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34 NORMAS LEGALES Viernes 4 de febrero de 2022 El Peruano / Artículo 10.- Causas de justi fi cación o dispensa TABLA GENERAL DE CAUSAS DE JUSTIFICACIÓN O DISPENSA ELECTORAL CAUSAS DOCUMENTO SUSTENTATORIO A. Ciudadanos que viajan al extranjero para realizar estudios académicos- Copia simple del pasaporte u otro documento donde conste la salida y entrada al país. - Copia simple del documento que acredite de manera indubitable los estudios realizados en el extranjero. B. Ciudadanos que salen del país para ser atendidos por motivos de salud en el extranjero- Copia simple del pasaporte u otro documento donde conste la salida y entrada al país. - Copia simple del documento que certi fi que el tratamiento médico realizado en el extranjero C. Desastres naturales o de origen humano- Copia simple del documento suscrito por funcionario público competente o documento sustentatorio análogo que acredite fehacientemente el desastre natural / humano que impidió cumplir con el deber cívico. D. Error en el padrón electoral - Copia simple de la constancia de asistencia a la mesa de sufragio expedida por el presidente de la mesa donde le corresponda emitir su voto, conforme su mesa de votación. E. Defectos en la actualización, organización y ejecución de actividades electorales atribuibles a las entidades del Sistema Electoral- Copia simple del informe o documento de sustento, emitido por la entidad electoral, que acredite el defecto en la actualización, organización y ejecución de las actividades electorales y que indefectiblemente no sea imputable al ciudadano. F. Fallecimiento de familiar directo- Copia simple de la partida de defunción. Se aplica al cónyuge, familiares con vínculo de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad en línea recta (padres, hijos, abuelos y nietos) o en segundo grado de consanguinidad en línea colateral (hermanos), acaecido en la fecha de la elección o dentro de los cinco (5) días previos a la misma. G. Impedido del ejercicio de derecho de sufragio e instalación, en los casos originados por incidencias electorales- Copia simple del documento emitido por la entidad electoral. Este documento no es exigido al administrado, es generado de haberse producido la incidencia electoral y obra en poder de la entidad. H. Discapacidad física, mental, sensorial o intelectual- Copia simple del certi fi cado de discapacidad, Dictamen de Comisión Médica, o la Resolución Ejecutiva de Inscripción o carné del Conadis, o documento que declare la interdicción.No se requerirá de dicha documentación sustentatoria, en caso de tratarse de una discapacidad evidente, para lo cual se dejará constancia de dicha situación mediante un acta. I. Lactancia / Mujeres en periodo de Gestación(Aplica únicamente para otorgar Justi fi cación) - Copia simple de la partida de nacimiento o certi fi cado de nacido vivo o DNI/DNIe del menor lactante, cuya edad debe ser menor o igual a dos (2) años previos a la fecha de elección. - Copia simple del informe de la ecografía o carnet de atención del control pre-natal o prueba médica que acredite el periodo de gestación relacionado directamente a la fecha de las elecciones. J. Robo o pérdida de DNI/DNIe- Copia simple de la denuncia policial y del DNI/DNIe vigente emitido dentro de los 6 primeros meses posterior al suceso motivo de la denuncia. El robo o pérdida debe haberse producido el día de la elección o dentro de los diez (10) días previos a la misma y la denuncia de este hecho debe de haberse realizado ante la comisaria dentro de los primeros 30 días naturales de producido. K. Salud - Copia simple del certi fi cado médico o de documento análogo expedido por alguna entidad de salud privada o pública (Minsa, EsSalud, u hospitales de las FFAA y PNP). De tratarse de un documento expedido por un médico particular, este debe constar en especie valorada del Colegio Médico del Perú. L. PrisiónPara reclusión en el territorio nacional: - Copia simple de la Constancia de Libertad o Constancia de reclusión emitida por el INPE o documento que acredite fehacientemente la reclusión en un centro penitenciario. Para reclusión en el extranjero: - Copia del Documento que acredite fehacientemente la reclusión en un centro penitenciario en el extranjero. M. Fuerza mayor- Para reclusión en el territorio nacional: Copia simple de la Constancia de Libertad o Constancia de reclusión emitida por el INPE o documento que acredite fehacientemente la reclusión en un centro penitenciario. - Para reclusión en el extranjero : Copia del Documento que acredite fehacientemente la reclusión en un centro penitenciario en el extranjero.CAUSAS DOCUMENTO SUSTENTATORIO Nota: 1. Para la admisión de la solicitud de dispensa o justi fi cación es necesario que la documentación presentada guarde relación directa con la fecha de la elección. 2. De conformidad con lo dispuesto por la LPAG, todo documento expedido en un idioma extranjero deberá ser obligatoriamente traducido al idioma o fi cial del Perú (la traducción deberá estar suscrita por la persona que realizó la misma). TÍTULO II JUSTIFICACIÓN O DISPENSA CAPÍTULO I REQUISITOS PARA LA JUSTIFICACIÓN O DISPENSA Artículo 11.- Presentación de la solicitud de justifi cación o dispensa 11.1. Los ciudadanos podrán presentar su solicitud de justi fi cación o dispensa a partir del día siguiente de la fecha de la elección ante el JNE a través del Sistema de Dispensa Virtual. Artículo 12.- Requisitos12.1. Para solicitar la justi fi cación o dispensa se debe presentar: a. Recibo de pago por derecho de trámite emitido por el Banco de la Nación o el JNE de acuerdo al TUPA y la UIT vigente según corresponda. Indistintamente, si sobre un proceso electoral ha recaído más de una multa, debe realizarse únicamente un (1) solo pago por derecho de trámite. b. Copias simples de los documentos que sustenten la causa invocada, conforme a la Tabla General de Causas del presente Reglamento. 12.2. No requiere pago por derecho de trámite, la solicitud de justi fi cación o dispensa que se sustente en la causa referida a: a. Desastres naturales o de origen humano. b. Error en el padrón.c. Defectos en la actualización, organización y ejecución de actividades electorales atribuibles a las entidades del Sistema Electoral d. Impedimento del ejercicio de derecho a la instalación, en los casos originados por incidencias electorales. e. Discapacidad física, mental, sensorial o intelectual.f. Función Electoral.g. Prisiónh. Casos contemplados en la primera y segunda disposición transitoria, así como en la sexta disposición fi nal del presente reglamento. Artículo 13.- Justi fi cación o dispensa para personas con discapacidad 13.1. Los ciudadanos registrados en el Reniec cuyo DNI/DNIe consigne la condición de discapacidad o inscritos en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad del Conadis y que, concluido un proceso electoral, resulten omisos a la instalación de la mesa de sufragio o al sufragio serán justi fi cados o dispensados de o fi cio sin necesidad de realizar, personalmente, el respectivo trámite ante el JNE. 13.2. Los hologramas de los ciudadanos dispensados se enviarán al Conadis para su respectiva distribución. CAPÍTULO II JUSTIFICACIÓN O DISPENSA SOLICITADAS POR CIUDADANOS PERUANOS EN EL EXTRANJERO Artículo 14.- Justi fi cación o dispensa para ciudadanos peruanos en el extranjero 14.1. Los ciudadanos peruanos que se encuentren en el extranjero pueden presentar su solicitud ante el JNE