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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JULIO DEL AÑO 2023 (19/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 68

68 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de julio de 2023 El Peruano / ORGANISMOS AUTÓNOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban expedición de duplicado de diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Mecánica a egresado de la Universidad Nacional de Ingeniería (Se publica la presente resolución a solicitud de la Universidad Nacional de Ingeniería, mediante O fi cio N° 0290-2023-SG-UNI, recibido el 13 de julio de 2023) UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL N° 1081 Lima, 31 de mayo de 2022Visto el Expediente STDUNI N° 42725-2022 presentado por el señor EDGARD ALFREDO ESPINOZA GARCIA, quien solicita duplicado de Diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Mecánica, otorgado por la Universidad Nacional de Ingeniería; CONSIDERANDO: Que, el señor EDGARD ALFREDO ESPINOZA GARCIA, identi fi cado con DNI Nº 10539288, egresado de esta Casa de Estudios, mediante el expediente del Visto solicita la expedición del duplicado de su Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Mecánica, por pérdida de diploma, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales de la Universidad Nacional de Ingeniería, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122 del 18 de enero de 2008, modi fi cado por Resolución Rectoral N° 1685 de fecha 08 de noviembre de 2013; Que, la Unidad de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Informe N° 123-2022 UNI/SG/UGyT de fecha 11.05.2022, precisó que el diploma del señor EDGARD ALFREDO ESPINOZA GARCIA, se encuentra registrado en el Libro de Grados Académicos de Bachiller Nº 3, página 11, con número de registro 7678; Que, la Presidenta de la Comisión Académica del Consejo Universitario, mediante el documento del Visto informó que en Sesión Virtual Nº 15-2022 realizada el 23.05.2022, previa revisión y veri fi cación del expediente acordó proponer al Consejo Universitario la aprobación de duplicado de diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Mecánica al señor EDGARD ALFREDO ESPINOZA GARCIA; Estando al Proveído Nº 3294-ALCHN Rect. 2022 de fecha 26/05/2022 del Despacho del Rectorado, a lo acordado por el Consejo Universitario en su Sesión Ordinaria Virtual Nº 07 de fecha 31 de mayo de 2022, y de conformidad con las atribuciones conferidas en el Artículo 25º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar, la expedición de duplicado del diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Mecánica al siguiente egresado de la Universidad Nacional de Ingeniería, anulándose el diploma otorgado anteriormente: NºAPELLIDOS Y NOMBRESDIPLOMA MENCIÓNFECHA DE OTORGAMIENTO DEL DIPLOMA 01ESPINOZA GARCIA EDGARD ALFREDOGRADO ACADÉMICO DE BACHILLER EN CIENCIASINGENIERÍA MECÁNICA11.05.1982Regístrese, comuníquese y archívese. PABLO ALFONSO LÓPEZ CHAU NAVA Rector SONIA ANAPAN ULLOA Secretaria General 2195836-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Confirman contenido del Asiento 1 de la Partida Electrónica 35 del Libro de Partidos Políticos, en el extremo referido a la inscripción del cargo de apoderado del Partido Aprista Peruano RESOLUCIÓN N° 0109-2023-JNE Expediente N° JNE.2023001848 LIMADNROPAPELACIÓN Lima, cinco de julio de dos mil veintitrésVISTO: en audiencia pública virtual de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por don Juan Segundo Mejía Seminario, personero legal titular de la organización política Partido Aprista Peruano (en adelante, señor recurrente), en contra del Asiento 1 de la Partida Electrónica 35 del Libro de Partidos Políticos correspondiente a la citada organización política, en el extremo referido a la inscripción del cargo de apoderado. Primero. ANTECEDENTES1.1. Con el escrito del 5 de setiembre de 2022, don José Germán Pimentel Aliaga solicitó la inscripción de la organización política Partido Aprista Peruano (PAP) ante la Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas (en adelante, DNROP). 1.2. El 24 de marzo de 2023, la DNROP registró la inscripción del PAP en el Libro de Partidos Políticos, Tomo 2, Partida Electrónica 35, Asiento 1. Entre la información registrada, se consignó como apoderado a don José Germán Pimentel Aliaga. 1.3. El 17 de mayo de 2023, la DNROP registró al señor recurrente como personero legal titular del PAP. Segundo. SÍNTESIS DE AGRAVIOS 2.1. Con el escrito del 30 de mayo de 2023, el señor recurrente interpuso recurso de apelación en contra del contenido del Asiento 1 de la Partida Electrónica 35 del Libro de Partidos Políticos correspondiente al PAP, especí fi camente, en el extremo referido a la inscripción del cargo de apoderado. Al respecto, argumentó que: a. De acuerdo con el estatuto del PAP, dicho cargo no existe en la estructura partidaria de la citada organización política. b. Don José Germán Pimentel Aliaga no ha sido designado para el mencionado cargo. CONSIDERANDOS Primero. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Ley N.° 28094, Ley de Organizaciones Políticas (en adelante, LOP) 1.1. El primer párrafo del artículo 4 establece: