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71 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de marzo de 2022 El Peruano / Planes Anuales de Control de los Órganos de Control Institucional, se requiere establecer lineamientos que orienten las intervenciones de control hacia los procesos, operaciones, obras públicas o actos administrativos que son más sensibles a la corrupción o gastos de mayor signi fi cación económica e impacto social, a los servicios públicos básicos que brindan las entidades de los tres niveles de gobierno, así como a las áreas administrativas con debilidades de control interno expuestas a un mayor riesgo de corrupción; para lo cual, propone la aprobación de los “Lineamientos de Política para el Planeamiento del Control Gubernamental a cargo del Sistema Nacional de Control: Período 2022 - 2024”; documento que cuenta con la conformidad de la Gerencia de Modernización y Planeamiento, a través del Memorando Nº 000074-2022-CG/GMPL; Que, conforme a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental en la Hoja Informativa Nº 000070-2022-CG/GJNC, y estando a lo señalado por la Subgerencia de Normatividad en Control Gubernamental, en la Hoja Informativa Nº 000053-2022-CG/NORM, resulta jurídicamente viable la emisión del acto resolutivo que aprueba los “Lineamientos de Política para el Planeamiento del Control Gubernamental a cargo del Sistema Nacional de Control: Período 2022 - 2024”, atendiendo a la propuesta formulada y sustentada por la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones, a través de la Hoja Informativa Nº 000079-2022-CG/PLPREPI, y a lo expuesto por la Gerencia de Modernización y Planeamiento, mediante Memorando Nº 000074-2022-CG/GMPL; En uso de las facultades conferidas por el literal s) del artículo 22, y los literales b) y c) del artículo 32 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los “Lineamientos de Política para el Planeamiento del Control Gubernamental a cargo del Sistema Nacional de Control: Período 2022 - 2024”, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer que los órganos y unidades orgánicas de la Contraloría General de la República, según sus ámbitos de control y competencias, cautelen el cumplimiento de lo dispuesto en los “Lineamientos de Política para el Planeamiento del Control Gubernamental a cargo del Sistema Nacional de Control: Período 2022 - 2024”, aprobados mediante el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, y a su vez ésta con su Anexo en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 2046239-2 Designan profesionales en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional en diversas entidades RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 097-2022-CG Lima, 7 de marzo de 2022VISTOS: La Hoja Informativa Nº 000001-2022-CG/VCSCG, de la Vicecontraloría de Servicios de Control Gubernamental; la Hoja Informativa Nº 000013-2022-CG/PER, de la Subgerencia de Personal y Compensaciones; el Memorando Nº 000141-2022-CG/GCH, de la Gerencia de Capital Humano; y, la Hoja Informativa Nº 000046-2022-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, el Jefe del Órgano de Control Institucional (OCI) mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones; Que, el artículo 19 de la citada Ley Nº 27785, dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los Jefes de los OCI de las entidades sujetas a control; asimismo, establece que las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General de la República; Que, el numeral 7.1.3 de la Directiva Nº 020-2020-CG/ NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 392-2020-CG, y modi fi cada mediante Resolución de Contraloría Nº 124-2021-CG, en adelante, la Directiva de los OCI, establece que las designaciones en el cargo de Jefe de OCI, es una competencia exclusiva y excluyente de la Contraloría General de la República, la cual se efectúa mediante Resolución de Contraloría publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el numeral 7.1.3.1 de la Directiva de los OCI establece que los Jefes de OCI designados por la Contraloría General de la República, ejercerán sus funciones en una entidad por un periodo de tres (3) años; y que, por convenir a las necesidades del servicio y al interés institucional, podrán permanecer en el cargo por un periodo menor a los tres (3) años o, de ser el caso, prorrogar el periodo de designación hasta por un máximo de cinco (5) años en total; Que, el numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI dispone que la designación de los Jefes de OCI termina por la ocurrencia de alguno de los hechos siguientes: a) Situación sobreviniente que no le permita continuar en el ejercicio del cargo, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.3.2 de dicha Directiva; b) Renuncia del Jefe del OCI; c) Culminación del período de designación, incluso al haberse emitido prórroga; d) Razones de necesidad del servicio o interés institucional de la Contraloría; e) Separación de fi nitiva; f) Cese por límite de edad; y, g) Muerte; para lo cual se debe emitir la Resolución de Contraloría dando por terminada la designación; Que, en el marco de la actual normativa y conforme al modelo de control descentralizado orientado a resultados, la supervisión de la gestión en el uso de los recursos públicos, debe asegurar una rendición de cuentas y el buen gobierno de las Entidades Públicas, cautelando la legalidad y e fi ciencia de sus actos y operaciones, así como las disposiciones, para la correcta y transparente gestión de sus recursos y bienes, mediante la ejecución de servicios de control gubernamental y servicios relacionados, para el cumplimiento de sus fi nes y metas institucionales; Que, la Vicecontraloría de Servicios de Control Gubernamental, mediante la Hoja Informativa Nº 000001-2022-CG/VCSCG, en atención a sus competencias establecidas en el literal d) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado mediante Resolución de Contraloría Nº 179-2021-CG, propone la conclusión y designación de Jefes de OCI de entidades bajo el ámbito de control de la Gerencia Regional de Control de Loreto; Que, a través de la Hoja Informativa Nº 000013-2022- CG/PER, la Subgerencia de Personal y Compensaciones evalúa y sustenta la propuesta de conclusión y designación de Jefes de OCI, habiendo veri fi cado para