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35 NORMAS LEGALES Domingo 1 de mayo de 2022 El Peruano / CONSIDERANDO: Que la Ley N° 27594, que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece en su artículo 7 que mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular de la Entidad que corresponda se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confianza no contemplados en el artículo 1 de la citada Ley; Que mediante el Decreto Legislativo N° 1326 se reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y se crea la Procuraduría General del Estado, como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con personería jurídica de derecho público interno, autonomía funcional, técnica, económica y administrativa para el ejercicio de sus funciones; Que el artículo 18 del Decreto Legislativo N° 1326, establece que el/la Procurador/a General del Estado es el/la titular del pliego y funcionario de mayor nivel jerárquico de Procuraduría General del Estado; Que, el literal c) del artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, y modi fi catorias, establece que el Contrato Administrativo de Servicios se extingue, por renuncia, debiendo el servidor comunicar por escrito su decisión a la entidad contratante con una anticipación de 30 días naturales previos al cese; plazo que puede ser exonerado por la autoridad competente de la entidad por propia iniciativa o a pedido del contratado, en este último caso, el pedido de exoneración se entenderá aceptado si no es rechazado por escrito dentro del tercer día natural de presentado; Que con Resolución del Procurador General del Estado N° 55-2021-PGE/PG de fecha 18 de junio de 2021, publicada en el diario oficial El Peruano el 21 de junio de 2021, se designa al señor MARTÍN EDUARDO HUANCAS CHINGA en el cargo de Asesor II de la Presidencia Ejecutiva de la Procuraduría General del Estado, como empleado de confianza; Que el señor MARTÍN EDUARDO HUANCAS CHINGA, mediante carta de vistos, presenta su renuncia al cargo de Asesor II de la Presidencia Ejecutiva de la Procuraduría General del Estado; Que estando a lo antes indicado, se ha visto por conveniente aceptar la renuncia a que se hace referencia en el considerando precedente; Con el visado de la Oficina de Administración, Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27594, que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, y modi fi catorias; y el Decreto Legislativo N° 1326 que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado; SE RESUELVE:Artículo 1.- ACEPTAR la renuncia del señor MARTÍN EDUARDO HUANCAS CHINGA al cargo de Asesor II de la Presidencia Ejecutiva de la Procuraduría General del Estado, a partir del 30 de abril de 2022, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano” y en el portal institucional de la Procuraduría General del Estado (www.gob.pe/procuraduria). Regístrese, comuníquese y publíquese en el Portal Institucional. MARIA AURORA CARUAJULCA QUISPE Procuradora General del Estado 2063151-3ORGANISMOS AUTONOMOS OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Tienen por comunicada por parte del Presidente del Órgano Electoral Central del Movimiento Regional Frente Independiente Alianza Regional F.I.A.R. – “Nueva Generación” la decisión adoptada a la interna de su organización política, de desistirse de participar en las elecciones internas de candidatas y candidatos para las Elecciones Regionales y Municipales 2022 RESOLUCIÓN GERENCIAL N° 000011-2022-GOECOR/ONPE Lima, 28 de abril de 2022VISTOS: La Carta s/n°, signada con Expediente n° 9245-2022 de fecha 18ABRIL2022, la carta s/n°, signada con Expediente n° 9505-2022 de fecha 21ABR2022, la carta s/n°, signada con Expediente n° 9624-2022 de fecha 21ABR2022, remitidas por el Presidente del Órgano Electoral Central del Movimiento Regional Frente Independiente Alianza Regional F.I.A.R. – “Nueva Generación” y el Memorando n° 000371-2022-GAJ/ONPE del 28ABR2022 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: La O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) es un organismo constitucional autónomo y tiene como función primordial velar por la obtención de la fi el y libre expresión de la voluntad popular, manifestada a través de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo. Es la autoridad máxima en la organización y ejecución de procesos electorales; Con fecha 31 de octubre de 2021, se publicó en el diario o fi cial El Peruano la Ley N° 31357, Ley que modi fi ca la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas, con la fi nalidad de asegurar el desarrollo de las Elecciones Regionales y Municipales del año 2022 en el marco de la lucha contra la COVID-19. Entre otras modi fi caciones, esta norma incorpora a la Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas (LOP), la novena disposición transitoria, que dispone que las elecciones internas en las organizaciones políticas para elegir a los candidatos a las Elecciones Regionales y Municipales (ERM) 2022, sean organizadas por la ONPE; la elaboración del padrón de electores lo realice el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC); y, que la solución de controversias en sede jurisdiccional, la elección del cronograma correspondiente y las acciones de fi scalización estén a cargo del Jurado Nacional de Elecciones (JNE); Por Resolución Jefatural N° 001639-2021-JN/ONPE publicada en el diario o fi cial El Peruano el 29 de noviembre de 2021, se aprobó el Reglamento de Elecciones Internas de las organizaciones políticas en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (REI); de igual forma, el 30 de noviembre de 2021, se publicó en el diario ofi cial El Peruano el Reglamento sobre las competencias del Jurado Nacional de Elecciones en Elecciones Internas para las Elecciones Regionales y Municipales 2022, aprobado por Resolución N° 0927-2021-JNE; El numeral 10.2 del artículo 10 del REI dispone que la convocatoria a Elecciones Internas por parte de las organizaciones políticas deberá ser efectuada por el órgano facultado para ello, de acuerdo con su normativa interna y dentro del periodo que determine el cronograma