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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (29/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 80

80 NORMAS LEGALES Sábado 29 de octubre de 2022 El Peruano / a) Establecer los horarios de recojo de residuos sólidos domiciliarios. b) Establecer estratégicamente la gestión adecuada de los residuos sólidos municipales, que son los residuos domiciliarios, residuos especiales, residuos del barrido y los de construcción y demolición, con la fi nalidad de minimizar posibles impactos, prevenir riesgos ambientales, proteger la salud y mejora la calidad debida de las personas contribuyendo al desarrollo sostenible del distrito. Artículo Tercero.- Aplicación La presente ordenanza será de aplicación para toda persona natural o jurídica, pública o privada, que realice las actividades de segregación, almacenamiento, recolección, transporte y comercialización de los residuos sólidos municipales, residuos sólidos peligros y no peligros y residuos sólidos de construcción y demolición de su propiedad o por encargo de terceros, dentro de la jurisdicción del distrito de Chaclacayo. Artículo Cuarto.- De fi niciones Básicas a) Abandono.- Dejar algún bien, producto, sub producto, material o insumo que se tiene obligación de cuidar o atender, en la vía pública o en espacios públicos impidiendo el libre tránsito y el ornato. b) Almacenamiento.- Operación de acumulación temporal de residuos en condiciones técnicas como parte del sistema de manejo hasta su valorización y disposición fi nal. c) Comercialización.- la comercialización de residuos que van a ser objeto de valorización es efectuada directamente por el generador o a través de Empresas Operadoras de Residuos Sólidos, según corresponda. d) Disposición fi nal.- procesos u operaciones para tratar y disponer en un lugar los residuos como último proceso de su manejo en forma permanente, sanitaria y ambientalmente segura. e) Empresa Operadora de Residuos Sólidos – EO- RS.- Persona jurídica que presta servicios de limpieza de vías y espacios públicos, recolección y transporte o disposición fi nal de residuos. Así mismo, puede realizar las actividades de comercialización y valorización. f) Generador.- Persona natural o jurídica que genera residuos sólidos como producto de sus actividades propias o cotidianas. En el caso que no sea posible identi fi car al generador de residuos peligrosos, se considerará de este modo a quien los posea. g) Quema de residuos sólidos.- Proceso de combustión incompleta de los residuos ya sea al aire libre o empleando equipos inapropiados, que causa impactos negativos a la salud y el ambiente. h) Residuos de limpieza de espacio público.- Son aquellos residuos generados por los servicios de barrido y limpieza de pistas, veredas, plazas, parques y otras áreas públicas. i) Residuos municipales.- Los residuos del ámbito de la gestión municipal o residuos municipales, están conformados por los residuos domiciliarios y los provenientes del barrido y limpieza de espacios públicos, actividades comerciales y otras actividades urbanas no domiciliarias cuyos residuos se pueden asimilar a los servicios de limpieza pública, en todo el ámbito de su jurisdicción. j) Residuos sólidos. - Residuos sólidos es cualquier objeto, material, sustancia o elemento resultante del consumo o uso de un bien o servicio, del cual su poseedor se desprenda o tenga la intención u obligación de desprenderse, para ser manejados priorizando la valorización de los residuos y en último caso, su disposición fi nal. Los residuos sólidos incluyen todo residuo o desecho en fase sólida o semisólida. También se considera residuos aquellos que siendo líquido o gas se encuentran contenidos en recipientes o depósitos que van a ser desechados, así como los líquidos o gases, que por su característica fi sicoquímicas no pueden ser ingresados en los sistemas de tratamiento de emisores y e fl uentes y por ello no pueden ser vertidos al ambiente. En estos casos los gases o líquidos deben ser acondicionados de forma segura para su adecuada disposición fi nal. k) Residuos sólidos domiciliarios.- Son aquellos residuos generados en las actividades domésticas realizadas en los domicilios, constituidos por restos de alimentos, periódicos, revistas, botellas, embalajes en general, latas, cartón, pañales descartables, restos de aseo personal y otros similares. l) Segregación. - Acción de agrupar determinados componentes o elementos físicos de los residuos sólidos para ser manejados en forma especial. Artículo Quinto.- Competencia La Municipalidad de Chaclacayo, es responsable por la prestación del servicio de limpieza de vías y espacios públicos, así como de la recolección, transferencia y transporte de residuos sólidos generados en su jurisdicción hasta su disposición fi nal en un relleno Sanitario debidamente autorizado. Para este fi n la Municipalidad deberá elaborar y actualizar los planes operativos de acuerdo a las condiciones y características del distrito, estando el manejo de los residuos sólidos es responsabilidad de la Municipalidad desde el momento en que el generador los entrega a los operarios de la EO-RS autorizada por la Entidad. CAPÍTULO II OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES Artículo Sexto.- Obligaciones del generador Todo generador de residuos sólidos está en la obligación de: a) Pagar puntualmente sus arbitrios de recolección de residuos sólidos. b) Almacenar y disponer de sus residuos generadores, de forma segura, higiénica y responsable con el ambiente. c) Respetar los horarios de disposición y recolección de residuos sólidos, asignados a su condición (domiciliario, comercial, empresarial, entre otros.) d) Utilizar los depósitos y/o lugares, asignados especí fi camente para la disposición temporal de residuos sólidos según su calidad en los mercados o condóminos donde cuenten con respectivos contenedores de almacenamiento. e) Mantener limpios los techos, azoteas y fachadas de los inmuebles que estén bajo su domino. f) Cumplir con las disposiciones municipales a fi nes o conexas de la gestión de residuos. Artículo Séptimo.- Responsabilidad de los generadores. La población en general deberá velar por el cumplimiento del adecuado manejo de los residuos sólidos cuidando del ornato del distrito y contribuir en crear ambientes saludables para sus habitantes. En ese sentido es responsabilidad del generador. a) Mantener las vías públicas de objetos y materiales en condiciones de abandono. b) Conservar los terrenos sin construir, inmuebles deshabitados, retiros o cocheras y estacionamientos, libres de materiales deteriorados, inservibles, sucios o en desuso. c) Respetar y cumplir con las disposiciones especí fi cas para la disposición de determinados materiales y residuos, que por su condición pueden exponer a peligro a los vecinos o a los operarios del servicio de recolección y limpieza pública. Artículo Octavo.- Otras responsabilidades. El responsable de la organización de alguna actividad o evento privado, dentro de la jurisdicción del distrito de Chaclacayo, se encuentra obligado a conservar el espacio público en óptimas condiciones de orden y limpieza, durante y después del evento. Los generadores tienen la responsabilidad y la obligación de manejar sus residuos, desde su generación hasta su almacenamiento temporal, de manera segura, higiénica y ambientalmente responsable, priorizando su