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82 NORMAS LEGALES Jueves 31 de marzo de 2022 El Peruano / ejercicio profesional, ni para ejercer el cargo de martillero público (impedimentos establecidos en el artículo 11° de la Ley 27778 - Ley de Martilleros) 3. Recibo de pago original por derecho de Inscripción y/o Reinscripción de Martillero Público, ante el Banco de la Nación, al código N° 07277. 4. Hoja de vida (adjuntar copia del DNI) Por lo expuesto, sírvase acceder a mi petición.Independencia, de del 2022 (Firma) (Huella Digital) ANEXO N° 2 DECLARACIÓN JURADA Yo,…………………………………………………… Martillero Público con Colegiatura N°………………………, del Colegio de …………………………., identi fi cado con D.N.I. N°……………………., Domiciliado en,………………………………………………….…, Provincia ………………, Departamento de……………………, candidato a Martillero Publico para su Inscripción y/o Revalidación en la Corte Superior de Justicia de Lima Norte; DECLARO BAJO JURAMENTO QUE:1) No tengo antecedentes penales y/o judiciales (no se me ha impuesto condena judicial en aplicación de las leyes penales vigentes, por causa de delito o infracción que haya podido cometer en agravio de la sociedad o del estado), ni antecedentes policiales. 2) No tengo impedimento legal para ejercicio profesional. 3) No tengo impedimento para ejercer el cargo de Martillero Público. 4) No tengo Certi fi cado Negativo de REDIDAM Independencia, de del 2022 (Firma) (Huella Digital) NOTA: La información falsa con fi gura falta que dará lugar a procedimientos legales administrativos y penales tipifi cado en el Capítulo I “Falsi fi cación de documentos en general” del Título XIX “Delitos contra la Fé Pública” del Código Penal vigente. ANEXO N° 3 FICHA DE DATOS PERSONALES POSTULANTE PARA PERTENECER A LA NÓMINA JUDICIAL DE MARTILLEROS PÚBLICOS PERIODO 2022 N° DE DNI APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO NOMBRES PROFESIÓN LUGAR DE NACIMIENTOFECHA DE NACIMIENTO NACIONALIDAD DOMICILIO REAL DIRECCIÓN PROCESAL CASILLA ELECTRÓNICA NROS. TELEFÓNICOS CORREOS ELECTRÓNICOS OBSERVACIONES 2053709-1 ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Autorizan viaje de profesional de la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial a Bolivia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 129-2022-CG Lima, 30 de marzo de 2022VISTOS: La carta de invitación N° CGE/SG/RI-126/2022, de la Contraloría General del Estado Plurinacional de Bolivia; la Hoja Informativa N° 000015-2022-CG/CREI, de la Subgerencia de Cooperación y Relaciones Internacionales; y, la Hoja Informativa N° 000121-2022-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República del Perú es miembro pleno y preside la Organización Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superiores (OLACEFS), organismo internacional especializado y de carácter técnico que tiene como objetivo fomentar el desarrollo y perfeccionamiento de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (EFS) de los países de la región en materia de control gubernamental, para cuyo cumplimiento cuenta con órganos técnicos dedicados al desarrollo de temas y asuntos especí fi cos; Que, durante la XXX Asamblea General Ordinaria de la OLACEFS, celebrada en la ciudad de Cartagena, Colombia, se aprobó la conformación de una comisión técnica que elabore una propuesta de la modi fi cación de la carta constitutiva de la OLACEFS respecto al alcance de las auditorías fi nancieras y esta sea resuelta por la Asamblea, a través del Consejo Directivo en su siguiente reunión; Que, la precitada comisión técnica está conformada por la EFS de Bolivia, que la preside en su calidad de Auditor Financiero 2020-2021 de la OLACEFS; por la Contraloría General de la República del Perú, en su calidad de Presidencia de la OLACEFS; por la EFS de Chile, en su calidad de Secretaría Ejecutiva de la OLACEFS; por la EFS de Colombia, en su calidad de Auditor Financiero 2018-2019 de la OLACEFS; por la EFS de Guatemala, en su calidad de Presidencia de la Organización Centroamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superiores (OCCEFS); y por la EFS de Paraguay, en su calidad de Presidencia de las Entidades Fiscalizadoras Superiores de los países del MERCOSUR y Asociados (EFSUR); Que, mediante carta N° 003-2022/OLACEFS-PRES, de fecha 01 de marzo de 2022, la Contraloría General de la República del Perú, en su calidad de Presidencia de la OLACEFS, informó a la Contraloría General del Estado