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42 NORMAS LEGALES Sábado 30 de diciembre de 2023 El Peruano / 3.4 En materia administrativa: Respecto del Pliego 003: Ministerio de Cultura.- a. Aprobar y modi fi car directivas y/o manuales, así como todo documento normativo, en el marco de sus competencias, y aquellos que no sean de competencia exclusiva del Despacho Ministerial. b. Designar a los titulares y suplentes del manejo de cuentas bancarias de las Unidades Ejecutoras del Pliego 003: Ministerio de Cultura. c. Autorizar el uso del logo institucional, previo informe de la O fi cina de Comunicación e Imagen Institucional, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 003- 2008-PCM. d. Designar a los fedatarios titulares y suplentes de la Sede Central y de las Direcciones Desconcentradas de Cultura del Ministerio de Cultura. e. Presidir el Comité de Seguimiento de Inversiones del Sector Cultura. f. Aprobar las modi fi catorias del Plan Estratégico Institucional 2022 – 2026. g. Aprobar las modi fi catorias del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2024. 3.5 En materia de convenios: Respecto del Pliego 003: Ministerio de Cultura.- Suscribir Convenios de Encargo de Gestión, de Cooperación y/o Colaboración Interinstitucional, memorándum de entendimiento u otros instrumentos de igual o similar naturaleza, así como sus respectivas adendas, incluyendo las adendas (revisiones sustantivas y anexos) al Proyecto: 00126131-00120280: “Fortalecimiento de la Ciudadanía y la Identidad Nacional de cara al Bicentenario” (PRODOC); a excepción de aquellos que revistan de especial importancia para el Sector, según informe técnico del órgano proponente, y de lo establecido en el artículo 9 de la presente resolución. 3.6. En materia del Fondo de Apoyo Gerencial.-a. Suscribir y remitir la solicitud para el registro de los contratos de Locación de Servicios suscritos en el marco del Decreto Ley Nº 25650, Crean el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público. b. Suscribir los contratos de Locación de Servicios en el marco del Decreto Ley Nº 25650, Crean el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público. c. Suscribir el Anexo Nº 01: “Términos de Referencia del servicio”. d. Suscribir y remitir las solicitudes para el registro de la prórroga y/o renovación de contratos en el marco del Decreto Ley Nº 25650, Crean el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público. e. Suscribir el Anexo Nº 08: “Adenda al contrato de locación de servicios”. f. Remitir mensualmente las solicitudes para el pago de los honorarios de los consultores contratados en el marco del Decreto Ley Nº 25650, Crean el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público. g. Remitir a la Unidad Transitoria de Pago las solicitudes de pago de los consultores contratados en el marco de la Ley Nº 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente cali fi cado en el Sector Público y dicta otras disposiciones. h. Remitir la comunicación a la Unidad Transitoria de Pago cuando el consultor contratado en el marco del Decreto Ley Nº 25650, Crean el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, y la Ley Nº 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente cali fi cado en el Sector Público y dicta otras disposiciones; deje de prestar servicios, bajo cualquier causa y/o motivo. i. Comunicar a la Unidad Transitoria de Pago, de manera inmediata, en caso tome conocimiento de la imposición al consultor contratado en el marco del Decreto Ley Nº 25650, Crean el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, de alguna sanción de destitución fi rme o que haya agotado la vía administrativa y/o con sentencia condenatoria consentida y/o ejecutoriada. j. Emitir otros documentos relacionados al Fondo de Apoyo Gerencial, en el marco del Decreto Ley Nº 25650, Crean el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, y la Ley Nº 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente cali fi cado en el Sector Público y dicta otras disposiciones. 3.7. En materia de Obras por Impuestos e inversión pública, en el ámbito de sus competencias.- a. Solicitar la Asistencia Técnica a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN para el desarrollo de los procesos de selección o encargarle el desarrollo de los mismos. b. Suscribir, modi fi car y resolver los Convenios de asistencia técnica bajo la modalidad de asesoría o encargo de procesos de selección. c. Designar a los integrantes titulares y suplentes de los Comités Especiales de procesos de selección que vayan a ser convocados por el Ministerio de Cultura, así como modi fi car su conformación. d. Solicitar la emisión de Informe Previo a la Contraloría General de la República, así como, presentar la subsanación y/o remitir la información complementaria o adicional requerida. e. Aprobar la decisión de llevar a cabo el proceso de selección. f. Aprobar las bases de los procesos de selección.g. Cancelar procesos de selección.h. Suscribir la Carta de Compromiso de Priorización de Recursos donde conste el compromiso del Ministerio de Cultura de priorizar, bajo responsabilidad, en la fase de programación presupuestaria, los recursos necesarios para fi nanciar el pago de los “Certi fi cados de Inversión Pública Gobierno Nacional - Tesoro Público”, en los años fi scales siguientes y por todo el período de ejecución del proyecto de inversión, así como su mantenimiento y/u operación, de ser el caso. i. Autorizar, la aprobación de importes que exceden hasta en diez por ciento (10%) el Monto Total de Inversión Referencial, cuando la propuesta económica lo exceda, a fi n que se pueda adjudicar la buena pro de los procesos de selección convocados bajo el mecanismo de obras por impuesto. j. Comunicar, previa opinión técnica de las áreas competentes y de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, la relevancia o no de los proyectos de inversión, cuyo desarrollo ha sido propuesto por las empresas privadas, a través de cartas de intención dirigidas a el/la Ministro/a de Cultura. k. Suscribir, modi fi car y resolver los Contratos de Supervisión celebrados por el Ministerio de Cultura, previa evaluación de la información. l. En caso la empresa privada identi fi que la necesidad de realizar modi fi caciones en la fase de inversión, y dicha propuesta cuente con la opinión favorable del órgano competente, aprobar y autorizar a la empresa privada para que inicie las actividades previstas en el Documento de Trabajo. m. En caso que el proyecto cuente con un nuevo monto de inversión registrado en el Banco de Inversiones de invierte.pe, con posterioridad a su declaratoria de viabilidad y priorización, autorizar que dicho monto sea recogido en el Monto Total de Inversión Referencial en la convocatoria y las bases del proceso de selección, para todos los casos. n. Autorizar, previo sustento técnico legal de la unidad ejecutora de inversiones, las mayores prestaciones hasta por un máximo del cincuenta por ciento (50%) del costo de supervisión establecido en el Contrato original, y la ampliación de plazo en el Contrato de Supervisión que se originen por variaciones o modi fi caciones al Proyecto durante la fase de ejecución. ñ. Aprobar, previo informe de la Unidad Ejecutora de Inversiones, las especi fi caciones técnicas y económicas para la contratación de la entidad privada supervisora. o. Resolver los recursos de apelación.p. Disponer que, a través de la Oficina de Abastecimiento, se registre en el Sistema Electrónico de las Contrataciones del Estado (SEACE) la convocatoria, Bases con todos sus anexos, las Bases integradas, la evaluación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro, así como el Convenio y/o Contrato de Supervisión.