-1CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Confoman Comisión CAS Ad Hoc encargada de los procesos de contratación de personal bajo los alcances del Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios - CAS de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada para el año judicial 2022 Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada Presidencia de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000005-2022-P-CSNJPE-PJ Lima, 5 de enero de 2022 ANTECEDENTE: La Resolución Administrativa N.º 000335-2021-P-CSNJPE-PJ, de fecha 29 de septiembre de 2021, reconforma la comisión CAS Ad Hoc encargada de los procesos de contratación de personal bajo los alcances del Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios – CAS de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada –en adelante CSN– para el año judicial 2021. FUNDAMENTOS: 1. Base Normativa . la Resolución Administrativa N.º 000257-2020-CE-PJ, de fecha 17 de septiembre de 2020, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, aprueba el Reglamento denominado “Ejecución de los Procedimientos para la Contratación de Trabajadores bajo los alcances del Decreto Legislativo N.º 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios - CAS en el Poder Judicial a nivel nacional y en todas las instancias”. El artículo 29 numeral 1) de la mencionada resolución, establece que, la conformación de las Comisiones CAS Ad Hoc en esta CSN estará conformada por el Presidente de la Corte Superior en mención, quien la presidirá, además de dos (02) miembros que este designe; así como un/a suplente para cada uno/a de los/as tres integrantes. 2. En este contexto, es necesario conformar la Comisión CAS Ad Hoc que llevará a cabo la evaluación, calificación y clasificación de los/as postulantes declarados/as aptos/as en los procesos de selección bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios – CAS de la CSN para el año judicial 2022. 3. La Presidencia es el órgano de dirección de la CSN y representa al Poder Judicial en el territorio nacional, conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 10 del Estatuto aprobado por Resolución Administrativa N.º 318-2018-CE-PJ, y con observancia del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; y de conformidad con las consideraciones invocadas; SE RESUELVE: Primero. CONFORMAR la Comisión CAS Ad Hoc encargada de los procesos de contratación de personal bajo los alcances del Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios – CAS de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada para el año judicial 2022.