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133 NORMAS LEGALES Sábado 23 de diciembre de 2023 El Peruano / del 2023; en concordancia con la Resolución Decanal N° 648-2023-D-FCS-UNA; CONSIDERANDO: Que, tal como prescribe el primer párrafo del artículo 1° de la Ley N° 27619, denominada “Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos”, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; de ello se colige que, todo viaje al extranjero del rector y de docentes universitarios que irrogue gastos al Estado (en calidad de bolsa de viaje, viáticos, etc.), deberá ser publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” de forma obligatoria (énfasis y subrayado nuestro); Que, sobre la Publicación de viajes al exterior en el Diario O fi cial El Peruano, la Ley N° 27619, en concordancia con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que regula la Autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, respecto al contenido del acto de autorización, en su artículo 2°, dice lo siguiente: “La Resolución de autorización de viaje al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad”. En concordancia con lo señalado en su artículo 4° sobre la publicidad: “Las Resoluciones de autorización de viaje deberá publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje. En aquellos casos en que se haya requerido una permanencia mayor a la autorizada, se deberá acreditar especí fi camente la circunstancia que la motiva, siendo necesaria, además, la publicación de la autorización de mayor permanencia”. Finalmente su artículo 10°, señala en relación a la obligación de presentar informe: “Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.” (Énfasis nuestro); Que, en ese contexto, según el numeral 93.16 artículo 93° del Estatuto Universitario, aprobado con RAU N° 008-2023-AU-UNA, son atribuciones del Consejo Universitario: “Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del Rector y Vicerrectores, Decanos, Director de la Escuela de у Posgrado, docentes, funcionarios y estudiantes; así también recibir los informes correspondientes”. Consiguientemente, el numeral 116.12 del Artículo 116° de dicho cuerpo normativo, establece como atribución del Consejo de Facultad, conceder licencia al personal docente de la facultad, hasta por tres (03) meses, el mismo debe ser aprobado por Resolución Rectoral; Que, en el marco de lo normado precedentemente, en Consejo de Facultad Extraordinario del 26-09-2023, mediante RESOLUCIÓN DECANAL N° 648-2023-D-FCS-UNA; y, OFICIO N° 710-2023-D-FCS-UNA (13-04-2023), emitidos por la FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES de esta Casa Superior de Estudios, se propone a la instancia superior la Licencia por Capacitación con Goce de Haber a los Docentes de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Nacional del Altiplano Puno, Dr. Renzo Favianni Valdivia Terrazas de la Escuela Profesional de Arte, Dr. Javier Elias Mamani Gamarra de la Escuela Profesional de Ciencias de la Comunicación Social y Dr. Victor Vladimir Sotomayor Vargas, Mg. Roberto Arela Mamani y M.Sc. Rigoberto Pablo Pinto Rado del Departamento Académico de Humanidades, quienes participaran del “Coloquio Pensamiento Cultural Latinoamericano Descolonizador, durante la XXXI Edición del Evento Cientí fi co Crisol de la Nacionalidad Cubana, a desarrollarse en los días del 17 al 20 de octubre del 2023, organizado por la Casa de la Nacionalidad Cubana, Entidad de Ciencia e Innovación Tecnológica - Bayamo - Granma - Cuba; Que, del Plan de Viaje anexado al presente expediente administrativo, se desprende que la Casa de la Nacionalidad Cubana, Entidad de Ciencia e Innovación Tecnológica, promueve “El Coloquio Pensamiento Cultural Latinoamericano Descolonizador”, durante XXXI Edición del Evento Cientí fi co Crisol de la Nacionalidad Cubana, a celebrarse los días 17, 18, 19 y 20 de octubre de 2023 en la ciudad de Bayamo, Cuba. El coloquio se realizará en forma presencial bajo el lema “XXXI Edición del Evento Cientí fi co Crisol de la Nacionalidad Cubana (Bayamo, Cuba). Este evento convoca a profesionales, especialistas y académicos vinculados al estudio de la opinión pública desde las diversas áreas, tales como la ciencia política, economía, fi losofía, historia y por supuesto a la lingüística, quienes contribuirán a la discusión en torno a las temáticas planteadas. Que, consiguientemente, el Consejo Universitario Extraordinario del 17 de abril del año en curso, según transcripción contenida en el MEMORANDUM N° 899-2023-SG-UNA-PUNO (06-10-2023) de Secretaría General, autoriza el presente viaje; en concordancia con la Resolución Decanal N° 648-2023-D-FCS-UNA; Estando a la documentación sustentatoria que forma parte de la presente Resolución; contando con la respectiva CARTA DE INVITACIÓN (13-09-2023) del Especialista Principal de Investigación Casa de la Nacionalidad Cubana, PLAN DE VIAJE formulado para tal efecto; y, la opinión procedente de la O fi cina de Asesoría Jurídica de esta Universidad, signada con la OPINIÓN LEGAL N° 884-2023-OAJ-UNA-PUNO (04-10-2023); En el marco de las atribuciones conferidas por la Ley N° 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto Universitario y la Resolución de Asamblea Universitaria N° 009-2021-AU-UNA; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje a CUBA, en Comisión de Servicio con Goce de Haber a favor de los siguientes docentes de la FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES de la Universidad Nacional del Altiplano - Puno; para participar en el “Coloquio Pensamiento Cultural Latinoamericano Descolonizador, durante la XXXI Edición del Evento Cientí fi co Crisol de la Nacionalidad Cubana, Organizado por la Casa de la Nacionalidad Cubana, Entidad de Ciencia e Innovación Tecnológica - Bayamo Granma, a partir del 17 al 20 de octubre del 2023; en concordancia con la Resolución Decanal N° 648-2023-D-FCS-UNA;: Escuela Profesional de Arte: - Dr. RENZO FAVIANNI VALDIVIA TERRAZASEscuela Profesional de Ciencias de la Comunicación Social: - Dr. JAVIER ELIAS MAMANI GAMARRA Departamento Académico de Humanidades:- Dr. VICTOR VLADIMIR SOTOMAYOR VARGAS - Mg. ROBERTO ARELA MAMANI- M.Sc. RIGOBERTO PABLO PINTO RADO Artículo Segundo.- DISPONER, que los docentes cuyo viaje se autoriza en el artículo primero, presenten un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante dicho evento; en el marco de la normativa expuesta en el presente acto administrativo. Artículo Tercero.- NOTIFICAR, el presente acto administrativo a los Vicerrectorados Académico y de Investigación, a la Dirección General de Administración, Unidad de Recursos Humanos, la respectiva Facultad, y