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102 NORMAS LEGALES Sábado 23 de diciembre de 2023 El Peruano / DE SANEAMIENTO GRAU SOCIEDAD ANÓNIMA-EPS GRAU S.A., con cargo a los recursos asignados en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, destinada a fi nanciar la Ficha Técnica: F-01-GO, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal 2023 de la Sección Primera: Gobierno Central, Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento-OTASS, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000857: Prestadores reciben Asistencia Técnica y Financiera para la prestación del servicio, Actividad 5006196: Asistencia Técnica y Financiera a los Prestadores, Meta Presupuestal 007: Asistencia fi nanciera para el fortalecimiento de capacidades de las EPS, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Categoría de Gasto 6: Gastos de capital, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias; Sub Genérica de Gasto 2.4.2: Donaciones y Transferencias de Capital, Detalle de la Especí fi ca de Gasto: 2.4.2.3.1.4: A otras Entidades Públicas. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución son destinados exclusivamente, bajo responsabilidad, a los fi nes para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo y seguimiento El órgano competente del OTASS, realiza el monitoreo y seguimiento al cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se trans fi eren los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 5.- Copia informativa Remitir copia informativa de la presente Resolución a la O fi cina de Administración, a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, a la Dirección de Gestión y Financiamiento, a la Dirección de Operaciones, a la Dirección de Monitoreo y Evaluación, y a la ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO GRAU SOCIEDAD ANÓNIMA-EPS GRAU S.A., para los fi nes correspondientes. Artículo 6.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del OTASS (www.gob.pe/otass). Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ERNESTO BENITES SARAVIA Director Ejecutivo ANEXO ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO GRAU SOCIEDAD ANÓNIMA-EPS GRAU S.A. N° CÓDIGO DE FICHANOMBRE DE LA ACCION PRESUPUESTO S/ 1 F-01-GO“RENOVACION DE RED DE ALCANTARILLADO Y BUZON; EN EL (LA) SISTEMA DEALCANTARILLADO EN LA AV. RAMIRO PRIALE ENTRE JR. SANTA ROSA DE LIMA Y AV. LAS BEGONIAS,DISTRITO DE PAITA, PROVINCIA DE PAITA, DEPARTAMENTO PIURA”, CUI 2620553.3,664,295.00 MONTO A TRANSFERIR (S/) 3,664,295.00 2247495-1Formalizan Acuerdo que aprueba el “Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2023 Modificado Versión 3” del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 000198-2023-OTASS-DE Lima, 22 de diciembre de 2023VISTOS: El Informe Nº 000435-2023-OTASS-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Legal N° 000414-2023-OTASS/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, y sus modi fi catorias, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento- OTASS, en adelante el OTASS, es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, fi nanciera y administrativa, con competencia a nivel nacional y constituye pliego presupuestario y es competente para promover y ejecutar la política del Ente rector en materia de gestión y administración de la prestación se los servicios de agua potable y saneamiento; y, la política de integración de prestadores; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 003-2017/CEPLAN/PCD, y sus modi fi catorias, CEPLAN aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua, aplicable para las entidades que integran el Sistema Nacional del Planeamiento Estratégico en los tres niveles de gobierno, en adelante la Guía para el Planeamiento Institucional; Que, el primer párrafo del numeral 4.2. de la Guía para el Planeamiento Institucional, dispone entre otros, que, para el planeamiento institucional, el Titular de la entidad conforma una Comisión de Planeamiento Estratégico bajo su liderazgo, en la cual participan tanto funcionarios de la Alta Dirección como aquellos a cargo de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, y otros que el órgano resolutivo designe, dependiendo de la estructura organizacional de la entidad; Que, el citado numeral 4.2 de la Guía para el Planeamiento Institucional, agrega que es función de la Comisión de Planeamiento Estratégico, entre otros, priorizar los Objetivos Estratégicos Institucionales-OEI, Acciones Estratégicas Institucionales-AEI y Actividades Operativas e Inversiones y validar el documento del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI); Que, el numeral 6.3 de la Guía para el Planeamiento Institucional establece que el POI se modi fi ca cuando se presentan, entre otras, las siguientes circunstancias: a) Cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e Inversiones, que estén relacionados al mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización; y, por b) Incorporación de nuevas Actividades Operativas e inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el Legislativo, entre otros que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del PEI; Que, mediante la Resolución Directoral N° 016-2019-OTASS/DE, de fecha 18 de febrero de 2019, se conforma la Comisión de Planeamiento Estratégico del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento-OTASS, en adelante la Comisión de Planeamiento Estratégico del OTASS;