Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2022 (27/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 89

89 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de julio de 2022 El Peruano / 6. Propiciar la creación de un sistema de recopilación y sistematización de información vinculada a las acciones de mediación y formación de públicos. Artículo 6. De fi niciones. Mediación Cultural:La mediación cultural se comprende como un ámbito de la acción cultural que implementa estrategias de comunicación, educación y participación, que propicia encuentros que vinculan a la ciudadanía con la cultura, el patrimonio y las artes, a través del rol de agentes mediadores que diseñan y ejecutan estrategias especí fi cas para lograr que dichos encuentros sean enriquecedores y generen aprendizajes. Toma de la pedagogía herramientas para crear nuevos canales de diálogo e intercambio que estimulen procesos colectivos e individuales de búsqueda, re fl exión y construcción de conocimiento. Desde la comunicación piensa a los públicos como sujetos activos que ponen en juego sus propios imaginarios, vivencias e intereses, propiciando espacios de discusión y creación colectiva que permiten nuevas formas de comprender, actuar y co-transformar los contextos en que interactuamos. Mediador Cultural:Es la persona responsable de establecer los vínculos y facilitar la relación entre el contenido cultural y los públicos. Diseña y ejecuta estrategias que permiten potenciar los conocimientos e intereses por parte de la ciudadanía hacia el patrimonio, las artes y la diversidad de expresiones culturales, tanto en ámbitos formales como no formales. Es a partir de su labor que se implementan y dinamizan las estrategias de mediación cultural y desarrollo de públicos, por lo que su per fi l debe ser potenciado a través de procesos continuos de capacitación respecto a los contenidos culturales, como a la realidad de los públicos a los que se dirige. Desarrollo de Públicos:Conjunto de acciones que tienen como objetivo cultivar el interés y fomentar la demanda de las artes y el patrimonio cultural. Más allá de generar espectadores a futuro, lo que busca es contribuir con una formación ciudadana, mucho más sensible y abierta a la apreciación de diversas manifestaciones culturales, que expanda sus capacidades y libertades a través del acercamiento a diversas propuestas culturales. El desarrollo de públicos implica el diseño de estrategias de mediación cultural que buscan superar las desigualdades en las oportunidades de la ciudadanía para participar de la vida cultural, de modo que un mayor número de personas pueda disfrutar de un amplio rango de manifestaciones culturales de diversos contextos. En ese sentido, comprende el diseño metodológico, la ejecución y evaluación de acciones, la medición del impacto y la sistematización de información y aprendizajes para la generación de evidencia. Enfoque de Género:De acuerdo a la Política Nacional de Igualdad de Género, se trata de una herramienta de análisis que permite identi fi car en la realidad los roles y las tareas que realizan las mujeres y los hombres en una sociedad, así como las asimetrías, relaciones de poder e inequidades que se producen entre ellas y ellos, permitiendo conocer de manera crítica las relaciones de poder y subordinación que las culturas y las sociedades construyen entre hombres y mujeres y explicar las causas que producen las asimetrías y desigualdades, con lo cual aporta elementos centrales para la formulación de medidas (políticas, mecanismos, acciones a fi rmativas, normas, etc.) que contribuyan a reducir brechas sociales y superar desigualdades de género, modi fi cando las relaciones asimétricas entre mujeres y hombres y erradicando toda forma de violencia de género; asegurando el acceso de mujeres y hombres a recursos y servicios públicos y fortaleciendo su participación política y ciudadana en condiciones de igualdad. Enfoque Intercultural: Tal como lo establece el Currículo Nacional, se entiende por interculturalidad al proceso dinámico y permanente de interacción e intercambio entre personas de diferentes culturas, orientado a una convivencia basada en el acuerdo y la complementariedad, así como en el respeto a la propia identidad y a las diferencias. Esta concepción de interculturalidad parte de entender que en cualquier sociedad del planeta las culturas están vivas, no son estáticas ni están aisladas, y en su interrelación van generando cambios que contribuyen de manera natural a su desarrollo, siempre que no se menoscabe su identidad ni exista pretensión de hegemonía o dominio por parte de ninguna. Población en situación de privación o vulnerabilidad: De modo afín al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, se considera en esta población a los grupos de personas que sufren alguna forma de discriminación o situaciones de desprotección, tales como los niños, niñas y adolescentes, personas adultas mayores, personas con discapacidad, desplazados y migrantes internos. Se contempla también a las personas que viven en situación de privación de libertad, privación económica o situación que afecte su desarrollo afectivo y emocional, como también a grupos que sufran algún tipo de vulneración de sus derechos (culturales, sociales o políticos) o experimenten formas de exclusión social. Persona con discapacidad:Conforme a lo establecido en la Ordenanza N° 2273 “Ordenanza que promueve la accesibilidad universal y fomenta la inclusión de las personas con discapacidad en Lima Metropolitana”, se define a la persona con discapacidad, como aquella persona que tiene una o más deficiencias físicas, sensoriales, mentales o intelectuales de carácter permanente, que -al interactuar con diversas barreras actitudinales y del entorno- no ejerza o pueda verse impedida en el ejercicio de sus derechos y su inclusión plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones que las demás. Servicios Públicos con pertinencia cultural:Conforme lo establece la Política Nacional de Transversalización del Enfoque Intercultural, son los servicios públicos que incorporan el enfoque intercultural en su gestión y su prestación; es decir, se ofrecen tomando en cuenta las características culturales particulares de los grupos de población de las localidades en donde se interviene y se brinda atención. Para ello, adaptan todos los procesos del servicio a las características geográ fi cas, ambientales, socio-económicas, lingüísticas y culturales (prácticas, valores y creencias) de sus usuarios; e incorporan sus cosmovisiones y concepciones de desarrollo y bienestar, así como sus expectativas de servicio (Ministerio de Cultura, 2015). Artículo 7. Lineamientos para el desarrollo de estrategias para la mediación cultural y desarrollo de públicos para las artes y el patrimonio. Para la implementación de la presente ordenanza, se defi nen los siguientes lineamientos orientadores para el desarrollo de las estrategias de mediación: 1. Atención prioritaria a las siguientes poblaciones: a. Niños, niñas y jóvenes en edad escolar. b. Personas adultas mayores.c. Personas en situación de privación o vulnerabilidad. d. Personas con discapacidad.e. Ciudadanos de zonas de Lima que no cuentan con infraestructuras y/o servicios culturales próximos a su vivienda.