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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (31/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 244

TEXTO PAGINA: 64

64 NORMAS LEGALES Domingo 31 de diciembre de 2023 El Peruano / Decreto Supremo Nº 009-93-EM, y en las normas técnicas pertinentes. Artículo 3.- Disponer que la empresa ECORER S.A.C. adopte las medidas necesarias a fin de que el área de servidumbre no sufra daño ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4.- Disponer que la empresa ECORER S.A.C. vele permanentemente para evitar que en el área afectada por la servidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de construcción que restrinja su ejercicio. Artículo 5.- Disponer que la duración de la servidumbre temporal será por el plazo que esté vigente la concesión temporal otorgada a la empresa ECORER S.A.C. mediante Resolución Ministerial Nº 161-2023-MINEM/DM. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH Ministro de Energía y Minas 2249518-1 INTERIOR Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2024 del Ministerio del Interior RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1926-2023-IN Lima, 30 de diciembre de 2023 VISTOS, el Informe N° D000064-2023-IN-OGPP-OPE de la O fi cina de Planeamiento y Estadística de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando N° D001155-2023-IN-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº D001120-2023-IN-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado tiene entre sus funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN; Que, conforme a lo previsto en el inciso 3 del numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, el Titular de la Entidad es responsable de determinar las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de sus objetivos estratégicos institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional (PEI), y sujetándose a la normatividad vigente; asimismo, el numeral 13.3 del artículo 13 de este Decreto Legislativo señala que, el Presupuesto del Sector Público tiene como fi nalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fi scal conforme a la normatividad vigente, y se articula con los instrumentos del SINAPLAN; Que, el CEPLAN emite la “Guía para el Planeamiento Institucional”, aprobada con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD, modi fi cada, entre otras, por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00016- 2019/CEPLAN/PCD, la cual tiene como objeto establecer pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional (POI); Que, de acuerdo al numeral 4.1 de la Guía para el Planeamiento Institucional, el Plan Operativo Institucional (POI) es un instrumento de gestión que orienta la necesidad de recursos para implementar la identi fi cación de la estrategia institucional; asimismo, el numeral 6.2 de esta Guía establece que la entidad con base en el POI Multianual toma la programación del primer año para realizar el proceso de ajuste de acuerdo con la priorización establecida y la asignación del presupuesto total de la entidad; para ello, una vez aprobado el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), la entidad revisa que los recursos totales estimados en la programación del primer año del POI Multianual tengan consistencia con el PIA y, de no ser consistente, la entidad ajusta la programación, para fi nalmente obtener el POI Anual; Que, el numeral 4.2 de la mencionada Guía indica que el Titular de la entidad conforma una Comisión de Planeamiento Estratégico bajo su liderazgo, en el cual participan tanto funcionarios de la Alta Dirección como aquellos a cargo de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, y otro que el órgano resolutivo designe, dependiendo de la estructura organizacional de la entidad, la cual tiene como función validar el documento del Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 0569- 2023-IN se aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2024-2026 del Ministerio del Interior; Que, mediante Ley N° 31953, se aprueba el presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; asimismo, a través de la Resolución Ministerial N° 1925-2023-IN se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 007: Ministerio del Interior; Que, con Resolución Ministerial N° 1912-2023-IN se aprueba el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) del Sector Interior al 2030; Que, conforme al literal a) del artículo 38 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto tiene como función, entre otras, dirigir la formulación, evaluación y/o actualización del Plan Estratégico Sectorial Multianual, Plan Estratégico Institucional y Plan Operativo Institucional del Ministerio del Interior, que incluye a la Policía Nacional del Perú, en el marco de las normas y lineamientos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y de las políticas nacionales y sectoriales ; Que, asimismo, conforme al literal d) del artículo 41 del referido Texto Integrado del Reglamento de Organizaciones y Funciones del Ministerio del Interior, la O fi cina de Planeamiento y Estadística de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto tiene como función formular, monitorear y evaluar el Plan Operativo Institucional y otros planes, programas y proyectos institucionales de mediano y largo plazo, sobre la base de las políticas públicas en materia de orden interno y orden público; Que, a través del Informe Nº D000064-2023-IN- OGPP-OPE, la O fi cina de Planeamiento y Estadística de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica favorable sobre la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2024 del Ministerio del Interior, consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 007: Ministerio del Interior; opinión validada por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto mediante Memorando N° D001155-2023-IN-OGPP; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 335-2018-IN, se constituye la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio del Interior, de naturaleza permanente, la misma que fue actualizada en su conformación mediante la Resolución Ministerial Nº 1966-2019- IN; Que, con Acta de Sesión de fecha 27 de diciembre de 2023, la Comisión de Planeamiento Estratégico