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76 NORMAS LEGALES Sábado 29 de octubre de 2022 El Peruano / GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Designan miembros del Comité Electoral a cargo de la organización, control y ejecución del Proceso Electoral para elegir a representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil, que serán miembros de la Asamblea Metropolitana de Lima, para el periodo 2022 - 2024 DECRETO DE ALCALDÍA N° 17-2022 Lima, 19 de octubre de 2022 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAVISTO:El O fi cio N° 1066-2022-MML-PGRLM-GR del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana y el Informe N° D001127-2022-MML-GAJ de la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización y la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, disponen un Régimen Especial para la provincia de Lima, según el cual las competencias y funciones reconocidas al gobierno regional son transferidas a la Municipalidad Metropolitana de Lima; entendiéndose toda mención contenida en la legislación nacional referida a los gobiernos regionales como también hecha a la Municipalidad Metropolitana de Lima, en lo que le resulte aplicable; Que, la Ley N° 27867 establece la estructura orgánica básica de la Municipalidad Metropolitana de Lima, dentro de la cual se encuentra la Asamblea Metropolitana de Lima – AML, a la que corresponde ejercer las competencias y funciones del Consejo de Coordinación Regional, como órgano consultivo y de coordinación de la institución, y las que norme la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para su campo especí fi co; Que, el Edicto N° 254 de fecha 25 de abril de 2003, norma las equivalencias de los órganos de gobierno de la Municipalidad Metropolitana de Lima dentro de su régimen especial y crea el Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana – PGRLM como órgano desconcentrado de la institución a cargo de los asuntos regionales, que actuará como secretaria técnica de la AML, siendo responsable de su preparación, comunicación, invitación, organización y funcionamiento, como establece el Artículo 34 de la Ordenanza N° 2497-2022 que aprueba el Reglamento de Conformación, Instalación y Funcionamiento de la AML, publicada con fecha 03 de setiembre de 2022; Que, mediante Memorando N° 0328-2022-MML/ PGRLM-SRPP de fecha 2 de setiembre de 2022, la Subgerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto hace de conocimiento de la Subgerencia Regional de Asuntos Jurídicos, que se requiere completar los miembros que conforman la Asamblea Metropolitana de Lima, en lo referente a las Organizaciones de la Sociedad Civil, por lo que se estaría programando un Proceso Electoral con las organizaciones debidamente inscritas en el Libro de Registro Metropolitano; proponiendo como miembros del Comité Electoral a los siguientes funcionarios del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana:- Presidente: Adalberto Seminario Méndez, Gerente Regional del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana. - Relator: Leonardo Víctor León Infantes, Subgerente Regional de Planeamiento y Presupuesto. - Secretario: Freddy Arévalo Torres, Subgerente Regional de Asuntos Jurídicos. Que, con O fi cio N° 1066-2022-MML/PGRLM-GR de fecha 27 de setiembre de 2022, la Gerencia Regional del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana, solicita a la Gerencia Municipal Metropolitana que, mediante Decreto de Alcaldía, se conforme el Comité Electoral para dar inicio al proceso electoral con el objetivo de completar los veintinueve (29) representantes de Organizaciones de la Sociedad Civil en la Asamblea Metropolitana de Lima, en el marco de lo establecido en la Ordenanza N° 2497-2022, que reglamenta la conformación, instalación y funcionamiento de la Asamblea Metropolitana de Lima (en adelante, el Reglamento); Que, el Artículo 7 del Reglamento establece que la Asamblea Metropolitana de Lima tiene un total de setenta y dos (72) miembros plenos y esta integrada por: i) El Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima, quien la preside, ii) Los Acaldes Distritales de la Metrópoli, iii) Los Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) de la jurisdicción en el porcentaje que el presente Reglamento señala. Asimismo, la conformación de la Asamblea Metropolitana de Lima es como sigue: - El Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima, quien la preside. - Los cuarenta y dos (42) Alcaldes Distritales que conforman la Metrópoli. - Los Veintinueve (29) representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC); Que, el Artículo 16 del Reglamento establece, con respecto al nombramiento del Comité Electoral, que el Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima, dentro de los cuarenta (40) días calendario de anticipación de la jornada electoral y mediante Decreto de Alcaldía, nombra a tres (3) funcionarios del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana, para integrar el Comité Electoral conformado por un Presidente, un Relator y un Secretario. El Comité Electoral está a cargo de la organización, control y ejecución de la elección de representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante la Asamblea Metropolitana de Lima; Que, el Artículo 9 del Reglamento señala que los representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil ejercen el cargo de miembros plenos por un periodo de dos (2) años; Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, mediante Informe N° D001127-2022-MML-GAJ de fecha 14 de octubre de 2022, concluye que resulta conforme a la normativa vigente nombrar, mediante Decreto de Alcaldía, al Comité Electoral, por un período de dos (2) años, de conformidad con lo propuesta por el Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana: Presidente: señor Adalberto Seminario Méndez, Gerente Regional; Relator: señor Leonardo Víctor León Infantes, Subgerente Regional de Planeamiento y Presupuesto, y Secretario: señor Freddy Arévalo Torres, Subgerente Regional de Asuntos Jurídicos; De conformidad con el numeral 6 del Artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo 1.- Designar a los miembros del Comité Electoral a cargo de la organización, control y ejecución del Proceso Electoral para elegir a los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil, que serán miembros de la Asamblea Metropolitana de Lima, para el periodo 2022 – 2024, conforme se detalla a continuación: Presidente : ADALBERTO SEMINARIO MÉNDEZ Relator : LEONARDO VÍCTOR LEÓN INFANTESSecretario : FREDDY ARÉVALO TORRES Artículo 2.- El Comité Electoral es el encargado de publicar en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima y del Programa de Gobierno