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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (03/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 64

64 NORMAS LEGALES Sábado 3 de setiembre de 2022 El Peruano / de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de conformidad con las consideraciones invocadas; SE RESUELVE:Primero.- DISPONER el cumplimiento obligatorio de las medidas descritas en los numerales 1 al 13 de la presente resolución, por parte de los jueces de todos los niveles y del personal jurisdiccional y administrativo de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada en el periodo comprendido del 01 al 30 de septiembre de 2022. Segundo.- PONER EN CONOCIMIENTO la presente resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a la Ofi cina de Control de la Magistratura, a la Gerencia de Informática del Poder Judicial, de los jueces de todas las instancias, de la O fi cina de Administración de la CSN, de la Administración del Módulo del Código Procesal Penal, de los relatores, de las secretarias de sala, de los responsables de áreas, del jefe de seguridad, así como al personal jurisdiccional y administrativo, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese donde corresponda. OCTAVIO CESAR SAHUANAY CALSIN Presidente de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada 1 En donde se señala que los magistrados de todos niveles –que no sean vulnerables- que realizan trabajo presencial diario deben registrar sus ingresos y salidas en los registros de asistencia diaria establecidos para tal fi n, los cuales se encuentran, respecto a los Juzgados de Investigación Preparatoria, en la sede Tacna y de los Juzgados Penales Colegiados Nacionales, en la sede GNB, con el juez especializado de mayor antigüedad de cada uno de estos. Respecto a los jueces superiores, los registros se encuentran en la Presidencia de la Sala a la que pertenecen. 2 Ello conforme al apartado 3.1.3. de la R.A. Nº 000329-2022-CE-PJ. 3 Ello conforme al apartado 3.2.3 de la R.A. Nº 000329-2022-CE-PJ. 4 Conforme al Artículo Cuarto de la R.A. Nº 000329-2022-CE-PJ que señala: “Artículo Cuarto. Disponer que los Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia del país, efectúen una reevaluación del trabajo remoto que realizan los jueces y juezas que se encuentran en situación de vulnerabilidad, a fi n que realicen trabajo presencial. Asimismo, exhortar a los trabajadores y trabajadoras de los Distritos Judiciales del país, que cuentan con la dosis completa de vacunación, a que se incorporen a sus labores en virtud a su compromiso con el usuario/a judicial y el servicio de administración de justicia”. 5 La Resolución Ministerial Nº 1275-2021/MINSA de fecha 01 de diciembre de 2021 derogó la Resolución Ministerial Nº 972-2020/MINSA de fecha 27 de noviembre de 2020 y aprobó la Directiva Administrativa Nº 321-MINSA/ DGIESP-2021 “Directiva Administrativa que establece las disposiciones para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a SARS COVID-2” que señala en su apartado 6.2.4 que los trabajadores que se encuentren en alguno de los grupos de riesgo deben realizar prioritariamente trabajo remoto. Asimismo, mediante la Resolución Ministerial Nº 834-2021/MINSA de fecha 07 de julio de 2021, modi fi cada por la Resolución Ministerial Nº 938-2021/MINSA de fecha 26 de julio de 2021, se aprobó el “Documento Técnico: Manejo ambulatorio de personas afectadas por la COVID-19” que en su apartado 7.5. considera como factores de riesgo individuales asociados al desarrollo de complicaciones relacionadas al COVID-19, a las siguientes enfermedades: cáncer, enfermedad renal crónica, enfermedad pulmonar crónica: EPOC (enfermedad pulmonar Obstructiva Crónica), fi brosis quística, fi brosis pulmonar, hipertensión pulmonar, asma grave o no controlada, afecciones cardiacas, tales como insu fi ciencia cardiaca, enfermedad de arterias coronarias o miocardiopatías, diabetes mellitus tipo 1 y tipo 2,obesidad (IMC >30), personas inmunodeprimidas por inmunode fi ciencias primarias, uso prolongado de corticoides u otros medicamentos inmunosupresores, receptores de trasplantes de órganos sólidos o células madres sanguíneas, enfermedad cerebrovascular (infarto o hemorragia cerebral), hipertensión arterial, síndrome de Down, infección por HIV, gestantes y puérperas y edad: 60 años a más (es un factor de riesgo independiente, se debe de considerar que el riesgo de enfermedad severa se incrementa con cada quinquenio a partir de los 40 años). 6 Conforme a los artículos quinto y noveno de la R.A. Nº 000329-2022-CE-PJ en donde se señala: Artículo Quinto. “Disponer que los Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia del país; así como las O fi cinas Desconcentradas de Control de la Magistratura, supervisarán el trámite de los expedientes y la producción jurisdiccional de los jueces y juezas que realizan trabajo presencial, mixta o remoto. El personal jurisdiccional y administrativo deberá justifi car el trabajo remoto diario que realizan ante el/la jefe/a inmediato”. Artículo Noveno. “(…) Asimismo, establecer que las O fi cinas Distritales de Productividad Judicial reciban la información sobre la labor jurisdiccional que remitan los Presidentes de las Salas Superiores Especializadas y Mixtas de las Cortes Superiores de Justicia del país. Los Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia del país, remitirán al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial copia de la mencionada información, para su análisis por la O fi cina de Productividad Judicial; conforme a lo establecido en la Resolución Administrativa N° 000316-2021-CE-PJ”. 7 A fi n de garantizar el servicio de justicia al ciudadano se debe precisar que los correos electrónicos implementados para citas de las Mesas de Partes se extenderán hasta el 30 de septiembre de 2022, estando a su implementación en la CSN en el mes de abril de 2021, el aplicativo de citas electrónicas para Mesa de Partes en la página web del Poder Judicial. 2101717-1 ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje del Presidente del Banco Central de Reserva del Perú para participar en evento a realizarse en Suiza RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0014-2022-BCRP-N Lima, 31 de agosto de 2022CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido la invitación del Banco de Pagos Internacionales (BIS) para que el Presidente del Banco Central de Reserva del Perú participe en la reunión bimestral de Gobernadores en la ciudad de Basilea, Suiza, los días 11 y 12 de setiembre de 2022; A esta reunión asistirán los Gobernadores de los Bancos Centrales miembros del BIS, así como representantes de organismos multilaterales, quienes examinarán la evolución económica y fi nanciera internacional. Además, debatirán asuntos concretos de política económica relacionados con la estabilidad monetaria y fi nanciera internacional; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N°27619 y su Reglamento, el Decreto Supremo N°047-2002-PCM, así como por sus normas modi fi catorias y conforme a lo acordado por el Directorio en su sesión del 23 de junio de 2022; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la misión en el exterior del Presidente, señor Julio Velarde Flores, a la ciudad de Basilea, Suiza, los días 11 y 12 de setiembre de 2022, así como el pago de los gastos, a fi n de que participe en las reuniones indicadas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasajes US$ 4 619,44 Viáticos US$ 1 960,00TOTAL US$ 6 579,44 Artículo 3°.- Esta Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese.JULIO VELARDE Presidente 2101913-1