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48 NORMAS LEGALES Sábado 30 de diciembre de 2023 El Peruano / Que, a través del Informe Técnico Nº D000011-2023- CEPLAN-DNCPPESEM remitido mediante O fi cio Nº D000611-2023-CEPLAN-PCD, el CEPLAN emite opinión favorable al proyecto de Plan Estratégico Sectorial Multianual 2024 - 2030 del Sector Cultura, y recomienda proseguir con su trámite para su aprobación; Que, el artículo 27 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece que a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto le corresponde, entre otros, proponer a la Alta Dirección las políticas, planes, programas, proyectos y lineamientos, en las materias de su competencia, así como dirigir el proceso técnico de formulación, monitoreo y evaluación de los planes estratégicos y operativos, programas y proyectos de desarrollo sectorial, coordinando con los órganos y organismos involucrados; Que, mediante el Memorando Nº 001572-2023- OGPP/MC, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 000188-2023-OPL/ MC de la O fi cina de Planeamiento, donde se señala que el Plan Estratégico Sectorial Multianual 2024 - 2030 del Sector Cultura se formuló siguiendo la normativa y lineamientos establecidos por la Guía Metodológica para el Planeamiento Estratégico Sectorial; asimismo, se señala que el referido Plan Estratégico cuenta con la opinión favorable de CEPLAN; Que, en tal sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo que apruebe el Plan Estratégico Sectorial Multianual 2024 - 2030 del Sector Cultura; Con los vistos de la Secretaría General, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y, la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD, que aprueba la “Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Plan Estratégico Sectorial Multianual 2024 - 2030 del Sector Cultura, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Encargar a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Cultura realizar el seguimiento y evaluación del Plan Estratégico Sectorial Multianual 2024 - 2030 del Sector Cultura, aprobado mediante la presente resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano” Regístrese, comuníquese y publíquese.LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Ministra de Cultura 2249383-1 Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2024 del Pliego 003: Ministerio de Cultura, consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2024 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000525-2023-MC San Borja, 29 de diciembre del 2023VISTOS: el Memorando Nº 001574-2023-OGPP/MC de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 001934-2023-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modi fi catorias, establece que corresponde a los Ministros de Estado dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, orientado al desarrollo de la plani fi cación estratégica como instrumento técnico de gobierno y gestión para el desarrollo armónico y sostenido del país, y el fortalecimiento de la gobernabilidad democrática en el marco del Estado constitucional de derecho, formando parte integrante de dicho sistema los órganos del gobierno nacional, con responsabilidades y competencias en el planeamiento estratégico; Que, el numeral 12 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que la Programación Multianual consiste en que el Presupuesto del Sector Público tiene una perspectiva multianual orientada al logro de resultados a favor de la población, en concordancia con las reglas fi scales establecidas en el Marco Macroeconómico Multianual y los instrumentos de planeamiento elaborados en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN); Que, a través de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD y modi fi catorias, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN aprueba la “Guía para el Planeamiento Institucional”, la misma que tiene como objetivo establecer las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional – PEI y el Plan Operativo Institucional – POI, en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua; Que, el numeral 6.2 de la sección 6 de la citada guía establece respecto al POI Anual consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura - PIA, que la entidad con base en el POI Multianual toma la programación del primer año para realizar el proceso de ajuste de acuerdo con la priorización establecida y la asignación del presupuesto total de la entidad; para ello, una vez aprobado el PIA, la entidad revisa que los recursos totales estimados en la programación del primer año del POI Multianual tengan consistencia con el PIA y, de no ser consistente, la entidad ajusta la programación, para fi nalmente obtener el POI Anual; Que, mediante la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se aprueba el Presupuesto Anual del Sector Público para el Año Fiscal 2024; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 000173- 2023-MC, se aprueba el “Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2024-2026 del Pliego 003: Ministerio de Cultura”, y mediante la Resolución Ministerial N° 000523- 2023-MC, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos para el Año Fiscal 2024 del Pliego 003: Ministerio de Cultura; Que, corresponde realizar el proceso de consistencia del Plan Operativo Institucional Multianual 2024-2026 del Pliego 003: Ministerio de Cultura, con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2024; Que, en ese marco, con el Memorando N° 001574- 2023-OGPP/MC, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº 000189-2023-OPL/MC de la O fi cina de Planeamiento, mediante el cual se adjunta