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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (03/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 69

69 NORMAS LEGALES Sábado 3 de setiembre de 2022 El Peruano / Nombran Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Amazonas, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chachapoyas RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1862-2022-MP-FN Lima, 2 de setiembre de 2022 VISTO Y CONSIDERANDO:El Informe Nº 18-2022-MP-FN-PJFSAMAZONAS, ofi cios Nros. 1225, 1422 y 1566-2022-MP-FN-PJFS, suscritos por el abogado Gilder Zapana Mayta, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas, O fi cio Nº 568-2022-MP-ODCI-AMAZONAS, cursado por el abogado Juan Zamora Núñez, Jefe de la Ofi cina Desconcentrada de Control Interno de Amazonas, informe Nº 002-2022-MP-FPPC-1°DI-CH-LVZ y o fi cio Nº 609-2022-MP-FPPC-1°D-CH, emitidos por la abogada Lourdes Valqui Zuta, Fiscal Adjunta Superior Provisional del Distrito Fiscal de Amazonas, designada en el Despacho de la Fiscalía Superior Penal de Amazonas, ejerciendo en ese entonces el cargo de Fiscal Provincial Titular Penal Corporativa de Chachapoyas, Distrito Fiscal de Amazonas, designada en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chachapoyas, e informe Nº 156-2022-MP-FN-AGI-AMAZONAS, elaborado por el señor Luis Eduardo Pesantes Gutiérrez, Analista Administrativo – Responsable del Área de Gestión e Indicadores de Amazonas. Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 848-2016-MP-FN, de fecha 22 de febrero de 2016, se nombró a la abogada Carmen Rosa Alarcón Montenegro, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Amazonas, desempeñándose actualmente en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chachapoyas, en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 4090-2016-MP-FN, de fecha 23 de septiembre de 2016. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal. Que, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que no existe una equiparación entre los magistrados nombrados por concurso y los provisionales, dado que la provisionalidad es limitada en el tiempo y siempre sujeta a condición resolutoria. Asimismo, dicho tribunal destacó la diferencia en el ordenamiento interno peruano entre fi scales provisionales y fi scales provisionales no titulares (Caso Casa Nina vs. Perú). Que, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “suplencia o provisionalidad, como tal constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; lo antes mencionado tendría sustento en que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual, se tiene que la provisionalidad de los fi scales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, como parte de su política de gestión, y considerando que la vigencia de los nombramientos y designaciones de los magistrados provisionales no deben extenderse inde fi nidamente en el tiempo más aún si se tiene en cuenta que los nombramientos provisionales deben constituir una situación de excepción y no la regla; resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a efectos de reorganizar el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chachapoyas, para lo cual deberá darse por concluido el nombramiento y designación del personal fi scal que ocupa provisionalmente la plaza señalada en el segundo párrafo, así como, previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al reemplazo correspondiente que ocupe provisionalmente el referido cargo, los mismos que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el término del presente ejercicio fi scal, esto es el 31 de diciembre de 2022, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Que, estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 158° y 159° de la Constitución Política del Perú; y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Carmen Rosa Alarcón Montenegro, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Amazonas, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chachapoyas, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 848 y 4090-2016-MP-FN, de fechas 22 de febrero y 23 de septiembre de 2016, respectivamente, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo.- Nombrar a la abogada Victoria De La Cruz López, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Amazonas, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chachapoyas, con reserva de su plaza de origen. Artículo Tercero.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2022, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a las abogadas mencionadas. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2101878-1 Dan por concluido nombramiento de Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal Del Santa RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1863-2022-MP-FN Lima, 2 de setiembre de 2022VISTOS Y CONSIDERANDO:El informe Nº 31-2022-MP-FN-PJFSSANTA, suscrito por la abogada Aura Violeta Carrasco Chapoñán, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal Del Santa, y los o fi cios Nros. 179 y 180-2022-MP- FN-ODCI-SANTA, cursados por el abogado Juan Carlos Fernández Linares, Fiscal Adjunto Superior Provisional del Distrito Fiscal Del Santa, designado en la O fi cina Desconcentrada de Control Interno del Santa, informe Nº 001-2022-FES-ODCI-SANTA, suscrito por