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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (30/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 216

TEXTO PAGINA: 85

85 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de noviembre de 2022 El Peruano / fi nalidad expresa: concurrir a la formación y manifestación de la voluntad popular (ver SN 1.2.). 2.2. El derecho a la participación política presenta dos vertientes: a) la activa, que permite a los ciudadanos participar en una elección y expresar su voluntad en las urnas; y, por otro lado, b) la vertiente pasiva, manifestada en el derecho individual para ser elegido, el mismo que, en ordenamientos como el nuestro, se ejerce a partir de una candidatura respaldada por una organización política reconocida por el Sistema Electoral. 2.3. Este derecho no es absoluto y su ejercicio está sujeto al cumplimiento de determinados requisitos de carácter legal. Incluso, en el caso de la vertiente pasiva, se adicionan las condiciones establecidas por las organizaciones políticas a través de sus dispositivos intrapartidarios –siempre dentro del marco normativo–, uno de ellos es el ostentar la calidad de a fi liado. La fi nalidad es reforzar el rol de las organizaciones políticas en la democracia representativa.2.4. En esta línea, el artículo 18 de la LOP (ver SN 1.3.) precisa que todos los ciudadanos con derecho al sufragio pueden a fi liarse libre y voluntariamente a una organización política. Esta materialización espontánea genera una relación de unidad formal entre el ciudadano y la institución partidaria, y otorga, entre otras cosas, reconocimiento e identidad de tipo colectivo bajo ideales y principios comunes. TERCERO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO3.1. El señor recurrente interpuso recurso de apelación en contra del acto que dispuso el registro de su renuncia a la organización política Juntos por el Perú, a efectos de que el trámite sea declarado nulo y se le restituya su condición de a fi liado a dicha organización política. Al respecto, en el sistema de consulta de a fi liación, disponible en la página web del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), se aprecia lo siguiente:  3.2. Revisados los antecedentes del referido registro, se advierte que el 14 de febrero de 2022, se presentó ante la DNROP, a través de la mesa de partes virtual (MPV) del JNE, un escrito a nombre de don Jorge Marlon Glenni Sosa, con número de Documento Nacional de Identidad Nº 32942826, solicitando su renuncia de a fi liación a la organización política Juntos por el Perú. En dicho documento se visualiza la fi rma y huella dactilar de quien sería el solicitante.