NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (03/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 104
TEXTO PAGINA: 78
78 NORMAS LEGALES Sábado 3 de setiembre de 2022 El Peruano / Electoral y Coordinación Regional, de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Dejar sin efecto el “ Protocolo para garantizar el derecho al voto de las personas trans en la jornada electoral ” con Código OD20-GOECOR/JEL, versión 01, aprobado mediante la Resolución Jefatural Nº 001663-2022-JN/ONPE. Artículo Segundo.- Aprobar el “ Protocolo para garantizar el derecho al voto de las personas trans y no binarias en la jornada electoral ” con Código OD20- GOECOR/JEL” – Versión 02, que en anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Tercero.- El documento citado en el artículo precedente es de cumplimiento obligatorio por el personal de la entidad y/o ciudadanos intervinientes en los procesos electorales de acuerdo al alcance contenido en el mismo. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, y de la resolución y su anexo en el portal institucional www.onpe.gob.pe y en el portal de Transparencia de la Entidad, dentro del plazo de tres (03) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese.PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS Jefe 2101741-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Aprueban la Política de Integridad y Lucha Contra la Corrupción del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000146-2022/JNAC/RENIEC Lima, 2 de septiembre de 2022VISTOS:La Hoja de Elevación N° 000063-2022/OIR/ RENIEC (25AGO2022) emitida por la O fi cina de Integridad y Riesgos, los Memorandos N° 000423-2022/OPP/RENIEC (24AGO2022) y N° 000433-2022/OPP/RENIEC (26AGO2022) emitidos por la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, el Informe N° 000065- 2022/OPP/UPE/RENIEC (24AGO2022) de la Unidad de Plani fi cación y Estadística de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto; el Informe N° 000119-2022/OPP/URM/RENIEC (25AGO2022) de la Unidad de Racionalización y Modernización de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, el Informe N° 000715-2022/OAJ/RENIEC (01SET2022) de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que mediante Ley N° 26497, se creó el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC), con arreglo a los artículos 177° y 183° de la Constitución Política del Perú, como un organismo constitucionalmente autónomo con personería jurídica de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y fi nanciera, encargada de organizar y mantener el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que mediante Decreto Supremo N° 092-2017-PCM, se aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, la cual renueva el compromiso del Estado por erradicar la corrupción en todas sus instancias y a través de sus lineamientos generales y especí fi cos orienta las acciones y estrategias que despliega el Estado a través del instrumento de gestión que con fi gura el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, así como aquellos planes o instrumentos de gestión conexos a la política nacional; Que a través del Decreto Supremo N° 042-2018- PCM, se establecen medidas para fortalecer la integridad pública y lucha contra la corrupción con el objeto de orientar la correcta, transparente y e fi ciente actuación de los servidores públicos y de las entidades señaladas en el artículo I del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por D.S Nº 004-2019-JUS, con la fi nalidad de contribuir al cumplimiento de las políticas en materia de integridad pública, como parte de las acciones de prevención y lucha contra la corrupción para la consolidación de la democracia, el estado de derecho y el buen gobierno; Que la Única Disposición Complementaria Transitoria, del Decreto Supremo N° 180-2021-PCM, dispone la vigencia del Modelo de Integridad, instrumento previsto en la Tabla N° 11 del Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, aprobado por el Decreto Supremo N° 044-2018-PCM, para las entidades del sector público, hasta la actualización de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción; este instrumento facilita a las entidades públicas la implementación de una estructura de prevención de la corrupción; y, cuyo desarrollo corresponde a estándares internacionales y buenas prácticas planteadas desde la cooperación internacional con la fi nalidad de mejorar la organización de la administración pública para promover la integridad y luchar contra la corrupción; Que a través del Decreto Supremo Nº 164-2021-PCM, se aprobó la Política General de Gobierno para el periodo 2021-2026, la cual establece como uno de los ejes prioritarios de dicha Política General, el fortalecimiento del sistema democrático, seguridad ciudadana y lucha contra la corrupción, narcotrá fi co y terrorismo; Que la O fi cina de Integridad y Riesgos, de acuerdo a lo señalado en el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 000086-2021/JNAC/RENIEC (04MAY2021), en su calidad de órgano de asesoramiento de la Alta Dirección, encargada del planeamiento, programación, ejecución y supervisión de las políticas, planes y estrategias en materia de integridad, ética pública y lucha contra la corrupción de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, a través de los documentos de vistos, propone y solicita la aprobación de la Política de Integridad y Lucha Contra la Corrupción del RENIEC; Que la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, sobre la base de lo señalado por la Unidad de Racionalización y Modernización a su cargo, a través de los documentos de vistos ha emitido opinión favorable respecto a la aprobación de la Política de Integridad y Lucha Contra la Corrupción del RENIEC, señalando que la misma se encuentra alineada a las políticas de estado de gobierno emitidas sobre la materia; Que asimismo, a través de los documentos de vistos, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable la emisión de la resolución que apruebe la Política de Integridad y Lucha Contra la Corrupción del RENIEC; Que en el numeral 1 y 2 del artículo 10 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, se dispone que, sin perjuicio de lo establecido en su artículo 4, se deben publicar obligatoriamente otras disposiciones legales tales como resoluciones administrativas o similares de interés general y de observancia obligatoria cuando su contenido proporcione información relevante y sea de interés para los usuarios de los servicios que presta la Administración Pública y cuando su difusión permita establecer mecanismos de transparencia en la gestión pública, así como control y participación ciudadana; y, Que de otro lado, mediante Resolución Jefatural N° 000145-2022/JNAC/RENIEC (01SET2022), se encarga con retención de su cargo, a la señora Gabriela