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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 2023 (13/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 56

56 NORMAS LEGALES Viernes 13 de enero de 2023 El Peruano / Nacional de Telecomunicaciones - Pronatel - sobre el pago de cero por el uso de la reserva de capacidad de la RDNFO para la Red Nacional del Estado – Rednace - ( 6), así como por el uso de la capacidad de las redes de transporte de los Proyectos Regionales para brindar conectividad a instituciones públicas que conforman la Rednace ( 7), se realizaron reuniones con funcionarios de dicha entidad a efectos de que proporcionen una mayor claridad sobre los referidos temas; Que, mediante o fi cio N° 065-2022-MTC/03, el MTC solicitó al Osiptel la evaluación de nuevos valores de las tarifas tope para las instituciones públicas tomando en cuenta las políticas de pago cero por el transporte de datos a través de la RDNFO y red regional, y la regulación de las tarifas aplicables a hogares, bajo criterios de asequibilidad; Que, mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 217-2022-CD/OSIPTEL ( 8), se dispuso la publicación y consulta pública del proyecto de resolución que establece las tarifas tope del servicio de acceso a Internet de los Proyectos Regionales; Que, el artículo 3 de la referida resolución estableció un plazo de veinte (20) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de su publicación, para que los interesados puedan remitir por escrito sus comentarios con respecto al proyecto de resolución tarifaria; Que, en el artículo 4 de la referida resolución se estableció convocar a audiencias públicas descentralizadas el 16 de enero de 2023, a fi n de que los interesados puedan expresar oralmente sus comentarios con respecto al proyecto de resolución tarifaria; Que, mediante la carta N° GL-3955-2022 ( 9), la empresa Gilat Networks Perú S.A. solicitó ampliar el plazo para la remisión de comentarios al proyecto de resolución en veinte (20) días hábiles adicionales, y postergar la realización de las audiencias públicas descentralizadas que fueron programadas para el día 16 de enero de 2023, argumentando que el proyecto de resolución y el informe sustentatorio contienen información que requiere de un análisis detallado, lo que resulta complejo realizarlo dentro del plazo establecido; Que, conforme ha sido sustentado en el informe referido en la sección VISTO, se estima razonable ampliar el plazo para la remisión de comentarios al proyecto de resolución tarifaria, a fi n de que los interesados puedan disponer de un mayor tiempo y recursos de información para el análisis y elaboración de los comentarios correspondientes; Que, del artículo 12 de las Normas Procedimentales se desprende que el plazo establecido por el Osiptel para la remisión de comentarios al proyecto de resolución tarifaria puede ser ampliado, de o fi cio o a solicitud de parte, mediante resolución debidamente motivada de la Presidencia Ejecutiva del Osiptel; En aplicación de la facultad atribuida al Presidente Ejecutivo del Osiptel por el artículo 12 de las Normas Procedimentales, y en concordancia con el inciso q) del artículo 10 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Osiptel, aprobado mediante Decreto Supremo N° 160-2020-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Ampliar en veinte (20) días hábiles el plazo establecido en el artículo 3 de la Resolución de Consejo Directivo N° 217-2022-CD/OSIPTEL; de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- El plazo dispuesto en el artículo precedente se computa a partir del día siguiente de vencido el plazo inicialmente establecido en la Resolución de Consejo Directivo N° 217-2022-CD/OSIPTEL. Artículo 3.- Modi fi car la fecha de las audiencias públicas descentralizadas para el 21 de febrero de 2023, a fi n de que los interesados puedan expresar verbalmente sus comentarios al proyecto de resolución que establece las tarifas tope del servicio de acceso a Internet. Para estos efectos, se encarga a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para que en la página web institucional del Osiptel se publique la información de los lugares y hora de las audiencias públicas descentralizadas, así como las reglas para la inscripción de los participantes, al menos tres (3) días calendario antes de su fecha de realización. Artículo 4.- Encargar a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para que la presente resolución sea publicada en el diario o fi cial El Peruano. Asimismo, se encarga a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para que la presente resolución y el informe referido en la sección de VISTO se publiquen en el Portal Electrónico del Osiptel (página web institucional: http://www.osiptel.gob.pe), y sean puestos en conocimiento de las empresas concesionarias involucradas. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAFAEL EDUARDO MUENTE SCHWARZ Presidente Ejecutivo 1 Publicada en el diario o fi cial El Peruano el 11 de enero de 2015. 2 Publicada en el diario o fi cial El Peruano el 27 de junio de 2018. 3 Publicada en el diario o fi cial El Peruano el 25 de diciembre de 2020. 4 Con fecha 14 de setiembre de 2021. 5 Mediante la Resolución Ministerial N° 689-2021-MTC/01, publicada el 14 de julio de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 6 Mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 245-2021-MTC/24, publicada el 11 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 7 Mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 233-2022-MTC/24 de fecha 30 de mayo de 2022. 8 Publicada en el diario o fi cial El Peruano el 7 de diciembre de 2022. 9 Recibida el 20 de diciembre de 2022. 2142270-1 Amplían el plazo establecido en el artículo 3 de la Resolución de Consejo Directivo N° 218-2022-CD/OSIPTEL, y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 00005-2023-PE/OSIPTEL Lima, 10 de enero de 2023 EXPEDIENTE : N° 00002-2020-CD-DPRC/TT MATERIA :Revisión de la tarifa tope del servicio de transporte de Internet - Proyectos Regionales de Banda Ancha y Conectividad Integral / Ampliación de plazo para la remisión de comentarios al proyecto de resolución tarifaria ADMINISTRADOS :Empresas operadoras a cargo de la construcción de la red de transporte de los Proyectos Regionales de Banda Ancha y Conectividad Integral VISTO: El Informe Nº 00006-DPRC/2023 de la Dirección de Políticas Regulatorias y Competencia (en adelante, DPRC) del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel), que recomienda la ampliación de plazo para la remisión de comentarios al proyecto de resolución que establece la tarifa tope del servicio de transporte de Internet de los Proyectos Regionales de Banda Ancha y Conectividad Integral (en adelante, Proyectos Regionales), en el marco del procedimiento de revisión tarifaria para dicho