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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (03/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 66

66 NORMAS LEGALES Sábado 3 de setiembre de 2022 El Peruano / y 676-2022-UNSCH-VRI-DII del Instituto de Investigación sobre recti fi cación de la Resolución Rectoral Nº 424-2022-UNSCH-R; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Rectoral Nº 424-2022-UNSCH-R, de fecha 15 de agosto de 2022, se autorizó el viaje al Dr. Johnny Aldo Tinco Jayo, Profesor Principal a Dedicación Exclusiva, adscrito al Departamento Académico de Medicina Humana de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, para participar en el X Congreso Latinoamericano de Plantas Medicinales (COLAPLAMED), a realizarse en la ciudad de Xalapa, Veracruz, México, del 05 al 11 de septiembre de 2022; Que, con Memorandos Nros. 773 y 774-2022-UNSCH- OPP-UP, de fecha 18 de agosto de 2022, la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido la opinión técnico-presupuestal para el viaje del Dr. Johnny Aldo Tinco Jayo, con los montos corregidos por el área usuaria; Que, en armonía con el artículo 212º, numeral 212.1 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 18º de la Constitución Política del Perú, el artículo 62º, numeral 62.2 de la Ley Universitaria Nº 30220 y el artículo 273º, numeral 3 del Estatuto de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga; El Rector, en uso de las facultades que le con fi ere la ley; RESUELVE: Artículo Único.- RECTIFICAR el artículo 2º de la Resolución Rectoral Nº 424-2022-UNSCH-R, de fecha 15 de agosto de 2022, en los siguientes términos: “Artículo 2º.- OTORGAR al Dr. JOHNNY ALDO TINCO JAYO la ayuda económica para cubrir los gastos que demande dicho viaje, con cargo al Presupuesto Institucional 2022 de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, de acuerdo al siguiente detalle: CATEGORÍA PRESUPUESTAL : 9022 Asignación Presupuestaria Que No Resulta En Productos PRODUCTO : 3999999 Sin Producto ACT/AI/OBR : 5000894 Investigación Cientí fi ca y Desarrollo Tecnológico META-FINALIDAD : 00001-0000591 Desarrollo de Investigaciones SEC-FUNC : 0022 RUBRO : 18 Canon y Sobrecanon, Regalías, Renta de Aduanas y Participaciones CENTRO DE COSTO : 03.03 Dirección de Instituto de Investigación ESPECÍFICA DE GASTOS:2.3.2 1.2 1 Pasajes y Gastos de Transporte S/ 200.002.3.2 1.2 2 Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicio S/ 280.002.3.2 1.1 1 Pasajes y Gasto de Transporte S/ 3,000.002.3.2 1.1 2 Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicio S/ 8,482.50 CATEGORÍA PRESUPUESTAL: 0137 Desarrollo de la Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica PRODUCTO : 3000742 Facilidades y Desarrollo de la Investigación, Innovación y Transferencia Tecnológica ACT/AI/OBR : 5005296 Apoyo a Proyectos de Investigación en Ciencia Tecnología e Innovación Tecnológica META-FINALIDAD : 00001-0138063 Apoyo a Proyectos de Investigación en Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica SEC-FUNC : 0013 RUBRO : 13 Donaciones y TransferenciasCENTRO DE COSTO : 03.06 Efecto Modulador de Respuesta Eréctil ESPECÍFICA DE GASTOS:2.3.2 1.1 2 Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicio S/ 3,393.00 (…)”.Regístrese, comuníquese y archívese.ANTONIO JERÍ CHÁVEZ Rector 2101194-2 Otorgan licencia con goce de remuneraciones por capacitación oficializada a docente de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0867-2022 Arequipa, 23 de agosto del 2022Vistas: la solicitud de fecha 11 de julio del 2022, del servidor docente HUGO CÉSAR GÓMEZ TONE, Docente Asociado a Tiempo Completo del Departamento Académico de Arquitectura de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo, quien solicita Licencia con Goce de Remuneraciones por Capacitación O fi cializada, a partir del 05 hasta el 30 de setiembre del 2022, para asistir a una pasantía en la Universidad de la Laguna en España. CONSIDERANDO:Que, mediante Informe Nº 1548-2022-UNSA/SDRH- OE, de la O fi cina de Escalafón de la Subdirección de Recursos Humanos, se acredita que el Mg. Hugo César Gómez Tone, labora en nuestra Institución en calidad de Docente Nombrado como Profesor Asociado a Tiempo Completo en el Departamento Académico de Arquitectura de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo; habiendo ingresado a prestar servicios a partir del 22 de julio de 2010. Que, mediante escrito de fecha 11 de julio del 2022, el servidor docente Hugo César Gómez Tone, solicita Licencia con Goce de Remuneraciones por Capacitación Ofi cializada, a partir del 05 hasta el 30 de junio del 2022, para asistir a una pasantía en la Universidad de La Laguna en España, para llevar a cabo acciones investigadoras e incorporándose al equipo de trabajo del grupo de investigación atRAe (Aplicación de Tecnologías de Realidad Aumentada en Educación). Que, la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, como única norma reguladora de la educación superior en el país, regula también el régimen de la carrera docente universitaria, estableciendo lo referido a la admisión, requisitos, promoción, funciones, clasi fi cación, deberes y derechos, entre otros, que corresponden al docente universitario, siendo que según el artículo 88º de la Ley Universitaria Nº 30220, concordante con el inciso 272.7 del artículo 272º del Estatuto de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, preceptúa que los docentes tienen derecho a: “(…) 88.7 Tener licencia con o sin goce de haber con reserva de plaza, en el sistema universitario. (…)”; de esta forma se tiene que, si bien la norma acotada reconoce el derecho de los Docentes a obtener licencias con goce de remuneraciones, no ha señalado los motivos por los cuales deban otorgarse, debiendo considerarse en este extremo lo detallado en el Estatuto Universitario vigente y el Reglamento General de Trabajo de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa. Que, de esta forma el Estatuto Universitario vigente, establece en su acápite 275.2 del artículo 275º que los docentes de la Institución tienen derecho a acceder a licencias con goce de sus haberes: “(…) 275.2 con fi nes de capacitación de posgrado en el país o en el extranjero. 275.3 Con fi nes comprobados de participación en eventos cientí fi cos en el país o en el extranjero (…)”, disposición