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147 NORMAS LEGALES Sábado 23 de diciembre de 2023 El Peruano / al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, el artículo 2° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, el artículo 73º de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece como funciones municipales, en materia de servicios públicos locales, la función de seguridad ciudadana; Que, mediante Ley Nº 27933, se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) con la fi nalidad de coordinar e fi cazmente la acción del Estado y promover la participación ciudadana para garantizar una situación de paz social, estableciendo en su artículo 4º como componentes de este sistema a los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana - CODISEC, los cuales son encargados de proponer ante el Concejo Municipal los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana, así como ejecutar los mismos en sus jurisdicciones; Que, el numeral 17.5 del artículo 17° de la Ley N° 27933, que aprueba la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, establece que el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana, cumple las funciones de promover planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana, conforme así lo señala taxativamente: a) “17.5 El Comité Distrital de Seguridad Ciudadana tiene las siguientes funciones: b) Proponer ante la Municipalidad Distrital la aprobación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadano alineado al Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana, elaborado bajo un enfoque de gestión por resultados e intercultural y articulado con los instrumentos del SINAPLAN; y, asimismo, evaluar su cumplimiento. c) Proponer ante la Municipalidad Distrital la aprobación de planes, programas y proyectos locales de seguridad ciudadana, en el marco de los lineamientos establecidos en el Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana, articulando con las entidades públicas y la sociedad civil. d) Promover y articular estrategias de prevención de la violencia y el delito, dando prioridad a los territorios más vulnerables de la jurisdicción, tomando en consideraciónlas particularidades culturales y lingüísticas de la población (…)” Que, el artículo 26° del Reglamento de la Ley N° 27933, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2014-IN, establece que el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) es una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el ámbito distrital; precisando que articula las relaciones entre las diversas entidades del sector público y el sector privado que forman parte del SINASEC a nivel distrital; Que, mediante Resolución Ministerial N° 2056-2019- IN de fecha 20 de diciembre de 2009, se aprueba entre otras, la Directiva N° 006-2023-IN-DGSC denominada “Lineamientos técnicos y procedimientos para el diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana”; Que, la Directiva N° 006-2023-IN-DGSC, tiene como fi nalidad, garantizar la adecuada formulación, aprobación, implementación y actualización de los Planes de Acción Regional, Provincial y Distrital de Seguridad Ciudadana elaborados en el marco de las políticas en materia de seguridad ciudadana de fi nidas por el sector interior; Asimismo, la Directiva antes mencionada, establece los lineamientos técnicos para la formulación, implementación y actualización de los planes de acción regional, provincial y distrital de seguridad ciudadana. Además, tiene alcance nacional, y es de cumplimiento obligatorio para los órganos del Ministerio del Interior, los integrantes de los Comités Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana y sus Secretarías Técnicas, en el marco de sus competencias, cuya responsabilidad de cumplimiento recae en los Comités Regionales de Seguridad Ciudadana (CORESEC), Comités Provinciales de Seguridad Ciudadana (COPROSEC) y Comités Distritales de Seguridad Ciudadana (CODISEC). Que, de acuerdo a la Directiva N° 006-2023-IN- DGSC la Secretaría Técnica del CODISEC – Pucusana remitió a los integrantes del CODISEC la propuesta con el Diagnóstico de Seguridad Ciudadana conforme a los lineamientos establecidos la Secretaría Técnica del CODISEC de Pucusana; Que, el anexo IV Cronograma de formulación y aprobación de los planes de acción de seguridad ciudadana de la Directiva N° 006-2023-IN-DGSC establece los tiempos de cada paso a seguir para la aprobación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2024-2027 a través del Consejo Municipal con una Ordenanza Municipal la cual deberá ser dentro del año de formulación. Que, mediante Acta de Sesión Ordinaria del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana Pucusana 2023, de fecha 25 de agosto del 2023, aprobaron por unanimidad la Matriz de Priorización de hechos delictivos para el PADSC 2024-2027 y el Diagnóstico de Seguridad Ciudadana para el PADSC 2024-2027; Que, mediante Acta de Sesión Ordinaria del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana Pucusana 2023 de fecha 27 de octubre del 2023, el CODISEC de Pucusana realizó una mesa de trabajo con la fi nalidad de formular el marco estratégico donde se estableció la matriz de actividades estratégicas, matriz de actividades nuevas y la matriz de inversiones públicas en materia de seguridad ciudadana, las mismas que deben estar alineados a los Planes Operativos Institucionales de cada entidad pública responsable de la ejecución; Que, mediante Acta de Sesión Ordinaria del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana Pucusana 2023, de fecha 17 de noviembre del 2023, aprobó por unanimidad el Marco Estratégico del PADSC 2024-2027; Que, mediante Acta de Sesión Extraordinaria del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana Pucusana 2023, de fecha 17 de noviembre del 2023, validó por unanimidad la Propuesta del Plan de Acción Distrital de Seguridad del Distrito de Pucusana 2024-2027; Que, mediante Memorándum N° 001-2023-MDP/ CODISEC de fecha 22 de noviembre del 2023 el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana – Pucusana, solicitó opinión presupuestal señalando también que las actividades establecidas en el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2024-2027 se encuentran dentro del Plan Operativo Institucional de las unidades orgánicas; Que, mediante Memorándum N° 403-2023-OGPP/ MDP de fecha 28 de noviembre del 2023 la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, opina por la procedencia de la aprobación del Plan Distrital de Seguridad Ciudadana 2024-2027, la misma que se encuentra vinculada al Objetivo Estratégico Institucional 02: Reducir los índices de Inseguridad Ciudadana que afectan a la Población y al Plan de Gobierno 2023-2026 de la presente gestión de la Municipalidad Distrital de Pucusana; Que, mediante Informe Legal N° 049-2023-OGAJ- MDP de fecha 29 de noviembre del 2023 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable por la procedencia de la Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2024-2027 de la Municipalidd Distrital de Pucusana; Que, mediante Memorándum N° 694-2023-GM/MDP de fecha 30 de noviembre del 2023 la Gerencia Municipal, estando a las opiniones técnicas y legales vertidas en los informes que anteceden, otorga conformidad y remite los