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141 NORMAS LEGALES Sábado 23 de diciembre de 2023 El Peruano / la votación entre sus miembros siendo aprobado con diecisiete votos a favor, por mayoría legal; Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias Ley Nº 29053, Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926 y la Ley Nº 28961; ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR EL PLAN DE ACCIÓN REGIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2023 DEL GOBIERNO REGIONAL PUNO, conforme dispone la Directiva Nº 009-2019-IN-DGSC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 2056-2019-IN, bajo los enfoques del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019-2023 y los anexos que forman parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR, al Ejecutivo Regional, en calidad de Presidente del Comité de Seguridad Ciudadana CORESEC – PUNO, adoptar las medidas necesarias para la implementación del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana – 2023, debiendo informar al Consejo Regional sobre las acciones realizadas para el logro de este fi n. Artículo Tercero.- ENCARGAR, al Ejecutivo Regional REMITIR, la presente Ordenanza Regional a la Dirección General de Seguridad Ciudadana – DGSC del Ministerio del interior, así como a las instancias pertinentes del Gobierno Regional de Puno, para su reconocimiento conforme a Ley. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, al Gobernador Regional la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano, en cumplimiento de los dispuestos en el Art. 42º de la Ley 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en el portal Institucional Electrónico del Gobierno Regional Puno y en los medios necesarios para el cumplimiento y ejecución de la presente, bajo responsabilidad. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. Comuníquese al señor Gobernador Regional de Puno para su promulgación. En Puno, a los 10 días del mes de febrero del año dos mil veintitrés. ALFREDO UCHARICO URUCHI Presidente del Consejo Regional Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Puno, a los 14 días del mes de febrero del año dos mil veintitrés. RICHARD HANCCO SONCCO Gobernador Regional 2244719-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza que aprueba rectificar la zonificación y modificar el plano de zonificación del distrito de Santiago de Surco ORDENANZA N° 2589 EL TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMAPOR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión extraordinaria de la fecha; Que, en uso de las facultades previstas según los artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura en su Dictamen N° 104-2023-MML-CMDUVN; el Concejo Metropolitano de Lima, por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA RECTIFICAR LA ZONIFICACIÓN Y MODIFICAR EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO Artículo Primero.- Recti fi car la Zoni fi cación del distrito de Santiago de Surco, de zoni fi cación Residencial de Densidad Muy Baja (RDMB) y otra área sin cali fi cación a Zoni fi cación de Residencial Densidad Muy Baja (RDMB), para el predio ubicado en Sector 1 del Lote 6, de la Manzana E, de la Parcelación Semirústica Panedia, con frente al Jirón Cascajal, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, conforme al grá fi co que, como anexo, forma parte de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Encargar a la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco actualizar su catastro urbano, de acuerdo con la modi fi cación aprobada en el artículo primero de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima incorporar en el Plano de Zoni fi cación de Usos del Suelo del distrito de Santiago de Surco, aprobado por Ordenanza N° 912, publicada el 3 de marzo de 2006, la modi fi cación aprobada en el artículo primero. Artículo Cuarto.- Disponer la noti fi cación al administrado, así como a la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco. Artículo Quinto.- Encargar a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo, la publicación de la presente ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano; y a la O fi cina de Gobierno Digital su publicación, incluido su anexo, en el portal institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.munlima.gob.pe. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.Lima, 15 de diciembre de 2023RENZO ANDRÉS REGGIARDO BARRETO Teniente Alcalde 2246746-1 MUNICIPALIDAD DE ATE Delegan facultad administrativa al Gerente de Gestión Ambiental y Ornato RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 0977 Ate, 21 de diciembre de 2023 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO: El Informe N° 574-2023-MDA/GGAO-SGMUO de la Subgerencia de Mantenimiento Urbano y Ornato; el Memorándum N° 1121-2023-MDA/GGAO de la Gerencia de Gestión Ambiental y Ornato; el Informe N° 272-2023-MDA/GPE-SGMI de la Subgerencia de Modernización Institucional; el Informe N° 0528-2023-MDA/GAJ de la