Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (16/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Sábado 16 de diciembre de 2023 El Peruano / Informático para la remisión de la Información de Reclamos de los Usuarios de las IAFAS, IPRESS o UGIPRESS”, aprobado mediante Resolución de Superintendencia N° 030-2020-SUSALUD/S; la misma que queda redactada en los siguientes términos: “PRIMERA.- Plazo de adecuaciónLos plazos de adecuación son como sigue:• La IAFAS para la adecuación de sus sistemas y/o servicios para la remisión de los reclamos a SUSALUD, tiene un plazo que se vence el 31 de marzo del 2021. • La IPRESS, para la adecuación de sus sistemas y/o servicios para la remisión de los reclamos a SUSALUD, conforme a su nivel tiene el siguiente plazo: - IPRESS del nivel III tienen un plazo que se vence el 31 de marzo del 2022. Si en dicho plazo, una IPRESS cambia a nivel II o inferior se aplica el plazo asignado a éste nivel. - IPRESS del nivel II, tienen un plazo que se vence el 30 de junio del 2024. Si en dicho plazo, una IPRESS cambia a nivel I-4 o inferior se aplica el plazo asignado a dicho nivel. - IPRESS de nivel I-4, tienen un plazo que se vence el 30 de junio del 2025. Si en dicho plazo, una IPRESS cambia a nivel II mantendrá el plazo asignado a la categoría I-4; de cambiar a un nivel inferior se aplica el plazo asignado al nivel inferior. - IPRESS de nivel I-1, I-2 o I-3, tienen un plazo que se vence el 31 de diciembre del 2026. El envío de la información cuando depende de una UGIPRESS queda a cargo de ésta; cuando no se encuentren organizadas bajo una UGIPRESS o Unidad Ejecutora, la obligación de remitir información a SUSALUD recae en el máximo responsable de la IPRESS. Si en dicho plazo, una IPRESS cambia a nivel I-4 o superior se aplica el plazo asignado al nivel que se encontraba al momento de publicación de la norma. El inicio de la obligatoriedad del envío de la información de reclamos a SUSALUD es a partir del primer día del mes siguiente del plazo máximo señalado para la adecuación establecida en la Presente Disposición Complementaria Transitoria.” Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en la misma fecha, en la página web institucional (www.gob.pe/susalud). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS VELASCO GUERRERO Superintendente 2245149-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Cesan por límite de edad a Jueza Especializada Penal titular de Chiclayo, Corte Superior de Justicia de Lambayeque Presidencia del Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000169-2023-P-CE-PJ Lima, 11 de diciembre del 2023VISTO: El O fi cio N° 000027-S-2023-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial, con relación al cese por límite de edad de la señora María Betty Rodríguez Llontop, Jueza Especializada Penal titular de Chiclayo, Corte Superior de Justicia de Lambayeque, quien actualmente se desempeña como Jueza Superior provisional de la citada Corte Superior. CONSIDERANDO:Primero. Que, el Consejo Nacional de la Magistratura mediante Resolución N° 696-2009-CNM, de fecha 23 de diciembre de 2009, nombró a la señora María Betty Rodríguez Llontop en el cargo de Jueza Especializada Penal titular de Chiclayo, de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. Segundo. Que, el cargo de juez/a termina, entre otras causales, por alcanzar la edad límite de setenta años, conforme lo establece el artículo 107°, numeral 9), de la Ley de la Carrera Judicial. Tercero. Que, al respecto, del O fi cio N° 000027-S-2023-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial; así como de la fi cha del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, partida de nacimiento y el documento nacional de identidad, que se adjuntan en fotocopia, aparece que la nombrada jueza nació el 13 de diciembre de 1953; y que el 13 de diciembre del año en curso cumplirá setenta años; por lo que corresponde disponer su cese por límite de edad, de conformidad con lo establecido en la precitada normatividad. Cuarto. Que, asimismo, es menester tener en consideración que mediante Resolución Administrativa N° 258-2017-CE-PJ, del 14 de agosto de 2017, se dispuso que el cese por límite de edad, a que se re fi ere el artículo 107º, inciso 9), de la Ley de la Carrera Judicial, se ejecutará el día siguiente en que el juez/a cumple setenta años. En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolución Administrativa N° 101-2011-CE-PJ, del 16 de marzo de 2011. RESUELVE:Artículo Primero.- Cesar por límite de edad, a partir del 14 de diciembre del año en curso, a la señora María Betty Rodríguez Llontop en el cargo de Jueza Especializada Penal titular de Chiclayo, Corte Superior de Justicia de Lambayeque, quien actualmente se desempeña como Jueza Superior provisional de la citada Corte Superior; dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Comunicar a la Junta Nacional de Justicia que se ha producido una plaza vacante de Juez Especializado Penal de Chiclayo en la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, para las acciones respectivas. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Junta Nacional de Justicia, Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Gerencia General del Poder Judicial; y a la mencionada jueza, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.CESAR EUGENIO SAN MARTIN CASTRO Presidente (e) 2245025-1 Disponen medidas administrativas en el Distrito Judicial de Lima Norte Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000517-2023-CE-PJ Lima, 14 de diciembre del 2023