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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (08/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 60

60 NORMAS LEGALES Sábado 8 de octubre de 2022 El Peruano / El Perú es miembro del Fondo Monetario Internacional y del Banco Mundial, y el Banco Central de Reserva del Perú representa al país para los fi nes establecidos en el Convenio Constitutivo del primero de esos organismos multilaterales. El señor Julio Velarde Flores es Gobernador ante el FMI; Asimismo, el Presidente participará en las reuniones del Consultative Council for the Americas (CCA) del BIS, el 17 de octubre de 2022, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América. De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, su Reglamento, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y sus normas modi fi catorias y, estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 8 de setiembre de 2022; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior del Presidente, señor Julio Velarde Flores, a las ciudades de Washington D.C. y Nueva York, Estados Unidos de América, del 10 al 17 de octubre, así como el pago de los gastos no cubiertos por las entidades organizadoras, a fi n de que participe en las reuniones indicadas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje US$ 5 151,78 Viáticos US$ 2 910,00TOTAL US$ 8 061,78 Artículo 3°.- Esta Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese.JULIO VELARDE Presidente 2113292-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban modificación del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional Ciro Alegría UNIVERSIDAD NACIONAL CIRO ALEGRÍA RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 0432-2022/CO-UNCA Huamachuco, 27 de setiembre de 2022VISTO, el Informe Nº 060-2022-OPP-UNCA, Informe Legal Nº 079-2022-OAJUNCA/MJTA, Informe Nº 239-2022-OGC-UNCA, Acta de Sesión Ordinaria de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Ciro Alegría Nº 064-2022 de fecha 27 de setiembre de 2022; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 18º de la Constitución Política del Perú, establece que cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico y económico. Las Universidades se rigen por sus propios estatutos y reglamentos en el marco de la Constitución y de las leyes, el mismo que es concordante con el artículo 8º de la Ley Universitaria Nº 30220; Que, mediante Ley Nº 29756, promulgada el 17 de julio de 2011, se creó la Universidad Nacional Ciro Alegría, como persona jurídica de derecho público interno, con sede en la ciudad de Huamachuco, provincia de Sánchez Carrión, departamento de La Libertad; Que, con Resolución Viceministerial Nº 288-2020-MINEDU de fecha 29 de diciembre de 2020, se reconformó la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Ciro Alegría, actualmente en funciones; Que, el numeral 6.1.4. del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la Constitución y Funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en Proceso de Constitución, aprobada mediante Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU, establece las funciones de la Comisión Organizadora, precisando en sus literales: b) Aprobar y velar por el adecuado cumplimiento del Estatuto, Reglamentos y documentos de gestión de la universidad y o) Gestionar la obtención, sostenimiento, modi fi cación o renovación de la licencia institucional ante la SUNEDU, de conformidad con el artículo 29 de la Ley Universitaria Nº 30220; Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 019-2021/CO-UNCA de fecha 28 de enero de 2021, se aprobó la Adecuación del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional Ciro Alegría, de acuerdo a los lineamientos establecidos en la Resolución Viceministerial Nº 588-2019-MINEDU; Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 0120-2021/CO-UNCA de fecha 17 de mayo de 2021, se aprobó modi fi car el Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional Ciro Alegría, aprobado con Resolución de Comisión Organizadora Nº 019-2021/CO-UNCA de fecha 28 de enero de 2021; Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 0310-2021/CO-UNCA de fecha 22 de julio de 2022, se aprobó la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional Ciro Alegría, de acuerdo a lo señalado en el Informe Nº 044-2022-OPP-UNCA de fecha 22 de julio de 2022; Que, mediante Informe Legal Nº 079-2022-OAJ- UNCA/MJTA de fecha 27 de setiembre de 2022, la Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la UNCA, emite Opinión legal sobre la propuesta de modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones de la UNCA, señalando que es procedente la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional Ciro Alegría, solicitado por la Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la UNCA; dado a la modi fi cación parcial al ROF, conforme a lo establecido en el literal b) del artículo 46 y artículo 50 del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y por estar acorde a lineamientos para la formulación del Reglamento de Organización y Funciones de las Universidades Públicas, aprobado con Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU; Que, mediante Informe Nº 239-2022-OGC-UNCA de fecha 27 de setiembre de 2022, el Jefe de la Ofi cina de Gestión de la Calidad de la UNCA, remitió el Informe Técnico de la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones de la UNCA, indicando que luego de haber efectuado una revisión en la aplicación Instructivo de Elaboración de Documentos Internos del Sistema de Gestión de Calidad, aprobado mediante R.C.O. Nº 0362-2021/CO-UNCA, los cuales están orientados a la consecución de metas institucionales, no evidencia observaciones en la elaboración del mencionado documento, por lo que sugiere se gestione su aprobación mediante sesión de Comisión Organizadora; Que, mediante Informe Nº 060-2022-OPP-UNCA de fecha 26 de setiembre de 2022, la Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la UNCA, solicita aprobación de la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones, señalando que la presente propuesta recoge todas las observaciones y sugerencias presentadas por los responsables de las unidades de Organización, así como aquellas recogidas en la Directiva de los Órganos de Control Institucional, que modi fi ca las funciones del OCI y la reunión del día 20 de setiembre de 2022, en este sentido indica que se ha tramitado las opiniones de la O fi cina de Asesoría Jurídica y la O fi cina de Gestión de la Calidad; Que, el numeral 1.2.1 del artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por D.S. 004-2019-JUS, prescribe que: “Los actos de administración interna de las entidades destinados a organizar o hacer funcionar sus propias actividades o servicios. Estos actos son regulados por cada entidad, con sujeción a las disposiciones del