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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2022 (09/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 76

76 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de marzo de 2022 El Peruano / aprueba su Reglamento, que en su artículo 4 se declara como política de Estado, de interés nacional, la lucha contra los delitos aduaneros y la piratería. En tal contexto, la referida presidencia señala que existen inconvenientes en la labor preventiva y represiva en la lucha contra los delitos aduaneros y la propiedad intelectual debido a la falta de una Fiscalía Provincial Especializada en Delitos Aduaneros y contra la Propiedad Intelectual en el distrito fi scal de Loreto, toda vez que son las fi scalías penales de las provincias de Maynas, Ramón Castilla, Requena, Datem del Marañón, El Putumayo y Nauta-Loreto quienes tienen competencia para conocer los casos referidos a los delitos aduaneros y contra la propiedad intelectual, en el ámbito de su competencia territorial, situación que ha generado diversidad de criterios al momento de intervenir en los diversos operativos y en la resolución de casos por dichos delitos. En ese sentido, con la fi nalidad de reforzar la lucha contra los delitos aduaneros y la pirateria, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Loreto solicita que la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, la cual cuenta con cuatro despacho fi scales, integrados por 4 fi scales provinciales, 8 fi scales adjuntos provinciales y 12 personal administrativos, quienes, en adición de sus funciones, conocen las investigaciones referidas a los delitos aduaneros y contra la propiedad intelectual, en todo el distrito fi scal de Loreto, teniendo en cuenta que de las seis Fiscalías Provinciales Penales Corporativas de Maynas, la Cuarta y la Sexta ya tienen competencia adicional en materia de delitos especializados (lavado de activos y crimen organizado), dispuesta con las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nº 2857-2019-MP-FN y Nº 3841-2019-MP-FN, de fechas 16 de octubre y 31 de diciembre de 2019, respectivamente. Con o fi cio Nº 77-2022-MP-FN-OCPF, de fecha 17 de enero de 2022, la O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, remitió el reporte de la carga procesal de las seis Fiscalías Provinciales Penales Corporativas de Maynas, correspondiente a los años 2020 y 2021, de los cuales se advierte que la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, en el año 2020 tuvo un ingreso de tres mil quinientos tres (3503) casos y en el año 2021 de tres mil setecientos doce (3712) casos; la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, en el año 2020 tuvo un ingreso de dos mil setecientos cuarenta y nueve (2749) casos y en el año 2021 de tres mil ciento treinta y siete (3137) casos; la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, en el año 2020 tuvo un ingreso de tres mil ochocientos cinco (3805) casos y en el año 2021 de tres mil seiscientos noventa y cinco (3695) casos; la Cuarta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, en el año 2020 tuvo un ingreso de cuatro mil ciento tres (4103) casos y en el año 2021 de cuatro mil trescientos cuarenta y ocho (4348) casos; la Quinta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, en el año 2020 tuvo un ingreso de cuatro mil ciento treinta y cinco (4135) casos y en el año 2021 de cuatro mil ciento setenta y tres (4173) casos; y, la Sexta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, en el año 2020 tuvo un ingreso de tres mil ciento cincuenta y nueve (3159) casos y en el año 2021 de tres mil cuatrocientos treinta y nueve (3439) casos. Aunado a ello, mediante el o fi cio Nº 79-2022-MP- FN-OCPF, de fecha 17 de enero de 2022, la O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, remitió el reporte de la carga procesal referida a los delitos aduaneros y contra la propiedad intelectual ingresada a las fi scalías provinciales penales existentes en todo el distrito fi scal de Loreto, correspondiente a los años 2020 y 2021, del cual se desprende que las dependencias fi scales que tuvieron ingresos por delitos aduaneros y contra la propiedad intelectual fueron únicamente la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas con dieciocho (18) casos en el 2020 y veintitrés (23) casos en el 2021; la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas con dieciséis (16) casos en el 2020 y trece (13) casos en el 2021; la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas con veinte (20) casos en el 2020 y diecisiete (17) casos en el 2021; la Cuarta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas con cuarenta y cinco (45) casos en el 2020 y cincuenta y cuatro (54) casos en el 2021; la Quinta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas con treinta y ocho (38) casos en el 2020 y treinta y nueve (39) casos en el 2021; la Sexta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas con treinta y cuatro (34) casos en el 2020 y veintiséis (26) casos en el 2021; la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Loreto-Nauta con solo un (1) caso en el 2020 y la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ramón Castilla con tres (3) casos en el 2020 y con siete (7) casos en el 2021. De la información remitida por la O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, se evidencia que la carga procesal por delitos aduaneros y contra la propiedad intelectual que ha registrado el distrito fi scal de Loreto durante los años 2020 y 2021 es de trescientos sesenta y cuatro (364) casos y la mayor incidencia de casos en dicha especialidad se generó en la provincia de Maynas con trescientos cincuenta y tres (353) casos. Estando a lo expuesto, la O fi cina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, a través del o fi cio Nº 45-2021-MP-FN-STI-NCPP, de fecha 1 de diciembre de 2021, emitió opinión favorable para que se amplíe la competencia funcional de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas y recomienda que, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de Loreto desarrolle un proceso de distribución equitativa de la carga procesal entre las seis Fiscalías Provinciales Penales Corporativas de Maynas, con la fi nalidad de evitar que exista sobrecarga procesal en las dependencias fi scales que tienen competencia de casos en adición a sus funciones. En ese orden de ideas, con la fi nalidad de fortalecer la lucha contra los delitos aduaneros y la propiedad intelectual y, de esta manera, mejorar la e fi cacia e inmediatez del accionar del Ministerio Público, resulta pertinente que la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, en adición a sus funciones, sea competente para conocer los casos nuevos por delitos aduaneros y contra la propiedad intelectual, en todo el distrito fi scal de Loreto, por tanto, corresponde emitir el presente acto resolutivo. Por lo que, la Fiscal de la Nación, como titular del Ministerio Público, responsable de dirigir, orientar y reformular la política institucional, en articulación con los planes nacionales y con el propósito de ofrecer a la sociedad un servicio fi scal e fi ciente y e fi caz que permita acceder a una pronta administración de justicia para los justiciables. Que estando a lo expuesto; y, de conformidad con lo establecido por el artículo 64° de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada mediante Decreto Legislativo N° 052; SE RESUELVE:Artículo Primero .- Disponer que, a partir de la fecha, la Primera Fiscalìa Provincial Penal Corporativa de Maynas, en adición a sus funciones, conozca las investigaciones fi scales por delitos aduaneros y contra la propiedad intelectual, dentro del ámbito territorial del distrito fi scal de Loreto. Artículo Segundo .- Precisar que las investigaciones en trámite relacionadas a delitos aduaneros y contra la propiedad intelectual, iniciadas con anterioridad a la emisión de la presente resolución, seguirán siendo conocidas por los mismos despachos fi scales que tienen a su cargo hasta su conclusión. Artículo Tercero .- Facultar a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Loreto, conforme a lo establecido en el artículo 157°, literales “c”, ”j” y “o” del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con enfoque de gestión por resultados, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1139-2020-MP-FN, de fecha 15 de octubre de 2020, a fi n de que disponga las medidas pertinentes para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución y realice las capacitaciones que requiera el personal fi scal y administrativo de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas