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65 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de marzo de 2022 El Peruano / para la ejecución de los servicios detallados. Asimismo, los pasajes y viáticos de los Presidentes y jueces/juezas de las Cortes Superiores de Justicia de Piura y Cajamarca deberán ser asignados a dichos centros de costos; y respecto a las Cortes Superiores de Amazonas, Loreto y Sullana, serán administradas a la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial, debido a no ser unidades ejecutoras. 3.4. Se adjunta en calidad de anexo, el Plan de Actividades de Trata de Personas para el año 2022 por el Poder Judicial Cuarto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 192- 2022 de la sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 23 de febrero de 2022, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán, sin la intervención del señor Lama More por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el “Plan de las Actividades 2022 en el marco de la Comisión Multisectorial de Naturaleza Permanente contra la Trata de Personas y el Tráfi co Ilícito de Migrantes”, que en anexo forma parte de la presente resolución; con cargo a la disponibilidad presupuestal. Artículo Segundo.- Publicar la presente resolución y el documento aprobado, en el Portal Institucional del Poder Judicial para su difusión y cumplimiento. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Coordinadora entre la Presidencia del Poder Judicial y Comisión Multisectorial de Naturaleza Permanente contra la Trata de Personas y el Trá fi co Ilícito de Migrantes, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2046117-3 Designan miembros del Consejo Consultivo de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000078-2022-CE-PJ Lima, 7 de marzo del 2022VISTOS: El O fi cio Nº 000085-2022-ST-UETI-CPP-PJ cursado por el Secretario Técnico de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal; y el Informe Nº 000002-2022-NOR-ST-UETI-CPP-PJ elaborado por el Componente Normativo de la referida Unidad. CONSIDERANDO:Primero. Que, el Secretario Técnico de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal remite a este Órgano de Gobierno el Informe Nº 000002-2022-NOR-ST-UETI-CPP-PJ, elaborado por el Componente Normativo de la citada Unidad; proponiendo dar actividad funcional al Consejo Consultivo de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, como órgano consultivo; y, a su vez, propone a los integrantes para su conformación. Toda vez que resulta necesario contar con los valiosos aportes del mismo, considerando que los miembros del Consejo Consultivo tienen la obligación de asistir a las reuniones programadas y asumir un rol activo dentro de la referida Unidad, a fi n que dicha instancia administrativa pueda coadyuvar a la mejora en la implementación y consolidación del proceso penal y la administración de justicia. Segundo. Que, los artículos 5° y 6° de la Nueva Estructura Organizacional y Funcional de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, aprobada por Resolución Administrativa N° 061-2013-CE-PJ, establece que la referida Unidad tiene la siguiente composición y estructura orgánica: Composición:Presidida por un miembro del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Consejo Consultivo de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal. Secretaria Técnica de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal. Gestoría Administrativa. Estructura Orgánica:Órgano de Dirección: Presidencia del Poder Judicial. Órgano de Apoyo: Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal. Órgano Consultivo: Consejo Consultivo de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal. Órganos de Asistencia Técnica: Secretario (a) Técnico de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, y Gestoría Administrativa de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal. Órganos Desconcentrados: Equipo Técnico Distrital de Implementación del Código Procesal Penal. Tercero. Que, el artículo 12° del mismo cuerpo normativo, dispone que el Consejo Consultivo de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, estará conformado de la siguiente manera: Un Juez Supremo de la especialidad Penal. Un Juez Superior que aplica el Código Procesal Penal. Un Juez Especializado que aplica el Código Procesal Penal. Un Juez de Paz Letrado que aplica el Código Procesal Penal, en el proceso de faltas. Cuarto. Que, asimismo, el artículo 13° del citado texto normativo expone las funciones a desarrollar por el Consejo Consultivo de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, las cuales son: emitir opinión en los asuntos que la Presidencia de la Unidad de Equipo Técnico someta a consideración, evaluar y recomendar a la Presidencia de la Unidad de Equipo Técnico las acciones sobre las propuestas efectuadas por la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal, proponer la adopción de políticas que permitan optimizar la reforma procesal penal; y las demás que le encomiende la Presidencia de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal. Quinto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia.