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33 NORMAS LEGALES Sábado 16 de diciembre de 2023 El Peruano / RELACIONES EXTERIORES Decreto Supremo que modifica el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2023 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 DECRETO SUPREMO Nº 035-2023-RE LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, se aprueba el “Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2023”, en donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el Año Fiscal 2023; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 1.4 del artículo 1 de la referida Ley, durante el Año Fiscal 2023, previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, se puede modi fi car el Anexo B sin exceder el monto total por pliego señalado en dicho Anexo, mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Relaciones Exteriores, lo que no comprende la inclusión de cuotas adicionales a las contempladas en el referido Anexo. En la referida modi fi cación del Anexo B es posible exceder el monto total por pliego, en los casos de incremento de la cuota por efecto del diferencial cambiario o modi fi cación del monto de la cuota de los organismos internacionales no fi nancieros de los cuales el Perú es país miembro; Que, el numeral 69.2 del artículo 69 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que la modi fi cación de los montos de las cuotas internaciones incluidas en el citado anexo, se aprueba mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último; Que, el Pliego Instituto Geográ fi co Nacional – IGN se encuentra en la lista de pliegos presupuestales contenida en el Anexo B de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, en el cual se ha consignado a su cargo el pago de la cuota anual a favor del Instituto Panamericano de Geografía e Historia por un importe de S/ 22 738,00 (veintidós mil setecientos treinta y ocho soles); no obstante, el monto resulta insufi ciente, dado que la cuota para el Año Fiscal 2023 asciende a US$ 6 794,00 (seis mil setecientos noventa y cuatro y 00/100 dólares americanos) equivalente a S/ 26 272,00 (VEINTISÉIS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS Y 00/100 SOLES). Dicha suma se fi nanciará con cargo al presupuesto institucional del Pliego 332: Instituto Geográ fi co Nacional – IGN, fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; Que, en ese sentido, corresponde emitir el Decreto Supremo que modi fi que el Anexo B: Cuotas Internacionales – Año Fiscal 2023 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios del Pliego 332: Instituto Geográ fi co Nacional; a fi n de atender el pago de la cuota anual a favor del Instituto Panamericano de Geografía e Historia (IPGH); Que, en virtud de lo señalado en el numeral 1 del inciso 28.1 del artículo 28 del Reglamento que desarrolla el marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2021-PCM, el presente proyecto normativo se considera excluido del alcance del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante; De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; en la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; y, en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. DECRETA:Artículo 1.- Modi fi cación Se modi fi ca el Anexo B: Cuotas Internacionales – Año Fiscal 2023 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Pliego 332: Instituto Geográ fi co Nacional, respecto del siguiente organismo internacional: PLIEGO PRESUPUESTARIO MONTO PERSONA JURÍDICA DEFENSA 332: Instituto Geográ fi co Nacional S/ 26 272,00Instituto Panamericano de Geografía e Historia (IPGH) Artículo 2.- Afectación presupuestal Se dispone que los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto Supremo se ejecuten con cargo al presupuesto de Pliego 332: Instituto Geográ fi co Nacional. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro de Defensa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa JAVIER GONZÁLEZ OLAECHEA FRANCO Ministro de Relaciones Exteriores 2245172-1 Aceptan renuncia de Asesor en el Despacho Ministerial de Relaciones Exteriores RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0840-2023-RE Lima, 14 de diciembre de 2023VISTAS: La carta del señor Germán Rodolfo Escuza Rueda, de fecha 12 de diciembre de 2023, mediante la cual renuncia al cargo de Asesor en el Despacho Ministerial de Relaciones Exteriores; la Hoja de Trámite (GAB) N° 2073, del Despacho Ministerial de Relaciones Exteriores, de fecha 12 de diciembre de 2023; y, la Hoja de Trámite (SGG) N° 2409, de la Secretaría General, de fecha 13 de diciembre de 2023; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 0223-2023- RE, se designó al señor Germán Rodolfo Escuza Rueda en el cargo de con fi anza de Asesor en el Despacho Ministerial de Relaciones Exteriores, a partir del 1 de abril de 2023; Que, el señor Germán Rodolfo Escuza Rueda ha presentado su renuncia al cargo de Asesor en el Despacho Ministerial de Relaciones Exteriores, precisando que ocupará el puesto en cuestión hasta el 31 de diciembre de 2023, haciéndose efectiva su renuncia a partir del 1 de enero de 2024; Que, a través de la Hoja de Trámite (GAB) N° 2073 el Despacho Ministerial de Relaciones Exteriores, solicitó considerar que el señor Germán Rodolfo Escuza Rueda ocupará el puesto de Asesor en dicho órgano de Alta Dirección hasta el 31 de diciembre de 2023;