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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (11/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Domingo 11 de setiembre de 2022 El Peruano / 6 Aprobado por la Resolución Nº 0943-2021-JNE, publicada el 18 de diciembre de 2021, en el diario o fi cial El Peruano . 7 Constitución Política del Perú 1993 DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS […] Interpretación de los derechos fundamentales Cuarta.- Las normas relativas a los derechos y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretan de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y con los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias rati fi cados por el Perú. 2104209-1 Convocan a ciudadanos para que asuman, provisionalmente, el cargo de alcalde y regidora del Concejo Distrital de Chancay, provincia de San Marcos, departamento de Cajamarca RESOLUCIÓN Nº 2792-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022016935 CHANCAY - SAN MARCOS - CAJAMARCALICENCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, diecisiete de agosto de dos mil veintidós VISTOS: los O fi cios Nº 183-2022-MDCH/A y Nº 239-2022-MDCH/A, presentados el 6 de junio y 15 de junio de 2022, respectivamente, por don Alexander Sánchez Cotrina, primer regidor del Concejo Distrital de Chancay, provincia de San Marcos, departamento de Cajamarca (en adelante, señor recurrente), por medio de los cuales comunicó la licencia concedida a don Fernando Luis Valqui Tapia, alcalde de la citada comuna (en adelante, señor alcalde), con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (ERM 2022). PRIMERO. ANTECEDENTES 1.1. Con el o fi cio del 6 de junio de 2022, referido en el visto, el señor recurrente informó de la solicitud de licencia sin goce de haber presentada por el señor alcalde, a fi n de que se convoque a su reemplazo correspondiente. Para tal efecto, adjuntó el Acuerdo de Concejo Nº 002-2022 AC/MDCH, del 3 de junio del año en curso, que aprobó dicha licencia a partir del 4 de junio hasta el 2 de octubre del mismo año, para su participación en las ERM 2022. 1.2. Por el O fi cio Nº 08326-2022-SG/JNE, del 14 de julio de 2022, la Secretaría General de este órgano electoral solicitó al señor recurrente que remita el acta de sesión ordinaria de concejo y la solicitud de licencia sin goce de haber presentada por el señor alcalde. 1.3. A través del O fi cio Nº 239-2022-MDCH/A, el señor recurrente remitió la documentación requerida. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú 1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación. En la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales (en adelante, LER) 1.2. Los literales b del numeral 4 del artículo 14 prescriben que están impedidos de ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales, salvo que soliciten licencia sin goce de haber ciento veinte (120) días antes de la fecha de elecciones, los alcaldes que deseen postular al cargo de consejero regional y los regidores que deseen postular al cargo de presidente (gobernador), vicepresidente (vicegobernador) o consejero regional. En la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM) 1.3. El artículo 24 determina que en caso de ausencia del alcalde lo reemplaza el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral, y a los regidores lo reemplazan los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral. En el Decreto Supremo Nº 001-2022-PCM 1 1.4. Mediante este decreto supremo, el Presidente de la República convocó a las ERM 2022 para el domingo 2 de octubre del mismo año, con el objeto de elegir a gobernadores, vicegobernadores, consejeros regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de la República. En la Resolución Nº 0918-2021-JNE, que aprobó las disposiciones aplicables a las personas vinculadas a la función pública que deben renunciar o solicitar licencia como requisito para presentar sus candidaturas en las ERM 2022 2 1.5. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) precisó, entre otros, el plazo para que los funcionarios presenten su solicitud de licencia sin goce de haber con el propósito de participar en las ERM 2022. Así, el acápite 4.1. del numeral 4 de la parte resolutiva dispuso: 4.1. Las solicitudes de licencia deben ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el 6 de junio de 2022 (120 días calendario antes de las elecciones), conforme a los fundamentos expuestos en el segundo párrafo del considerando 1.12. de la presente resolución. En la Resolución Nº 0919-2021-JNE, que aprobó los mecanismos de reemplazo de las autoridades regionales y municipales que renuncien o soliciten licencias para participar como candidatos en las ERM 2022 3 1.6. El Pleno del JNE estableció, entre otros, los casos de licencia sin goce de haber de las autoridades regionales y municipales que soliciten con el propósito de participar como candidatos en la ERM 2022. De tal forma, los acápites 3.2. y 3.3. del numeral 3 de la parte resolutiva disponen: 3.2. Si el alcalde solicita licencia, el primer regidor o en su defecto el que corresponda en el orden de prelación, asume inmediatamente las funciones, mientras dure la licencia. 3.3. La expedición de credenciales provisionales debe solicitarse al Jurado Nacional de Elecciones en el plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la presentación de la solicitud de licencia. En el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones 4 (en adelante, Reglamento) 1.7. El artículo 16 contempla lo siguiente: Todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán noti fi cadas con los pronunciamientos o actos administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas habilitadas. En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según